Habitual es la confusión entre la población migrante respecto del concepto de permiso de trabajo. En Chile la regla general es que el extranjero no se encuentra habilitado para desarrollar actividades remuneradas salvo que disponga de un permiso o autorización expresa.

Siguiendo la regla general mencionada, la Visa de Turismo no permite realizar trabajos remunerados, no obstante, la autoridad migratoria podrá conceder un permiso en casos calificados.

Por tanto el “permiso de trabajo” tiene como fundamento el contrato de trabajo que, precisamente, dio origen a la solicitud de Visa. Así, el permiso se otorga recién cuando se resuelve favorablemente a la solicitud de residencia.

La única excepción en donde se resuelve antes, es cuando en el formulario se pide “Solicitud de Autorización de Trabajo con Visa en Trámite”. En esta hipótesis se puede conceder la autorización provisoriamente, lo que en cualquier caso no suele resolverse antes de tres meses de presentada la solicitud de “Visa Sujeta a Contrato”.

Junto con la Visa Sujeta a Contrato de Trabajo existen las Visas Temporarias, que también permiten trabajar y postular luego a una residencia definitiva. Al igual que en el otro supuesto, al obtenerse la respuesta afirmativa de Extranjería sobre la solicitud principal se obtiene entonces el permiso de trabajo.

En este caso se invierte la regla en que los extranjeros no pueden realizar actividades remuneradas, salvo se les autorice.

Tipos de Visas y Permisos de Trabajo

En Chile, existen diferentes tipos de visas que permiten a los extranjeros trabajar legalmente:

  • Visa Sujeta a Contrato de Trabajo: Esta visa se otorga a ciudadanos extranjeros que han sido contratados por una empresa en Chile. La visa tiene una validez máxima de 730 días.
  • Visas Temporarias: Estas visas también permiten trabajar y postular luego a una residencia definitiva.
  • Permiso de Trabajo con Visa en Trámite: Este permiso se puede solicitar mientras se tramita la visa temporaria o sujeta a contrato.

Documentación Necesaria para la Visa Sujeta a Contrato

Para solicitar una Visa Sujeta a Contrato, generalmente se requiere la siguiente documentación:

  1. Carta del empleador en Chile: La carta debe detallar el empleador, así como los datos de contacto de la persona responsable, y las razones por las cuales Ud.
  2. Contrato de Trabajo en español legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y firmado por Ud. y el empleador: Que cumpla con todas las disposiciones laborales y previsionales pertinentes. Firmado por el empleador.
  3. Copia de sus títulos académicos: (SOLAMENTE si se aplican a su caso y si su trabajo los requiere).
  4. Formulario de postulación: Debe completarlo en el computador, no a mano.
  5. Certificado de antecedentes emitido por el Ministry of Justice de Nueva Zelanda.
  6. Certificado médico que descarte enfermedades infectocontagiosas: Carta emitida por un médico/centro médico registrado en Nueva Zelanda, que confirme que Ud. se encuentra en buenas condiciones de salud y que no posee infecciones o enfermedades contagiosas. Esta carta no debe tener más de 30 días de vigencia. El examen debe ser un chequeo general (sangre, orina, entrevista con el médico para descargar enfermedades mentales), no rayos X. El médico será capaz de detectar infecciones u enfermedades que Ud.
  7. Itinerario de viaje.

Cargar los documentos uno por uno en la página. Cualquier documento faltante causará una demora en su proceso. El Consulado no puede hacerse responsable de la demora en su postulación si Ud. no adjuntó los documentos mencionados anteriormente.

Tan pronto su visa sea aprobada por Inmigración Chile, le enviaremos los detalles para realizar una transferencia electrónica, e instrucciones para enviar su pasaporte. Se paga cuando la visa está aprobada, no por la postulación. Nunca debe pagar por anticipado.

El valor de la visa varía de acuerdo a la ciudadanía que indica el pasaporte. Entregar la documentación no necesariamente significa que su visa será aprobada.

El Consulado podrá solicitarle más documentos en el proceso de su visa. Al tener toda su documentación correcta y completa, enviaremos sus antecedentes a Inmigración Chile, quienes corroborarán los datos proporcionados.

Visas para Familiares

Si viaja con su familia, avísenos, porque debemos procesarles una visa a cada uno. Esta visa "dependiente" (Usted es el titular), tendrá la misma duración que la suya, y no les permite trabajar.

Consideraciones Adicionales

  • Si solicitó permiso de trabajo con Visa en trámite, y no pago el permiso, esta situación no debiese ser causal para un eventual rechazo.
  • Si su Visa fue acogida a trámite, otorgandose permiso de trabajo en la resolución, y aquel fue pagado, entonces no habría problema en la contratación.
  • Si tienes un permiso de trabajo que te habilita para trabajar legalmente en el país, aunque aún no tengas RUT, así que quien te contrate no corre riesgo alguno.

Tiempos de Espera

Es normal que se demoren varios meses en aprobar tu visa. El tiempo de tramitación de una visa es relativo. Puede variar entre los 4 y 6 meses. Inclusive un poco más en algunos casos.

Se están demorando entre 90 y 100 días en ser entregadas. Es preferible que se dirijan a Migraciones, para el caso de que debieran extender nuevamente el permiso de trabajo. Pidan cita por internet.

Tabla Resumen de Visas y Permisos

Tipo de Visa/Permiso ¿Permite trabajar? Validez Comentarios
Visa Sujeta a Contrato Máximo 730 días Requiere contrato de trabajo
Visa Temporaria Variable Permite postular a residencia definitiva
Permiso de Trabajo con Visa en Trámite Mientras se tramita la visa Provisional
Visa de Turismo No (generalmente) Variable Puede obtenerse un permiso en casos calificados

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