El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio que apoya a jóvenes de entre 18 y 24 años, mejorando sus ingresos. Este subsidio también favorece a las empresas que contratan jóvenes, siempre y cuando estén al día con el pago de las cotizaciones previsionales de los contratados.

¿Quiénes pueden postular al SEJ?

  • Jóvenes de entre 18 y 24 años.
  • Empleadores que contraten jóvenes y estén al día con las cotizaciones previsionales.

¿Cómo y cuándo postular?

Se puede postular al SEJ durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

¿Cómo se distribuye el subsidio?

Del total del subsidio por persona, dos tercios quedan en manos del o la joven y un tercio en la empresa que lo contrata. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.

Monto del Subsidio al Empleo Joven

El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Las personas beneficiarias pueden revisar el monto del pago en la web del Sence, con su RUT y fecha de nacimiento.

Según cifras aportadas por SENCE, el 24,3% de los jóvenes recibirá un bono de entre $101.000 y $200.000; el 17,4% recibirán entre $200.001 y $300.000; en tanto que el 16,39% se encuentra en el rango de entre $50.001 y $100.000.

Este pago anual corresponde a las rentas año 2023 y beneficiará a 540.126 personas, por un monto total de $109.780.604.642 de ambos subsidios.

Pagos Mensuales vs. Pagos Anuales

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Pagos Mensuales

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

Consideraciones sobre los Pagos Mensuales

  • Son anticipos del pago anual.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Extensión del SEJ

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Requisitos para la Extensión

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria).
  • El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
  • Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Cómo renunciar al SEJ?

En caso de ser trabajador/a, para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

¿Qué hacer en caso de montos adeudados a un beneficiario fallecido?

Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).

Subsidio al Empleo Joven e Ingreso Mínimo Garantizado

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

Reintegro de dineros pagados en exceso

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

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