Las vacaciones son un derecho fundamental de todo trabajador. Es plena temporada estival y también un período de descanso para miles de trabajadores. Después de un año de actividad laboral es momento para encontrarse con la familia, distraerse y descansar. Son tres semanas de merecido receso. En este artículo, te explicaremos en detalle cuáles son los derechos que tienes como trabajador en Chile en relación con las vacaciones, cómo se calculan y qué implicaciones legales y financieras tienen.
¿Qué son las Vacaciones?
Las vacaciones son períodos de descanso remunerado que los trabajadores tienen derecho a disfrutar después de cumplir un año de servicio continuo en una empresa. Es importante destacar que las vacaciones no son un privilegio, sino un derecho de todos los trabajadores. Aunque el colaborador o colaboradora no desee tomarlas, no se puede renunciar a ellas.
Derecho a Vacaciones en Chile
En Chile, la normativa laboral es clara sobre los derechos de los trabajadores en relación con las vacaciones. De acuerdo a la legislación vigente, los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra. En Chile, los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al cumplir un año de trabajo en la misma empresa.
Vacaciones Proporcionales
Las vacaciones proporcionales corresponden a los días de descanso remunerado que un trabajador acumula en función del tiempo trabajado dentro de un período determinado. Si trabajas menos de un año, tus vacaciones se calculan de forma proporcional. Para hacer este cálculo, debes multiplicar 1,25 días por cada mes trabajado.
¿Tiene derecho al feriado proporcional el trabajador cuyo contrato no superó los 30 días? No. El trabajador que prestó servicios 30 días o menos, cualquiera sea el tipo de contrato, no tiene derecho al pago de vacaciones proporcionales. De acuerdo a lo previsto en el inciso 4° del artículo 44 del Código del Trabajo, en los contratos que tengan una duración de 30 días o menos, se entiende incluida en la remuneración que se convenga con el trabajador todo lo que a éste debe pagarse por feriado y demás beneficios que se devengan en proporción al tiempo servido.
Cálculo de las Vacaciones
El cálculo de las vacaciones es relativamente sencillo, pero es fundamental hacerlo correctamente para evitar errores que puedan generar conflictos. El cálculo preciso de las vacaciones es crucial tanto para los trabajadores como para los empleadores. Un cálculo incorrecto puede generar conflictos legales, reclamos ante la Inspección del Trabajo y afectar la relación laboral.
Primero, es importante definir qué se entiende por "remuneración": De acuerdo al artículo N° 41 del Código del Trabajo: "se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo". Es fundamental considerar que ciertos beneficios o montos no se consideran parte de la remuneración para efectos del cálculo de las vacaciones. Entre estos se incluyen los bonos de colación, transporte, pérdidas de caja, viáticos y otros.
Lo anterior es importante a la hora de definir los montos a pagar por concepto de vacaciones, ya que para ellos se basará el cálculo en aquellos montos entendidos como remuneración.
- Trabajadores con remuneración fija: Su remuneración íntegra se compone únicamente de su sueldo base.
- Trabajadores con remuneraciones variables: La remuneración íntegra se determinará como el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajados. Para calcular la parte variable de la remuneración durante el feriado, se tomará el promedio de las comisiones o ingresos variables correspondientes a los últimos tres meses.
- Trabajadores con un sueldo base y estipendios variables: La remuneración íntegra estará compuesta por la suma del sueldo base y el promedio de los montos de las remuneraciones variables.
Si hay un aumento salarial durante el período de vacaciones, el pago de estas se ajustará en consecuencia.
Aspectos Importantes sobre las Vacaciones
- Todas las vacaciones son remuneradas: En el caso de que ocurra un despido o una renuncia y aún te queden días de vacaciones por tomarte, estos deben ser pagados como días trabajados y acumulados en tu finiquito. En el caso del finiquito, estos deben contarse como "días corridos".
- Mínimo de días según región: En estas regiones, es legal otorgar 20 días hábiles de vacaciones al cumplir el año trabajado.
- Cómputo de días hábiles: La forma correcta de contar tus vacaciones es en días hábiles. En aquellos casos en los que se trabaje de manera parcial durante la semana o días de fin de semana, se sigue manteniendo la cuenta en días hábiles de lunes a viernes. Uno de los aspectos a considerar es que los días sábados y domingos no se consideran como días hábiles para efectos de las vacaciones.
- Irrenunciabilidad: ¡No puedes renunciar a tus días de vacaciones! Es muy importante que los trabajadores se tomen las vacaciones para descansar y llenarse de energías. El colaborador no podrá renunciar o rechazar sus vacaciones. Las vacaciones son un derecho irrenunciable que te permite descansar, recargar energías y equilibrar tu vida personal y profesional, asegúrate de entender bien tus derechos y responsabilidades en cuanto a las vacaciones. Se trata de un derecho irrenunciable y no negociable por las partes.
- Acumulación: Las vacaciones pueden ser acumulables. Si no se utilizan los 15 días de vacaciones asignados en un año, se pueden acumular para el siguiente. Esto significa que se tendrán un total de 30 días de vacaciones remuneradas. Si no tomas tus días, estos se acumulan. Cabe destacar que no podrán acumularse más de dos períodos de vacaciones anuales. Si así ocurriera, uno de éstos se otorgará antes de que el trabajador haya enterado el tiempo de servicio que le da derecho al próximo período de descanso.
- Compensación en dinero: No se puede compensar un día de vacaciones por dinero. La única forma en que se podría compensar un día de vacaciones por dinero, es en el caso de una renuncia o despido, donde se deben pagar esos días hábiles acumulados. Las únicas vacaciones que pueden ser compensadas por dinero, son las progresivas. Las vacaciones no se pueden reemplazar por un pago en efectivo ya que son un derecho irrenunciable del trabajador. Sin embargo, existen situaciones excepcionales en las que se puede llegar a un acuerdo entre el empleador y el trabajador para que las vacaciones se paguen en lugar de ser tomadas.
- Conservación de días acumulados: Así como puedes acumular las vacaciones, también se guardaran todo el tiempo que el trabajador se mantenga en la empresa.
- Flexibilidad en la distribución: No es necesario que los 15 o 20 días hábiles se tomen de manera consecutiva. Muchas empresas permiten que sus colaboradores se tomen las vacaciones como ellos quieran, mientras haya una organización de equipo. De esta forma, se pueden tomar 10 días de vacaciones y luego repartir 5 a lo largo del año y tener vacaciones en verano, invierno o generar fines de semanas más largos. Es fundamental que las vacaciones se tomen de manera continua. Sin embargo, después de los primeros 10 días hábiles, es posible fraccionarlas en común acuerdo con el empleador. El Código del Trabajo establece que el feriado anual debe ser continuo, sin embargo, un trabajador deberá tomar al menos 10 días hábiles seguidos.
- Aprobación de la jefatura: Las vacaciones se pueden tomar una vez que se conversa con la jefatura, de esta forma pueden ser aprobadas o rechazadas. Si bien las vacaciones son un derecho, no se pueden tomar cuando el trabajador lo desee. A veces la ausencia de una persona en ciertos periodos determinados de una empresa genera mucha desestabilidad y se requiere de la presencia de todo el equipo para terminar una tarea. Es necesario notificar al empleador sobre las vacaciones.
- Desconexión total: Durante los días de vacaciones, el objetivo es que la persona se desconecte totalmente de sus labores diarias del trabajo. El trabajador tiene derecho a recrearse y descansar, sin la necesidad de contestar o reportar a la jefatura. Desconexión total: Durante las vacaciones, el trabajador debe poder desconectarse completamente de su trabajo.
Regulaciones Especiales
Además de las disposiciones generales sobre las vacaciones, existen regulaciones especiales que se aplican a ciertos casos particulares.
Trabajadores a Tiempo Parcial
Estos trabajadores tienen una jornada laboral reducida en comparación con los trabajadores a tiempo completo, también tienen derecho a vacaciones. En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, el cálculo de las vacaciones se basa en la relación entre las horas trabajadas y las horas de un trabajador a tiempo completo.
Contratos a Plazo Fijo
Si el contrato a plazo fijo es igual o superior a un año, el trabajador tiene derecho a las mismas vacaciones que un trabajador con contrato indefinido.
Enfermedad Durante las Vacaciones
Cuando un trabajador se encuentra enfermo o incapacitado durante el período de vacaciones, se aplican ciertas regulaciones especiales. Si el trabajador presenta un certificado médico válido que confirma su enfermedad o incapacidad, los días de ausencia debido a estas circunstancias no se considerarán como días de vacaciones.
Otros Tipos de Feriados
- Feriado progresivo: El feriado progresivo consiste en el derecho que tiene todo trabajador a sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador. Además, deberá demostrar 10 años trabajados, independiente si es con el actual o un anterior empleador.
- Feriado colectivo: Es la facultad que tiene el empleador para establecer unilateralmente el cierre de su establecimiento. El beneficio podrá ser entregado a la totalidad de los trabajadores o una sección del personal.
Preguntas Frecuentes
- ¿Si quiero pedir vacaciones existe un plazo legal para avisarle a mi empleador?
- ¿El empleador se puede negar a darme vacaciones? Es importante recalcar que “el empleador no puede modificar la fecha solicitada de manera oportuna por el trabajador, y tampoco se puede anticipar o postergar dicho beneficio. La ley señala a la vez que este descanso legal debe concederse idealmente en primavera o verano”.
- Si estoy de vacaciones, me enfermo y me dan licencia.
- Si mi empleador no respeta mi derecho a descanso.
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