En este artículo abordaremos la situación que ocurre cuando no te han pagado el finiquito, una vez que ya se encuentra firmado. Ambas son situaciones distintas y es importante entenderlo, pues los tiempos para demandar y procedimiento en uno u otro caso, son diversos. Ello necesariamente debe hacerse con abogado. En lo posible se sugiere un abogado laboralista.

¿Qué es el finiquito y por qué es importante?

Lo primero y más importante es definir qué es un finiquito. Este es un acuerdo entre trabajador y empleador, por el cual ambas partes ratifican el término de la relación laboral, en el cual se entiende que finalizan las obligaciones laborales pendientes, con renuncia a las acciones y derechos a interponer cualquier reclamo o demanda con posterioridad a la firma.

El finiquito es un documento escrito que formaliza el término de la relación laboral. Debe ser firmado por ambas partes, el trabajador y el empleador, ante un ministro de fe (como un notario), y en él se deja constancia de que todas las obligaciones derivadas del contrato de trabajo han quedado extinguidas. Además, en este documento se detalla el pago de las prestaciones adeudadas y se registra el motivo del término de la relación laboral.

Según el Artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe ser entregado y puesto a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación o despido (recordando que los días hábiles excluyen domingos y feriados). Este importante documento debe ser dispuesto por el empleador y facilitar para el pago del trabajador dentro de diez días hábiles, este plazo se cuenta desde la separación o despido del trabajador.

Plazos clave a tener en cuenta

Tras la terminación de la relación laboral -ya sea por despido o renuncia- el empleador tiene un plazo de 10 días hábiles para poner a disposición del trabajador el finiquito. Si este plazo se excede y no recibes el pago, lo ideal es presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo. Estos 10 días, es aquel el plazo que tiene el empleador para poner a disposición de su trabajador el finiquito. El plazo se cuenta desde que termina la relación laboral, separación del trabajador de sus funciones, ya sea por despido o la renuncia.

Al respecto indicamos que el empleador tiene la obligación de pagar las indemnizaciones que correspondan en un solo acto. Sólo procede el pago en cuotas del finiquito ante un acuerdo entre las partes. De no existir acuerdo, el empleador debe pagar en un solo acto. Al no pagarse en un solo acto el finiquito, el empleador se expone a multa de parte de la Inspección y además es posible demandarlo.

Es importante recordar que, salvo que exista un acuerdo de pago en cuotas entre las partes, el finiquito debe abonarse en un solo acto.

¿Qué hacer si no me pagan el finiquito?

1. Reclamo en la Inspección del Trabajo

En este caso, al transcurrir los 10 días hábiles lo aconsejable es partir poniendo inmediatamente un reclamo en la Inspección del Trabajo. En la actualidad es posible hacer eso en línea en dt.gob.cl. Además es posible hacerlo presencial.

Si, transcurridos 10 días desde la finalización de tu contrato, el empleador no se pone en contacto para formalizar la firma del finiquito, debes actuar de inmediato. Iniciar un reclamo a la brevedad es esencial, ya que los plazos para ejercer acciones legales comienzan a contar desde ese momento.

A la hora de poner un reclamo no se asuste, no le preguntarán grandes cosas. Sólo te consultarán tus datos personales, los datos del empleador (los puede obtener de contrato u otro documento), la fecha de inicio y término de tu contrato. Aquí la idea es interponer un reclamo lo antes posible. Lo anterior atendido que desde el momento del despido comienzan a correr plazos de prescripción y caducidad.

2. Demanda ante el Tribunal de Cobranza Laboral

Cuando ya has firmado el finiquito y el empleador incumple con el pago, la vía más eficaz es interponer una demanda ante el tribunal de cobranza laboral. Es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral, ya que, una vez firmado el finiquito, la Inspección del Trabajo pierde competencia y únicamente un tribunal puede obligar al empleador a cumplir mediante un juicio ejecutivo laboral. Este procedimiento tiene efectos similares a una sentencia judicial y, por lo general, es relativamente rápido.

El finiquito firmado con todas sus formalidades legales, tiene el mismo valor que una sentencia judicial. El procedimiento de cobro es relativamente rápido. Si tienes finiquito firmado y tu empleador no cumplió con hacer el pago del mismo en la forma acordada, acércate rápidamente.

3. Consideraciones sobre el pago en cuotas

La ley te respalda para rechazar el pago fraccionado de tu finiquito. Si el empleador intenta ofrecer el pago en cuotas, no estás obligado a aceptarlo. Sólo procede el pago en cuotas del finiquito ante un acuerdo entre las partes. Si vas a firmar finiquito con un pago en cuotas, debes fijarte que jamás el finiquito puede decir «que declaras recibir en esta acto…». NO.

En caso de que ya hayas firmado el finiquito con la modalidad de pago en cuotas y el empleador incumpla, la acción recomendada es interponer una demanda ante el Juzgado de Cobranza Laboral correspondiente.

Recomendaciones adicionales

  • Asesórate con un abogado laboral: Es crucial contar con la asesoría de un abogado laboral, especialmente al momento de firmar el finiquito. Él te guiará para no perder la acción o posibilidad de interponer alguna acción judicial, como lo es una demanda, posterior a suscribirlo.
  • Reserva de derechos: En teoría si puedes demandar, siempre que haya escrito de su puño y letra en todas las copias del finiquito la denominada reserva de acciones y derechos.
  • Verifica el pago de cotizaciones: La ley exige que, antes de ratificar el finiquito, el ministro de fe verifique que el empleador haya pagado las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido. Para ello, el empleador debe presentar los certificados de cotizaciones, el certificado de Previred y las planillas de pago correspondientes.

¿Qué debe incluir el finiquito?

En el finiquito se deben pagar:

  1. Remuneraciones pendientes.
  2. Feriado Legal
  3. Feriado Proporcional
  4. Feriado Progresivo (si correspondiere)
  5. Años de Servicio.
  6. Aviso Previo.
  7. Beneficios Sindicales (si correspondiere)
  8. Otras Indemnizaciones

¿Qué sucede si perdiste tu finiquito?

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Consideraciones importantes al firmar el finiquito

El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. En el caso en que el trabajador no se encuentre conforme con lo estipulado dentro del finiquito, éste puede abstenerse de firmar hasta lograr un nuevo acuerdo o redacción del finiquito, si es tu caso, busca un Abogado Laboral.

La firma del finiquito se debe realizar frente a un ministro de fe, te recomendamos la Inspección del Trabajo, pero en Notaría también es válido.

El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones de AFP, de salud y cesantía del trabajador. Si no es así, el fin del contrato no puede realizarse y aplica la LEY BUSTOS.

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