Uno de los momentos más complejos que puede atravesar un trabajador es el término de la relación laboral con su empleador, ya sea por renuncia voluntaria o por un despido.

Finiquito: El Acto Legal al Cese de la Relación Laboral

El finiquito es un acto legal mediante el cual empleador y trabajador firman el documento de cese de la relación laboral, en el que se estipula su causa, la forma de pago y el monto correspondiente.

Para realizarlo de la mejor manera, es importante saber cuántos tipos de finiquitos existen, según lo estipulado en el Código del Trabajo.

Tipos de Finiquitos

Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.

  1. Renuncia Voluntaria: Se configura cuando el trabajador termina la relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
  2. Término Anticipado por Necesidades de la Empresa: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
  3. Despido por Causales del Artículo 160 del Código del Trabajo: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
  4. No Renovación de Contrato a Plazo Fijo: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
  5. Conclusión del Trabajo o Servicio que Dio Origen al Contrato: En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
  6. Fallecimiento del Trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
  7. Término por Causas Ajenas al Empleador: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.

Al tener claro qué es el finiquito, sabremos que hacer este trámite de forma incorrecta podría derivar en el rechazo del documento por parte del trabajador y generar costos adicionales.

Un programa de remuneraciones, automatizar el cálculo de este pago y que el cese el vínculo laboral según la ley es de gran importancia.

Contratos: Plazo Fijo vs. Indefinido

Según el N° 4 del artículo 159 del Código del Trabajo, el contrato de plazo fijo, definido como aquel que tiene fecha de inicio y término estipuladas en el acuerdo contractual entre empleador y trabajador, puede dar transformarse en indefinido bajo ciertas circunstancias.

  • Contrato a plazo fijo: tiene una fecha de inicio y una fecha de término.
  • Contrato indefinido: sin fecha de culminación, solo de inicio.

En ese caso, se entiende que es un contrato de plazo indefinido y que sería improcedente hacerlo.

En el Código del Trabajo (en su artículo 10 bis, inciso 2°) se advierte que todo esto depende de varios factores.

Entre ellos, el análisis fáctico y la naturaleza del servicio que está prestando el empleado, así como todas las tareas y etapas involucradas.

Formalidades en Caso de Término de Contrato

Dicha comunicación debe darse con mínimo 30 días de anticipación, en caso que se aplique la causal de necesidades de la empresa (salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a 30 días de remuneración); 3 días hábiles, en el caso de utilizar las causales del N° 4 (vencimiento del plazo convenido), N° 5 (conclusión del trabajo o servicio que originó el contrato) del artículo 159 o las causales del artículo 160 del Código del Trabajo (causales disciplinarias).

En el caso de renuncia voluntaria, se deben cumplir las formalidades que se establecen en el N° 2 del artículo 159 del Código del Trabajo.

Elementos Esenciales de un Contrato de Trabajo

Un contrato debe indicar los datos personales del trabajador y los de quien está haciendo la contratación.

Además de su nacionalidad, el RUT y la fecha de nacimiento, de acuerdo con las leyes chilenas, solo el 15% de los empleados de una empresa pueden ser extranjeros.

Es vital que la fecha de ingreso del colaborador aparezca bien especificada. De esto depende el cálculo de la antigüedad de los trabajadores en una empresa y los beneficios como la indemnización que recibirá de ocurrir el caso de ser despedido sin justificación.

En este apartado es recomendable no ser escueto. Determinar claramente los servicios que prestará el empleado debe efectuarse con el mayor detalle posible.

Parece obvio, pero aún existen empresas que no establecen con detalle estos deberes y funciones.

Aunque también ocurre que un empleado pueda ser obligado a realizar una actividad no contemplada en el acuerdo laboral. En ese caso, puede negarse a hacerlo. De ocurrir estará en su derecho.

La dirección en la cual el empleado hará sus funciones debe quedar escrita claramente en todo contrato de trabajo en chile. Al respecto, el Código del Trabajo especifica que no se puede alterar arbitrariamente este tipo de cláusula laboral que implique un cambio del sitio de trabajo.

La remuneración es un tema que no puede nunca pasarse por alto en todo contrato indefinido en chile.

Ratificación del Finiquito Laboral

Uno de los principales trámites en este caso es la ratificación del finiquito laboral, ya que esta es la validación ante las autoridades del término de la relación laboral.

De todas formas, la Dirección del Trabajo propuso simplificar este trámite hace unos años, abriendo la posibilidad de que se realice a través del sitio de la DT, aunque este proceso solo puede ser iniciado por el empleador a través de su portal.

La principal indemnización es la relacionada con los años de servicio del trabajador en su espacio de trabajo, la que equivale al pago de 30 días de remuneración por cada año trabajado, con un tope de 11 años.

5 Consejos Clave al Terminar un Contrato de Trabajo

  1. Es muy importante que el Trabajador(a) tenga claro que al terminar su contrato por Mutuo Acuerdo o Renuncia, NO TENDRÁ DERECHO A INDEMNIZACIONES, salvo las “vacaciones proporcionales”.
  2. Es muy común que el Empleador obligue, amenace o engañe al Trabajador para terminar su Contrato de Trabajo por Mutuo Acuerdo o Renuncia, y así no tener que pagarle mayores indemnizaciones; esto es completamente ilegal, es por esto que el trabajador debe asesorarse a tiempo con un abogado laboralista y realizar una estrategia o las reservas de derechos pertinentes a tiempo.
  3. Todo trabajador debe tener claro que al momento de firmar el finiquito ante NOTARÍA, Inspección del Trabajo o delegado sindical habilitado, va a renunciar a todos sus derechos laborales, incluyendo el de demandar las indemnizaciones a las cuales tiene derecho; es por esto que es recomendable realizar una Reserva de Derechos escribiendo con su puño y letra su disconformidad con la Causal de Termino de Contrato y todas las prestaciones que se le adeudan.
  4. En Chile la ley establece el DERECHO A ESTABILIDAD LABORAL RELATIVA, lo que significa que todo despido debe ser justificado de forma completa, comprobable y real; es por esto que el trabajador(a) tan solo puede ser despedido por determinadas causales legales, y el fundamento para la aplicación de estas debe ser completamente detallado en la carta, y de igual modo, el empleador debe probar que estos hechos son ciertos; en caso de que el empleador no respete este derecho estará realizando un Despido Injustificado, lo que se traduce en una serie de indemnizaciones adicionales al trabajador, las cuales se deben sumar a las que tiene derecho regularmente.
  5. En caso que el Trabajador realmente quiera Renunciar a su trabajo, es recomendable que analice la posibilidad de realizar un Auto Despido, de esta forma podrá poner término a su Contrato de Trabajo por sí mismo, sin perder el derecho a sus indemnizaciones laborales.

El mutuo acuerdo para poner término al contrato de trabajo y, por lo tanto, a la relación laboral entre usted y el empleador debe ser por escrito, y ratificado, ( confirmado) ante un ministro de fe, que puede ser un fiscalizador de la Inspección del Trabajo, un Notario Público, un Oficial del Registro Civil o el secretario municipal correspondiente.

El trabajador debe concurrir con su cédula de identidad o puede enviar a un representante con mandato, cuando esté imposibilitado de concurrir personalmente. llevar confeccionado, de preferencia, el proyecto de finiquito.

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