Si te encuentras cesante y necesitas solicitar el Seguro de Cesantía, es fundamental conocer los documentos requeridos para realizar el trámite de manera correcta. A continuación, te detallamos la documentación necesaria y otros aspectos importantes relacionados con este beneficio.

Documentos esenciales para la solicitud

El documento más común para acreditar el término de la relación laboral es el finiquito. Este debe estar ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal. La persona que ratifica debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado con alguna de las siguientes frases: “leyó y ratificó ante mi”, “firmó y ratificó ante mi”, “ratificó ante mi” o “leyó, firmó y ratificó ante mi”.

Además del finiquito, dependiendo de la situación, se pueden requerir otros documentos:

  • Carta de renuncia: Firmada por el solicitante y ratificada ante un ministro de fe. Debe demostrar que el empleador recibió el documento con la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa. Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.
  • Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por el solicitante.
  • Contrato de trabajo menor a 30 días: Si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: Para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo.
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y el solicitante, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.

Importante: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Otros documentos que pueden ser solicitados:

  • Emitida y firmada por el empleador.
  • Debe tener timbre y logo o membrete de la empresa.
  • Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.

Requisitos para acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar cesante.
  2. Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo.

Causales de término de contrato aceptadas

Las causales de término de contrato aceptadas para acceder al Seguro de Cesantía incluyen:

  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
  • Necesidades de la empresa (Art. ).
  • Quiebra del empleador (Art. ).
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ).
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ).

¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?

Para solicitar el Seguro de Cesantía, sigue estos pasos:

  1. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  2. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
  3. Escanearlo o sacar foto. Si presenta documentación falsa, podría ser sancionado legalmente.

¿Qué es el Fondo de Cesantía Solidario?

Conozca de qué depende el pago, las distintas modalidades disponibles y qué hacer en caso de no poder cobrar el beneficio personalmente.

Afiliación voluntaria

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Mandato Notarial

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

Obligaciones del empleador

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Pensionados y Seguro de Cesantía

Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.

Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP.

Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio. Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.

Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.

¡Tenga en cuenta! Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Importante: La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

De qué se tratan estos beneficios, cuáles son los requisitos y cómo se activa el Seguro de Cesantía en estos casos especiales.

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