En Chile, un porcentaje significativo de la población, específicamente el 17,6% de las personas mayores de 18 años, lo que equivale a más de 2,7 millones de individuos, enfrenta una situación de discapacidad (ENDIDE, 2022). Sin embargo, la tasa de empleo entre estas personas es alarmantemente baja: solo el 3,9% (ENDISC, 2015).

La Ley N°21.015, que busca incentivar la inclusión de personas con discapacidad (PcD) en el ámbito laboral, representa un avance importante en la integración laboral a nivel nacional. A pesar de esto, su impacto en la participación activa de estas personas en la sociedad aún no es lo suficientemente significativo.

La ley, en su forma actual, no genera suficientes oportunidades laborales para las personas con discapacidad múltiple.

Iniciativas y Programas de Apoyo

Existen equipos que buscan crear espacios y oportunidades para personas con discapacidad. Estos equipos a veces cuentan con integrantes en situación de discapacidad, que dan sentido a su vida laboral a través de su participación como monitores en talleres de emprendimiento.

Josefina Johansen, diseñadora gráfica, es un ejemplo de esto, siendo parte de Alba Lab desde su etapa piloto.

La Ley Nº21.015 establece que las empresas con 100 o más trabajadores deben tener integrado en su nómina al menos al 1% de personas con discapacidad. Las empresas que no puedan cumplir con esa exigencia, pueden hacer una donación en dinero a una fundación habilitada.

El monto de dicho aporte es de dos ingresos mínimos mensuales por cada trabajador con discapacidad no contratado.

Corpaliv está habilitado para recibir estas donaciones, las cuales ayudan a capacitar a jóvenes y adultos con discapacidad múltiple por medio de su taller Alba Lab.

Subsidio al Empleo Joven

Para los empleadores, el subsidio siempre será mensual. Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil. Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), se debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348. El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Requisitos Generales

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  1. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  2. Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  3. Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  4. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.

Proceso de Selección

Filtro Curricular: Una vez recibidos los antecedentes requeridos por Postulante, se realizará una revisión de estos de acuerdo a una Matriz curricular de evaluación previamente definida. Señale si presenta discapacidad. De ser así, especifique si requiere algún tipo de adecuación para el proceso de selección.

Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán con un ticket. Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de las información que presentan.

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