Al finalizar una relación laboral en Chile, es fundamental comprender las opciones disponibles si no se está de acuerdo con los términos del finiquito propuesto por el empleador. Este artículo aborda los aspectos clave a considerar, incluyendo los derechos del trabajador, los procedimientos para impugnar el finiquito y las protecciones especiales para trabajadoras embarazadas.
El Finiquito Laboral: Un Acuerdo Formal
El mutuo acuerdo para poner término al contrato de trabajo y, por lo tanto, a la relación laboral entre el empleador y el trabajador, debe ser por escrito y ratificado ante un ministro de fe. Este ministro de fe puede ser un fiscalizador de la Inspección del Trabajo, un Notario Público, un Oficial del Registro Civil o el secretario municipal correspondiente.
El trabajador debe concurrir con su cédula de identidad o puede enviar a un representante con mandato cuando esté imposibilitado de concurrir personalmente. Es recomendable llevar confeccionado, de preferencia, el proyecto de finiquito. El trámite se puede realizar durante todo el año.
El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.
Opciones Frente a un Finiquito con el que No se Está de Acuerdo
Si no estás de acuerdo con la propuesta de finiquito, tienes varias opciones:
- Aceptar con reserva de derechos: Esto implica aceptar el pago del finiquito, pero dejando constancia de que existen aspectos sobre los cuales no estás de acuerdo y que serán materia de reclamo posterior. Es crucial manifestar tus observaciones de forma específica y no genérica.
- Rechazar la propuesta: Puedes rechazar la propuesta de finiquito y manifestar tus observaciones, lo que concluirá el proceso.
Cómo Manifestar tu Desacuerdo
- “Rechazar propuesta”: Ingresa los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haz clic en “Rechazar”.
- “Aceptar propuesta con reserva de derechos”: Completa la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haz clic en “Ver para firmar”.
Requisitos para el Trámite de Finiquito Electrónico
Para llevar a cabo el trámite de finiquito electrónico, se requiere:
- RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
- Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
- Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.
Protección a la Maternidad y el Desafuero
La ley ampara a las mujeres embarazadas, brindándoles protección especial en el ámbito laboral. El fuero maternal protege a la trabajadora desde el inicio del embarazo hasta un año después del nacimiento del hijo.
Si una empresa desea desvincular a una trabajadora embarazada, debe solicitar un desafuero maternal ante los tribunales. Esto implica que un juez debe autorizar el despido, lo cual solo se concede en casos excepcionales y justificados.
Es fundamental que las mujeres embarazadas conozcan sus derechos y no se dejen presionar por acuerdos desfavorables. En caso de enfrentar una demanda de desafuero, es crucial buscar asesoría legal para defender sus derechos.
Obligaciones del Empleador al Terminar un Contrato
El empleador o empleadora debe cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) el término del contrato de trabajo de sus ex trabajadores o trabajadoras, lo que aplica a la totalidad de las causales contempladas en el Código del Trabajo.
Si estás de acuerdo con la información de tu finiquito y tu empleador ha cumplido con lo mencionado, el documento deberá ser firmado por el trabajador, y el empleador o sus representantes. Revisa más información.
Deberás asistir junto a tu empleador a una oficina de la Inspección del Trabajo, o en su reemplazo con su representante, quien debe contar con un poder simple. Si el trámite lo realizaste en una oficina de la Inspección del Trabajo debes solicitar presencialmente la copia del finiquito. En el caso de las notarías debes consultar directamente si guardan una copia del finiquito de trabajo.
Acoso Laboral y Discriminación
La ley establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género.
Conductas contrarias a las buenas relaciones laborales:
- Acoso laboral, que se entiende como toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores.
- La violencia en el trabajo ejercida por personas ajenas a la relación laboral.
Los actos de discriminación son contrarios a los principios de las leyes laborales.
Reglamento Interno de las Empresas
Todas las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas que cuenten con diez o más trabajadores tienen la obligación de contar con un reglamento interno de orden, higiene y seguridad. Este reglamento debe incluir un protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo.
Las empresas que no están obligadas a contar con Reglamento Interno deben tener un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo y el procedimiento de investigación y sanción al que se someterán dichas conductas.
El Protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo debe indicar:
- Las medidas para informar y capacitar adecuadamente a los trabajadores y a las trabajadoras sobre los riesgos identificados y evaluados.
- Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación de acoso sexual o laboral, y las medidas frente a denuncias inconsistentes en estas materias.
La investigación y sanción del acoso sexual, laboral y de la violencia en el trabajo deben desarrollarse mediante procedimientos de investigación que contemplen los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género.
¿Qué Hacer en Caso de Acoso o Violencia Laboral?
La persona afectada, en caso de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo, deberá hacer llegar su denuncia por escrito o de manera verbal a la empresa, establecimiento o servicio, o a la respectiva Inspección del Trabajo.
Ante la denuncia, el empleador deberá tomar de manera inmediata las medidas de resguardo necesarias respecto de los involucrados en la denuncia. Para eso, deberá considerar la gravedad de los hechos imputados y la seguridad de la persona denunciante. Las medidas considerarán, entre otras, la separación de los espacios físicos entre denunciante y denunciado, y la redistribución del tiempo de la jornada.
Si la denuncia es presentada en la empresa, establecimiento o servicio, hay dos opciones:
- El empleador dispondrá la realización de una investigación interna de los hechos.
- En el plazo de tres días, remitirá los antecedentes a la Inspección del Trabajo respectiva.
La investigación interna deberá constar por escrito y será reservada. Luego, habrá un plazo de treinta días para que la Inspección del Trabajo se pronuncie.
La Inspección del Trabajo pondrá en conocimiento del empleador, el denunciante y el denunciado, sus conclusiones o las observaciones que haga a la indagación practicada en forma interna.
Si se dan por acreditados los hechos, el trabajador o la trabajadora despedido podrán impugnar la decisión ante el tribunal laboral competente.
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