En Chile, la nulidad del despido es un mecanismo legal que protege los derechos de los trabajadores. La Ley 19.631, conocida como "Ley Bustos", es fundamental en este contexto, estableciendo que los despidos deben cumplir con ciertos requisitos para ser considerados válidos.
¿Qué es la Nulidad del Despido?
La nulidad del despido, también conocida como la Ley Bustos / Seguel, es una sanción que impone la ley al empleador que despide a un trabajador sin tener todas sus cotizaciones al día. La misma sanción se aplica al despido indirecto o autodespido, una modalidad del despido, cuando el trabajador pone término de forma unilateral al contrato de trabajo y sus cotizaciones no se encuentran al día.
Al respecto, el Inciso 5º del artículo 162 del Código del Trabajo establece que "Para proceder al despido de un trabajador...el empleador le deberá informar por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo.” y a continuación, el mismo legislador en el inciso 7° de este misma disposición, precisa la sanción en caso de constatarse que se ha despedido un trabajador con algún grado de incumplimiento patronal en el pago de cotizaciones de la seguridad social, cual es que: “..el empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador..”
Fundamento Legal
La principal norma que regula la nulidad del despido se encuentra en el Art. 162 del Código del Trabajo.
Requisitos para Invocar la Nulidad del Despido
Para que un despido sea válido, el empleador debe cumplir ciertos requisitos legales. En virtud de los artículos 160 y 161 del código, el empleador podrá proceder al despido invocando causales justificadas, siempre que no tenga deuda previsional. Entre estos, destacan la comunicación escrita del despido y la fundamentación de las causas.
Es importante destacar que la simple declaración de las cotizaciones no es suficiente; se requiere el pago efectivo.
¿Cuáles son las cotizaciones previsionales que debe pagar el empleador para poner término al contrato de trabajo?
- Las que versen sobre el seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Seguro social de desempleo.
Efectos de la Nulidad del Despido
En caso de que se declare la nulidad del despido, el empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador.
Según la Excma. Corte Suprema, «la nulidad de que se trata aquí produce un efecto jurídico distinto, cual es el de dejar vigente la obligación de remunerar a cargo del empleador, lo que equivale a una suspensión relativa de la relación de trabajo».
Procedimiento para Reclamar la Nulidad del Despido
Reclamar la nulidad del despido implica presentar una demanda laboral ante el Juzgado del Trabajo.
Plazos Importantes
- Plazo para presentar la demanda: El plazo general para reclamar despidos indebidos o nulos es de 60 días hábiles contados desde la separación del trabajador.
- El plazo nulidad está regulado por el artículo 480 del Código del Trabajo: seis meses desde la separación del trabajador. Este periodo es clave, ya que durante esos seis meses el empleador puede regularizar el pago de las cotizaciones y con ello convalidar el despido.
¿Cuándo prescribe la acción de nulidad de despido?
La acción para reclamar la nulidad del despido prescribirá en el plazo de seis meses contados desde la «suspensión de los servicios»
¿Puede convalidarse el despido?
El empleador podrá "convalidar" el despido mediante el pago de las cotizaciones morosas del trabajador.
¿Debe prestar servicios el trabajador entre el despido y la convalidación?
No hay obligación del trabajador de prestar servicios, ni por tanto, reincorporación de éste a sus funciones.
¿Qué ocurre entre el tiempo de la terminación del contrato y la comunicación al trabajador?
El empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador.
¿En qué casos el empleador no estará obligado a pagar la remuneración y otras prestaciones?
Si no ha existido verdadera retención de cotizaciones y posterior no entero de las mismas, no procede la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo, como ocurre en los casos de informalidad laboral.
Consejos Prácticos para Trabajadores y Empleadores
Para trabajadores:
- ¡No se quede sin su sueldo! En muchos casos, los trabajadores no saben que el empleador debe estar al día con las cotizaciones al momento de despedirlos.
- Te invitamos a agendar una consulta con un profesional de nuestro equipo para revisar tu caso.
- Protege tus derechos laborales.
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