Las relaciones laborales triangulares son cada vez más comunes en el mundo empresarial actual. Estas relaciones involucran a tres partes: dos empresas que se vinculan para la prestación de servicios comerciales y un trabajador que presta servicios subordinados entre ambas empresas.

La trilateralidad laboral puede adoptar dos modalidades principales: la subcontratación laboral y el suministro de trabajadores a través de una empresa de trabajo temporal. Para entender mejor qué implica trabajar como contratista, es fundamental comprender la subcontratación laboral.

Subcontratación Laboral: Definición

La subcontratación laboral se refiere a la situación en que una empresa, dueña de una obra o faena, contrata a otra empresa, denominada contratista, mediante un contrato civil o comercial. El contratista debe ejecutar, por su cuenta y riesgo, un determinado trabajo o servicio con sus propios trabajadores. A su vez, el contratista puede contratar a otra empresa, denominada subcontratista, para que lleve a cabo el trabajo o servicio requerido.

En Chile, la figura de la subcontratación laboral tiene una larga data y está regulada en la legislación vigente. El artículo 64 del Código del Trabajo se refiere a esta figura, estableciendo que la empresa contratista debe utilizar sus propios trabajadores, sin que exista un suministro de mano de obra propiamente tal.

Elementos Constitutivos del Régimen de Subcontratación

Según el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, los elementos constitutivos del régimen de subcontratación son:

  • Que el dependiente labore para un empleador, denominado contratista o subcontratista, en virtud de un contrato de trabajo.
  • Que la empresa principal sea la dueña de la obra, empresa o faena en que se desarrollen los servicios o se ejecuten las obras objeto de la subcontratación.
  • Que exista un acuerdo contractual entre el contratista y la empresa principal dueña de la obra o faena, conforme al cual aquél se obliga a ejecutar, por su cuenta y riesgo, obras o servicios para esta última.
  • Que las señaladas obras o servicios sean ejecutadas por el contratista con trabajadores de su dependencia.
  • Que no se trate de obras o los servicios que se ejecutan o prestan de manera discontinua o esporádica.

Diferencias entre Subcontratación y Suministro de Trabajadores

Es importante distinguir la subcontratación del suministro de trabajadores. A continuación, se presentan algunas diferencias conceptuales clave:

  1. Potestad de mando: En la subcontratación, la potestad de mando es ejercida por la empresa contratista o subcontratista. En el suministro de trabajadores, este poder es ejercido por la empresa usuaria del suministro.
  2. Objeto del contrato: En la subcontratación, el objeto del contrato civil o comercial es la ejecución de una obra o la prestación de un servicio para el cumplimiento de una etapa productiva. En el suministro de trabajadores, el objeto es el suministro de trabajadores.

Responsabilidades del Contratista

Un contratista de construcción, por ejemplo, puede participar activamente en el proceso diario de construcción o simplemente contratar a los trabajadores y supervisar su trabajo. En cualquier caso, el trabajo del contratista es asegurarse de que el proyecto se lleve a cabo de manera eficiente.

Las responsabilidades del contratista incluyen:

  • Manejar a sus empleados y subcontratados.
  • Proveer los materiales necesarios.
  • Obtener las licencias requeridas.
  • Asegurarse de que cada quien cumpla con su trabajo según lo planeado.
  • Manejar los pagos de sus trabajadores y subcontratados.
  • Enviar las facturas correspondientes.

Nueva Ley sobre Subcontratación Laboral en Chile

La nueva ley sobre subcontratación laboral en Chile tiene como objetivo principal reforzar la protección laboral del trabajador subcontratado, perfeccionando las reglas existentes en la materia (artículo 64 y 64 bis del Código del Trabajo). Esta ley introduce un concepto de trabajo "en régimen de subcontratación" que pone énfasis en dos aspectos fundamentales:

  1. Existencia de un contrato entre el mandante y la empresa contratista, que puede ser de cualquier naturaleza jurídica y que debe tener por objeto la ejecución de una obra o servicio.
  2. Que la empresa contratista realice dicha obra o servicio, por su cuenta y riesgo y ejerciendo el mando de sus propios trabajadores. Se excluyen las obras o servicios esporádicos u ocasionales.

Responsabilidad Subsidiaria y Solidaria

La regulación de la subcontratación consagra como eje principal la responsabilidad subsidiaria en cadena de la empresa principal o mandante con respecto a los derechos laborales de los trabajadores de sus contratistas. El contratista también es subsidiariamente responsable de las obligaciones que afecten a sus subcontratistas en favor de los trabajadores de éstos.

La nueva ley establece un modelo de responsabilidad laboral que perfecciona el vigente:

  1. Se consagra la responsabilidad subsidiaria y en cadena del mandante o dueño de la obra.
  2. Se establece una responsabilidad solidaria en ciertos casos.

La Ley define claramente la figura del trabajo en régimen de subcontratación y sanciona la simulación. Por otra parte, por primera vez la Ley regula el trabajo de servicios transitorios, figura que se establece de forma excepcional y por tiempo limitado, protegiendo al trabajador de empleos inestables y vulnerables.

Conclusión

Trabajar como contratista implica una serie de responsabilidades y consideraciones legales importantes. Es fundamental comprender la legislación laboral vigente en Chile, así como las diferencias entre la subcontratación y el suministro de trabajadores, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y proteger los derechos de los trabajadores.

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