En los últimos años, diversas resoluciones administrativas y judiciales han puesto de manifiesto una serie de prácticas irregulares que impiden a personas con invalidez acceder a los beneficios que les corresponden por ley.
Pensiones de Invalidez Denegadas Irregularmente
Entre 2004 y 2011, la AFP PlanVital informó a alrededor de 60 trabajadores (o sus familiares sobrevivientes) que no tenían derecho a la pensión de invalidez, ofreciéndoles solo una pensión autofinanciada. En ese mismo período, AFP Provida negó irregularmente el derecho a pensión de invalidez a otras 114 personas, con un perjuicio acumulado de casi $700 millones.
Alejandra Vidal, una exempleada de Provida, denunció en 2018 cómo las AFP seguían aplicando prácticas para controlar la siniestralidad. En su declaración jurada, Vidal reveló que entre 2008 y 2009, cuando estaba a cargo de las invalideces en AFP Provida en Concepción, tenían instrucciones de "frenar" las solicitudes de invalidez cubiertas para bajar la siniestralidad de las compañías aseguradoras.
Correos electrónicos internos respaldan esta denuncia, como uno del 5 de mayo de 2009, donde la Coordinadora de Sucursales Centro Sur felicitaba al equipo por el esfuerzo en bajar los porcentajes de siniestralidad y los instaba a seguir aplicando los filtros enseñados en las reuniones.
Otro correo, del 1 de julio de 2009, del entonces Gerente Comercial de la División Centro Sur, felicitaba al equipo por el excelente trabajo en la atención de solicitudes de invalidez y la aplicación del protocolo.
Vidal también mencionó otras prácticas para ralentizar la tramitación de pensiones de invalidez, como exigir un formulario de antecedentes médicos específico, pedir hora a través de un call center, entre otros.
Juan Carlos Pizarro, de la Fundación Valídame, señala que todas las entidades relacionadas con la materia contribuyen a mantener los números de invalidez bajos: la Superintendencia de Pensiones, las Comisiones Médicas, las compañías de seguros, la Asociación Gremial de las AFP y la Asociación Gremial de Aseguradoras de Chile.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud y el Banco Mundial, alrededor del 15% de la población mundial padece algún menoscabo físico o sicológico, y un 4% presenta una condición severa de invalidez. Sin embargo, en Chile, el sistema privado otorga cobertura a solo un 0,9% de las personas en esta condición, una de las cifras más bajas del mundo.
Irregularidades en el Proceso de Calificación de Invalidez
Tras detectarse irregularidades, se introdujeron modificaciones en los requerimientos del proceso de calificación de invalidez. En una reunión de 2012, la superintendenta Bernstein alertó sobre el riesgo de que los tribunales desestimaran la norma y dispusieran que todos los menoscabos debían sumarse.
La Fundación Valídame denunció que las solicitudes de invalidez se resuelven sin fundamento alguno, planteando que podría ser por la mala calidad de la norma, la mala calidad de los evaluadores o la manipulación del proceso.
Pizarro ejemplifica con el caso de un habitante de Concepción con siete patologías concomitantes, cuyo expediente fue revisado en solo 96 segundos, a pesar de tener 100 páginas. También cita el oficio N°20.982, que exige a los usuarios presentar un formulario de antecedentes médicos llenado por su médico tratante, a pesar de que ya presentan un informe médico.
Caso Cascada y Pérdidas en los Fondos de Pensiones
En el llamado "Caso Cascada", la Superintendencia de Pensiones estimó pérdidas para las AFP entre US$ 31 millones y US$ 44 millones. Este informe se basó en los datos reportados por las propias empresas fiscalizadas.
AFP Habitat estimó los daños en US$11,5 millones, Provida en US$7,7 millones, Capital en US$6,5 millones y Cuprum en US$5 millones. Estas AFP administran los fondos de 7.855.685 afiliados.
Se critica la poca actividad de la superintendencia para actuar en defensa de los afiliados de las AFP hasta que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) sancionó a Ponce Lerou. Agnic envió un oficio a las AFP para que cuantificaran las eventuales pérdidas por haber invertido en esas empresas.
El presidente de la Asociación de AFP, Rodrigo Pérez Mackenna, aseguró que sólo el 0,1% de la cartera de las AFP está invertida en las sociedades cascada.
AFP Habitat denunció en 2012 ante la SVS irregularidades en la transacción de títulos relacionados con Soquimich y sociedades cascadas, y fue la primera en seguir la vía criminal para perseguir responsabilidades. Habitat estima sus pérdidas en $5.941.980.776 (aprox. US$11,5 millones).
AFP Capital demandó a Julio Ponce Lerou y otros, estimando en US$6,7 millones los perjuicios netos de los fondos previsionales invertidos en las sociedades cascadas. Capital reclama por la "pérdida de oportunidades de negocio", el "sobreendeudamiento y venta de activos accionarios" y la "generación de utilidades ficticias".
AFP Cuprum reportó a lo menos US$5 millones en pérdidas, tomando como base el cálculo que contiene el fallo sancionatorio de la SVS.
AFP Provida calcula que las pérdidas derivadas de las operaciones sancionadas por la SVS alcanzan 186.954 UF ($4.530.456.282 ó US$7,7 millones).
Negligencia en la Labor Auditora Externa
La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó a AFP Provida S.A., argumentando que la falta de apego a la lex artis por parte de la demandada, al realizar su labor auditora externa, infringió su deber de cuidado. Esto tuvo un efecto relevante en el desconocimiento por parte del mercado y de sus actores, incluyendo a la demandante, que como administradora de los fondos de pensiones, invertía en documentos accionarios de Empresas La Polar.
La negligencia permitió que la alteración y distorsión de los estados financieros de La Polar, en el denominado caso "La Polar", aumentara artificialmente sus activos, generando una sobrevalorización del patrimonio de la empresa y del valor de sus acciones. La Corte Suprema plantea que la acción negligente de la demandada impidió que la demandante pudiese tomar decisiones adecuadas en relación a su portafolio de inversiones y generó una falsa representación de la realidad en el mercado.
La Corte Suprema construye una presunción judicial de que la acción negligente y apartada de la lex artis desarrollada por la demandada, que implicó la infracción a los deberes de cuidado que establece la Ley de Sociedades Anónimas, y de Mercado de Valores y sus respectivos reglamentos y normativa de los órganos reguladores, impidieron que al demandante pudiese tomar decisiones adecuadas en relación a su portafolio de inversiones, y, además, permitió que la entrega de estados financieros, generara una falsa representación de la realidad en el mercado, ocasionando que el valor de transacción de los instrumentos de La Polar, fuesen artificialmente altos, de modo que el descubrimiento de dicha distorsión, provocó su descenso y caída, provocando una pérdida efectiva en la inversión efectuada en tales papeles.
En resumen, los reclamos contra AFP Provida se centran en la denegación irregular de pensiones de invalidez, las irregularidades en el proceso de calificación de invalidez y las pérdidas en los fondos de pensiones debido a negligencia en la labor auditora y a inversiones en empresas con estructuras riesgosas como en el caso Cascadas.
TAG:

