En Chile, tanto el matrimonio como el acuerdo de unión civil (AUC) otorgan a los trabajadores el derecho a un permiso laboral especial. Este artículo detalla los requisitos y condiciones de este beneficio.
¿En qué consiste el permiso laboral por matrimonio o AUC?
Es un permiso pagado para todos los trabajadores y trabajadoras que contraigan matrimonio o celebren un acuerdo de unión civil. El beneficio es de 5 días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado anual de vacaciones e independiente del tiempo de servicio. Pero estos días legales por matrimonio no se pueden fraccionar ni acumular.
¿A quiénes beneficia este permiso?
Este permiso es un beneficio legal para todo trabajador que celebre alguno de estos actos, por lo que se trata de un derecho que puede ejercerse en cada ocasión en que el dependiente contraiga matrimonio o acuerdo de unión civil.
Solo quedan excluidos los trabajadores a honorarios, ya que estos no se rigen por el Código del Trabajo, por lo que no gozan de los derechos que establece la normativa.
¿Cuándo se puede hacer uso del permiso?
El artículo 207 bis del Código del Trabajo establece un permiso pagado de cinco días hábiles continuos, adicionales al feriado anual, que debe hacerse efectivo en los días inmediatamente anteriores o posteriores al matrimonio o acuerdo de unión civil, incluido dicho día en el periodo que abarca el descanso, a elección del trabajador, no siendo posible gozar de este permiso en un momento distinto al establecido por el legislador.
¿Cómo da aviso el trabajador o trabajadora?
Para acceder al permiso se debe comunicar al empleador, con 30 días de antelación al evento, que se hará uso de este; y, se le debe presentar el correspondiente certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil, expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, dentro de los 30 días siguientes al respectivo evento.
Consideraciones Importantes
En virtud de lo anterior, y considerando que el acuerdo de unión civil y el matrimonio civil son dos instituciones diversas, los trabajadores que suscriban un acuerdo de unión civil tienen derecho a gozar del permiso establecido en el artículo 207 bis del Código del Trabajo, con ocasión de este acuerdo, y en el evento que posteriormente celebren un matrimonio civil, les asistirá nuevamente el permiso en cuestión, con ocasión de aquel.
El permiso por contraer matrimonio o celebrar un acuerdo de unión civil existe en función de cada uno de estos hechos, de manera que en el evento que un trabajador/a suscriba un acuerdo de unión civil y posteriormente celebre un matrimonio tendrá derecho a gozar del referido beneficio en ambas ocasiones, cumpliendo con los requisitos indicados en el artículo 207 bis del Código del Trabajo al efecto.
¿Qué hacer después de casarse por el civil?
Pero el trámite no termina ahí, ya que posteriormente deberán demostrar que el matrimonio se realizó.
Otros Permisos Laborales en Chile
Además del permiso por matrimonio o AUC, existen otros permisos laborales pagados en Chile:
- En caso de muerte del cónyuge o conviviente civil: 7 días corridos de permiso pagado.
- En caso de la muerte de un hijo en gestación: 7 días hábiles.
- En caso de la muerte de un hermano, del padre o la madre: 4 días hábiles. Debe hacerse efectivo a partir del día del respectivo fallecimiento. La ley no establece la necesidad de presentar el certificado de defunción al empleador.
Sí, las madres trabajadoras poseen un descanso maternal que consiste en un permiso laboral de seis semanas antes del parto (prenatal) y doce semanas después de él (postnatal). Si la madre está haciendo uso de su permiso posnatal parental puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada completa; pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. Desde el momento del nacimiento, y en este caso son días continuos, excluyendo el descanso semanal o se pueden distribuir dentro del primer mes del nacimiento del hijo.
Sanciones por Incumplimiento
Este permiso es uno de los beneficios del matrimonio en Chile y debe ser respetado. Según el tipificador infraccional de la Dirección del Trabajo, actualizado a diciembre del 2022, estas multas dependerán de dos variables: del tamaño de la empresa, ya sea micro (1 a 9), pequeña (10 a 49), mediada (50 a 199) o grande (200 y más empleados).
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