Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil. Puedes acceder al beneficio durante todo el año registrándote en la página del Sence y completar el formulario de postulación en el mismo sitio web. Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios del SEJ?

Para poder recibir este subsidio, es necesario que los interesados sean trabajadores dependientes o independientes que tengan entre 18 a 24 años.

Requisitos Clave

  • Tener entre 18 y 24 años de edad.
  • Ser trabajador dependiente o independiente.

¿Cómo verificar si cumples con los requisitos de postulación?

  1. Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”.

Modalidades de Pago

Este subsidio cuenta con una modalidad de pago mensual y también una anual. Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Pago Mensual

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

Cabe señalar que, este mes, el pago se realizará el viernes 28 de febrero. Esto significa que si tu renta mensual es igual o inferior a $282.512, el monto que te corresponde varía entre $1 y $42.377. En el caso de que tu renta mensual sea superior a $282.512 e igual o inferior a $353.140, recibirás un monto cercano a los $42.377.

Consideraciones Importantes para el Pago Mensual:

  • Son anticipos del pago anual.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Pago Anual

El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

¿En base a qué se calcula el monto del subsidio que recibiré?

  • A mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del Beneficio

Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

  • El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
  • Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde solicito la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

¿Cuándo se realiza el pago después de haber hecho la solicitud de extensión del subsidio?

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Qué hacer en caso de reintegro de montos percibidos en exceso?

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

¿Cómo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?

Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Renuncia al Subsidio

En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ?

“Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as?

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ?

Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.

Incompatibilidad con otros subsidios

¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven?

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

¿Qué pasa con mi pago mensual de SEJ si mi empleador me postula y soy beneficiario del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

Importante

Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

TAG: #Empleo #Subsidio

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