La Cámara de Diputados de Chile ha aprobado la reforma a las pensiones acordada por el Gobierno de izquierdas del presidente Gabriel Boric con los parlamentarios de Chile Vamos, la coalición opositora de la derecha tradicional.

La iniciativa modifica aspectos claves del sistema previsional del país sudamericano, que desde 1981 funciona sobre la base de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las instituciones que administran los ahorros de las personas a través de la capitalización individual.

El proyecto pone fin a un debate que se ha extendido por cuatro décadas y que tiene como telón de fondo las bajas jubilaciones recibidas por los adultos mayores, a lo que se suma una sombría proyección sobre lo que ocurrirá con los futuros jubilados.

El proyecto debatido en el Congreso modifica algunos elementos del sistema actual, aunque mantiene algunas de sus bases. También promete cambios inmediatos para los actuales pensionados, además de aplicar algunas medidas compensatorias para las mujeres.

¿Qué Pasará con las AFP en la Reforma?

La iniciativa no pone fin a las AFP, tal como lo proponía el proyecto original ingresado por el Ejecutivo en noviembre de 2022. Aunque la capitalización individual seguirá vigente, se establecerán algunos cambios en su funcionamiento. Por ejemplo, se fijará nuevo sistema de carteras de referencias y de premios y castigos para las administradoras en base a la rentabilidad de los fondos.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, ha dicho que a pesar de la continuidad de las AFP, la propuesta acordada con la oposición avanzará directamente al establecimiento de un sistema de pensiones mixto en Chile. “Las AFP se van a concentrar en lo que saben hacer, que es la administración de inversiones. Al mismo tiempo, se les exigirá mucho más en términos de rendimiento y competencia”, ha dicho la autoridad.

Licitación de Stock

La licitación de stock es una licitación pública de la cartera de nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual en una AFP. Según lo descrito por la Superintendencia de Pensiones, la ley establece que esa cartera se adjudique a la administradora que cobre la comisión más baja por gestionar los ahorros previsionales obligatorios de las personas.

En el proyecto despachado desde el Congreso se propone una licitación cada dos años para los grupos de afiliados que ya estén dentro de las AFP, los que son seleccionados de manera aleatoria, y que equivalen al 10% de los afiliados del sistema. Ganará la subasta la administradora que oferte la menor comisión. Solo podrán participar las administradoras que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema.

Distribución de la Cotización Adicional

El acuerdo también ha establecido una nueva cotización con cargo a los empleadores. El nuevo aporte llegará al 8,5% de las cotizaciones, del cual un 7% corresponde a la renta imponible y el resto, el 1,5%, el que ya existe para cubrir el seguro de invalidez y sobrevivencia.

La distribución completa de este monto corresponde al 4,5% para capitalización individual; y un 4% que será administrado por el Seguro Social. Del porcentaje que se desprende del Seguro Social, un 2,4% cubrirá las contingencias de invalidez y sobrevivencia y la compensación a mujeres que, por tener mayor expectativa de vida, han recibido montos menores en su jubilación respecto a los hombres. El 1,5% restante financiará un beneficio por año cotizado, el cual será transitorio y con el que se pretende aumentar algunas pensiones.

Aumento de la PGU

La Pensión Garantizada Universal (PGU), el aporte estatal entregado a los pensionados que reciben bajas pensiones, tendrá un alza escalonada en su monto si es que la reforma a las pensiones es despachada por el Congreso durante esta semana.

De acuerdo al cronograma, el monto del pago -que en febrero llegará a 214.296 pesos (217 dólares)- alcanzará los 250.000 pesos (254 dólares) inicialmente para los mayores de 82 años, para alcanzar a los mayores de 65 años al mes 30 después de promulgada la ley.

Reemplazo de los Multifondos

El actual sistema previsional dispone de cinco fondos (A, B, C, D y E), los que son administrados por las AFP como alternativas de inversión. Cada fondo se diferencia por el nivel de riesgo y rentabilidad. La reforma propone reemplazar estos multifondos por los denominados Fondos Generacionales, que acompañarán a los afiliados a lo largo de los años.

El proyecto establece al menos 10 fondos generacionales desde donde los afiliados no podrán moverse, ya que su ubicación dependerá de su edad.

Fondos Generacionales

En la sesión de esta mañana, los senadores aprobaron disposiciones que buscan centralizar las cobranzas previsionales y hacer posible que los trabajadores puedan recuperar cotizaciones adeudadas y que los empleadores puedan pagarlas. También se ratificaron disposiciones que permiten a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) implementar mecanismos y sistemas tecnológicos de recaudación de las cotizaciones, para la cuenta de capitalización individual.

Asimismo, la Comisión entró de lleno a uno de los cambios significativos de este proyecto que reemplaza los actuales multifondos por los denominados Fondos Generacionales, que acompañarán al afiliado a través del tiempo y cuya composición de inversiones se irá modificando a medida que transcurren los años. De este modo, los afiliados no deberán cambiarse de fondo, sino que permanecerán en el que les corresponde por grupo etario y se establece que existirán al menos 10 Fondos Generacionales.

La norma aprobada señala que cada administradora mantendrá Fondos Generacionales, estructurados según cohortes de afiliados de acuerdo con rangos etarios, por lo que las cotizaciones obligatorias se depositarán en el Fondo Generacional que corresponda según la edad del afiliado. Dado lo anterior, se hicieron todas las adecuaciones formales necesarias reemplazando el término “multifondo” por “fondo generacional”.

La Comisión también aprobó que los ahorros voluntarios, más conocidos como APV, se depositarán en el Fondo Generacional que haya elegido el afiliado o afiliada y que, en caso de no haberlo elegido, se depositarán en el Fondo Generacional correspondiente al de su cotización obligatoria.

Nuevos Actores

Una de las principales indicaciones respaldadas hoy, correspondió a la inclusión de nuevos actores a la industria. De esta forma, se concordó que “podrán concurrir a la constitución de una AFP, las administradoras generales de fondos que no sean filiales de una entidad bancaria, las Cooperativas de Ahorro y Crédito fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar y las demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con los requisitos de acreditación especificados en esta ley”.

Otra materia despachada dice relación con que “en cada mes, la suma de los Encajes (fondo de garantía que las AFP deben mantener para responder por la rentabilidad mínima de los fondos) que la Administradora deberá mantener invertido en todos los Fondos bajo su administración ascenderá a un treinta por ciento 30% de las comisiones que aquella hubiere cobrado en los doce meses anteriores”.

¿Qué Falta para que el Proyecto sea Ley?

Una vez despachada la iniciativa desde el Congreso, el proyecto deberá pasar por el Tribunal Constitucional (TC), el órgano que controla el cumplimiento de la Constitución chilena. Algunos diputados del Partido Republicano y del Partido Social Cristiano, de la derecha dura, habían anunciado una reserva de constitucionalidad para las normas acordadas por el oficialismo y Chile Vamos. Una vez superado este paso, la nueva ley quedará en condiciones para ser promulgada.

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