El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio estatal diseñado para incentivar la contratación de jóvenes en Chile. Este artículo detalla los requisitos, el proceso de postulación, y otros aspectos relevantes de este subsidio.
¿Quiénes pueden postular al SEJ?
Tanto empleados dependientes como trabajadores independientes pueden postular al Subsidio al Empleo Joven. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio como una forma de promover la contratación de jóvenes de los grupos más vulnerables.
Requisitos para postular al SEJ
Para ser beneficiario del SEJ, debes cumplir con ciertos requisitos:
- Tener entre 18 y 24 años, 11 meses y 30 días de edad.
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
¿Cómo y cuándo postular?
La postulación al SEJ se realiza durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Modalidades de Pago
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Pagos Mensuales
Los pagos mensuales son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
Pago Anual
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Extensión del SEJ
Si recibes el subsidio, podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión sea aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Renuncia al SEJ
Si eres trabajador/a
Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Si eres empleador/a
Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Subsidio al Empleo Joven e Ingreso Mínimo Garantizado
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
Pagos Caducados
Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
¿Qué hacer ante el fallecimiento de un beneficiario?
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.
Consideraciones Importantes
- Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
- La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
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