El Proyecto de Ley que modifica la ley 14.908 tiene su origen en el Senado por mensaje presidencial y surgió como respuesta a la necesidad de prevenir adjudicaciones a deudores alimentarios que sean detectados en procesos de ANID. Listo para convertirse en ley.

Objetivo Principal del Proyecto

La ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Aisén Etcheverry, explicó que “no se trata de sancionar a los deudores ni de excluir a nadie, sino de tener coherencia y de establecer condiciones mínimas de responsabilidad en el uso de los fondos públicos”.

“La lógica de este proyecto es simple. Si alguien no cumple con una obligación tan básica, como es la pensión de alimentos, no puede estar en condiciones de recibir fondos públicos, destinados precisamente a promover la ciencia, la formación o la investigación.

Será la propia ANID la que revise y actualice los antecedentes proporcionados por los postulantes a los fondos públicos para investigación.

La ministra Etcheverry aclaró que en ningún caso se está “cerrando la puerta para siempre”, sino que se está diciendo “primero cumpla sus obligaciones y después postule, si está en el registro, no puede seguir el proceso; si regulariza su deuda antes de cualquiera de las etapas, puede continuar, es así de justo”, insistió.

Antecedentes y Justificación

La propuesta de modificación surgió a partir de las preocupaciones de la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Actualmente, existen más de 270 mil personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, y más de 385 mil niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una pensión para su manutención.

“Este proyecto es pequeño en extensión, pero dice algo grande: el Estado no puede mirar para al lado cuando alguien le debe a sus hijos o hijas y que el desarrollo, la ciencia y la innovación no se construye a costa de la infancia.

Opinión de la Corte Suprema

El pasado 10 de agosto, mediante Oficio N° 168-2022, la Corte Suprema informó al Congreso, nuevamente su opinión sobre el proyecto de ley que “Modifica la ley N° 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, en materia de responsabilidad parental y pago efectivo de las deudas por pensiones de alimentos”, correspondiente a los boletines refundidos N° 14.926-07 y 14.946-07.

Nuevamente, por cuanto la Corte ya había emitido un informe sobre ambos boletines refundidos, mediante el Oficio N° 102-2022 de 17 de mayo del presente año.

En esta oportunidad la Corte se pronunció respecto al nuevo articulado propuesto tras la aprobación del primer informe de la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género, después del cambio de urgencia a discusión inmediata hecho por el Ejecutivo el pasado miércoles 3 de agosto.

En este informe, la Corte Suprema señaló que la versión consultada del proyecto de ley que modifica la ley N° 14.908, que corresponde a los Boletines refundidos N° 14.926-07 y 14.946-07, persigue establecer dos mecanismos especiales de indagación, detección, retención y pago de bienes de deudores de alimentos a cargo de los tribunales de justicia: uno, que recae en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión (artículos 19 quáter y 19 octies) y otro que, en forma extraordinaria y bajo el cumplimiento de determinados requisitos, recae en la cuenta individual de capitalización del deudor (artículos 19 quinquies, sexies, septies y octies).

Observaciones Previas y Mejoras

La Corte señaló que, este proyecto, en su versión original, fue objeto de variadas observaciones por la Corte Suprema en su Oficio N° 102-2022 de 17 de mayo de 2022.

En esta ocasión la Corte advirtió que se han superado algunas observaciones mediante modificaciones que se estiman positivas.

Datos Relevantes

Dato Número
Personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias +270,000
Niños, niñas y adolescentes con derecho a pensión alimenticia +385,000

TAG: #Pension #Alimenticia

Lea también: