Las personas con enfermedades crónicas en Chile pueden acceder a pensiones de invalidez, cumpliendo ciertos requisitos y realizando los trámites correspondientes. Este artículo detalla el proceso y los aspectos importantes a considerar.

¿Cómo y dónde iniciar el trámite?

Los trabajadores pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende. Para realizar la solicitud puedes ingresar a www.provida.cl.

Te recomendamos tengas tiempo sin interrupciones ya que se deben completar varios pasos del formulario.

Tipos de pensión de invalidez

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario tendrá que ser reevaluado luego de tres años.

Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.

Pago de la pensión

Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Pensión Anticipada como Enfermo Terminal

Desde el 1 de abril de 2021 comienza el periodo transitorio para solicitar pensión anticipada como enfermo terminal. Luego, dependerá de la certificación de las Comisiones Médicas que se crean al efecto.

Puedes solicitar este beneficio, pero una vez que entre en vigencia LET, la pensión que recibías previamente se anula y comienzas a recibir la nueva Pensión Anticipada como Enfermo Terminal.

¿Quiénes pueden solicitarla?

  • Afiliado certificado con una Enfermedad Terminal que tenga ahorro en su cuenta obligatoria y/o productos voluntarios.
  • El Afiliado, esté o no pensionado.

¿Cómo se paga esta pensión?

La pensión será pagada por la AFP del afiliado a la fecha de la solicitud, con cargo a su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. El dinero se entregará a través de una Pensión durante 12 meses.

Sí; sin embargo, primero y de acuerdo con lo que indica la norma, se hace la reserva de capital para financiar la Pensión de Sobrevivencia de los beneficiarios y Cuota Mortuoria. Se reserva lo de Sobrevivencia y Cuota Mortuoria.

Consideraciones adicionales

  • ¿Se puede sumar otros fondos? Sí. Por ejemplo, si tienes productos voluntarios (APV, Cuenta2) en otra institución, también podrías sumarlos.

  • Renta temporal: La pensión que recibirás como renta temporal se calcula con el saldo de tu cuenta individual de capitalización obligatoria, si no estás financiado por el Sistema de Pensiones Solidarias.

  • Invalidez declarada: Para solicitar la pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

Los y las titulares de PBSI, pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. Actualmente, el monto mensual de la PBSI es de $224.004. A partir de septiembre de 2025 aumentará a $250.000 mensuales, ajustándose al nuevo valor máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.

Representación

O un mandato especial simple más una declaración jurada, la que deberá adjuntar al realizar el trámite.

Derecho a retracto

Te puedes arrepentir si no has comenzado a recibir el pago de Pensión. Para informar esta decisión, debes llamar al 600 2010 150, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs.

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