Para acceder al Seguro de Cesantía en Chile, es fundamental cumplir con una serie de requisitos y presentar la documentación necesaria. Este seguro está diseñado para apoyar a los trabajadores que han perdido su empleo y necesitan un respaldo económico mientras buscan una nueva oportunidad laboral. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para cobrar el desempleo en Chile.

Requisitos Generales

Para ser elegible para el Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • Estar cesante.
  • Tener un mínimo de 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
  • Las cotizaciones deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.

Causales de Término de Contrato Aceptadas

El término de tu contrato debe estar justificado por alguna de las siguientes causales:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
  • Necesidades de la empresa (Art.).
  • Quiebra del empleador (Art.).

Afiliación y Cotizaciones

Cada afiliado a la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante, podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley No 19.728, financiado con aporte del Estado y del empleador para otorgar prestaciones por cesantía, en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes. Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es Indefinido y 3 giros si es a Plazo Fijo.

Para acceder al FCS, debes:

  • Tener un mínimo de 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido.
  • Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía.

Además, debes registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubieses tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.

Documentación Necesaria

Es fundamental presentar la documentación adecuada para acreditar el término de la relación laboral. Los documentos más comunes incluyen:

  • Finiquito: Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal.
  • Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe. Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento.
  • Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
  • Contrato de trabajo menor a 30 días: Debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: Para labores sujetas a una faena o servicio específico.
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.

Además, es importante tener en cuenta que:

  • La carta de aviso de término de contrato emitida y firmada por el empleador debe tener timbre y logo o membrete de la empresa, y es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
  • Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.

Trámites Adicionales

Además de cumplir con los requisitos y presentar la documentación, es necesario:

  • Completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
  • Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

Dónde Realizar el Trámite

Puedes realizar el trámite de solicitud del Seguro de Cesantía de manera online o presencial:

  • Online: Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  • Presencial: Acude a una sucursal de la AFC.

Importante: La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Consideraciones Finales

Recuerda que es fundamental presentar documentación veraz y legítima. Si presentas documentación falsa, podrías ser sancionado legalmente.

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