El finiquito es el documento que pone término formal al contrato de trabajo. En él se detalla todo lo que el empleador debe pagarle al trabajador tras la desvinculación: vacaciones no tomadas, indemnizaciones, días trabajados, entre otros.

Aspectos Clave del Finiquito Laboral

Sabemos que el momento de un despido puede sentirse como un golpe fuerte. Incertidumbre, angustia, preguntas sin respuesta... y de pronto, un documento: el finiquito.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Ratificación y Validez del Finiquito

Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito. El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador.

La suscripción del finiquito de la forma establecida en el inciso tercero será siempre facultativa para el trabajador.

Pago del Finiquito

El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Tesorería es la encargada de hacer el pago, y lo hará a través del medio que hayas seleccionado. Tesorería sólo paga de acuerdo a la información enviada por Dirección del Trabajo.

Por lo tanto, debes haber solicitado tu finiquito laboral electrónico en Portal MI DT. No olvides que en Portal MI DT también debes señalar qué medio de pago prefieres recibir el pago de tu finiquito laboral electrónico.

Opciones de Pago

  • Cuenta bancaria personal: Puede ser una cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro o Cuenta RUT, pero debe ser necesariamente una cuenta unipersonal, es decir, una donde tú seas el único titular.
  • Cheque que se envía a tu dirección. Si escogiste la opción de pago con cheque, recuerda que su vigencia es de 60 días corridos desde su emisión.

Ten en consideración que Correos de Chile realiza 3 intentos de entrega del cheque. Debes pedir un nuevo documento.

¿Quieres saber si tu pago ya está disponible? Ingresa a Oficina Virtual TGR, haz click en Solicitud de reemplazo cheques devueltos caducados e ingresa con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII).

Reserva de Derechos

Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito.

Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos.

Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.

Calculadora de Finiquito

Escoge la causal de finalización del vínculo laboral, e ingresa los datos solicitados para calcular las vacaciones pendientes, feriados, indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva al aviso previo, según corresponda para simular un finiquito.

La presente calculadora no contempla días progresivos de vacaciones. Considera esta variable al momento de ingresar los días de vacaciones tomados para evitar errores en tu cálculo final.

Corresponde a los años de trabajo en la empresa contados desde la fecha de ingreso.

Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación. Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF.

*El cálculo obtenido en esta calculadora puede variar en caso de que el colaborador y empleador hayan pactado previamente otras indemnizaciones.

Es un monto que se paga cuando el empleador no avisó con 30 días de anticipación el término del contrato. Corresponde a una mensualidad del último sueldo del trabajador.

Se paga un mes de sueldo por cada año trabajado (con tope de 11 años), siempre que corresponda según la causal de despido. Debe calcularse con el promedio de las últimas 12 remuneraciones. En ese caso, no se paga indemnización por años de servicio ni sustitutiva de aviso previo. Sin embargo, sí se deben pagar los días trabajados y vacaciones pendientes.

Sí. Si el trabajador tiene días de vacaciones acumuladas y no utilizadas, deben pagarse como parte del finiquito.

Sí. Puedes seleccionar la causal que aplique según el Código del Trabajo y el cálculo se ajustará automáticamente a lo que corresponde pagar según la ley.

No, es una simulación referencial. El finiquito legal debe ser revisado y firmado por ambas partes, idealmente con la supervisión de la Dirección del Trabajo o un ministro de fe.

Depende. Si se termina antes del plazo pactado sin justificación, puede corresponder una indemnización. Si se cumple la duración del contrato, no hay indemnización por años de servicio, pero sí pueden aplicarse otros pagos como vacaciones o días trabajados.

La calculadora muestra un monto bruto estimado, es decir, antes de impuestos o retenciones. El valor final puede variar según la situación tributaria del trabajador.

Ratificación de la Renuncia Voluntaria

Una vez ratificada la renuncia voluntaria, el trabajador o trabajadora debe entregar una copia a su empleador o empleadora.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web Mi DT y oficinas de la Inspección del Trabajo.

Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”.

Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia voluntaria, la que podrá descargar desde el sistema y recibirá por correo electrónico en un plazo máximo de 48 horas. Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia.

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