Uno de los momentos más complejos que puede atravesar un trabajador es el término de la relación laboral con su empleador, ya sea por renuncia voluntaria o por un despido. ¿Renunciaste a tu trabajo en Chile y no estás seguro si tienes derecho a finiquito? En este artículo, descubre tus derechos laborales en caso de renuncia, incluyendo cómo recibir el finiquito y cómo proteger tus derechos.

¿Qué es el Finiquito?

Uno de los principales trámites en este caso es la ratificación del finiquito laboral, ya que esta es la validación ante las autoridades del término de la relación laboral. Todos los trabajadores que finalizan su relación laboral, sea por renuncia o despido, tienen derecho a un finiquito. Como el finiquito simplemente es un papel, es erróneo preguntarse si tengo derecho a finiquito si renuncio, en la medida que tú creas que ese finiquito es plata, pues no es plata, es un papel, un papel que puede contener cero peso a pago y ser de todas formas un finiquito. Y es que reitero, el finiquito no es plata, es un papel o documento, y perfectamente puede existir un finiquito con cero peso a pago.

Obligación del Empleador

Dicho lo anterior, te explicaremos cuándo es obligatorio para el empleador poner a disposición del trabajador un finiquito (que ya explicamos que no es plata), y cuándo no es obligatoria la suscripción de un finiquito.

Derechos al Renunciar

Si el trabajador renuncia y su contrato de trabajo tiene una duración superior a 30 días, tiene derecho a recibir un finiquito (que ya explicamos es sólo un papel o documento), que además incluya el pago de las remuneraciones pendientes si existieran adeudadas (los días trabajados y no pagados aún) y las vacaciones o feriado proporcional. Si el trabajador decide renunciar antes de cumplir los 30 días de trabajo, el empleador no está obligado a pagar ningún tipo de indemnización o beneficio adicional al sueldo que le corresponde hasta la fecha de renuncia. En resumen, todos los trabajadores que finalizan su relación laboral tienen derecho a un finiquito, salvo en el caso de contratos de duración no superior a 30 días.

Plazos y Obligaciones del Empleador

Sobre el finiquito, refiere que debe ser otorgado por el empleador y puesto el pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles, contados desde la separación del trabajador, lo que implica que dentro de dicho término debe proceder a confeccionar tal documento, consignando en él todos los valores que corresponda pagarle a causa del término de la relación laboral, los cuales deben estar disponibles para su aceptación y recepción, dentro del mismo plazo. El artículo 177 del Código del Trabajo establece que, en caso de renuncia, el empleador debe proceder a liquidar las remuneraciones y demás prestaciones adeudadas al trabajador en un plazo no superior a diez días hábiles desde la fecha de término del contrato. El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

Cálculo de Feriado Proporcional

De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo, si el trabajador ha dejado de pertenecer a la empresa antes de completar el año de servicio que da derecho a feriado debe percibir una indemnización por dicho beneficio equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma proporcional al tiempo que medie entre su contratación o la fecha que enteró la última anualidad y el término de sus funciones. Para determinar el monto de lo que corresponde pagar por feriado proporcional debe, en primer lugar, dividirse el número de días de feriado a que el trabajador tendría derecho, incluidos los días de feriado progresivo, por el número de meses (12) que comprende el año (el producto será el número de días hábiles de feriado que deberá compensarse por cada mes trabajado).

El detalle del ejemplo es el siguiente:

  1. 15: 12 = 1,25 (días de vacaciones por mes trabajado) y 1,25: 30 = 0,04167 (vacaciones por día trabajado)
  2. 1,25 x 8 meses = 10 días
  3. 0,04167 x 2 días = 0,08333
  4. Días hábiles a indemnizar = 10,08
  5. Contabilizar en el calendario los 10,08 días hábiles a partir del día siguiente al término de contrato (18.11.2021)
  6. Agregar al período contabilizado en el calendario los días sábado, domingo y festivos que inciden en el cómputo anterior (entre el 18.11.2021 y el 02.12.2021= 4 días inhábiles)
  7. Nº de días a indemnizar 14,08 x valor diario.

Trámites y Formalidades

Ambas partes deben cumplir con una serie de formalidades para que el proceso se complete satisfactoriamente. Entregar la carta con al menos 30 días de anticipación: Según el Código del Trabajo, el trabajador debe dar aviso con 30 días corridos de anticipación. La ley establece que el trabajador debe informar con 30 días de anticipación sobre su decisión de finalizar su relación laboral. Una vez que el trabajador ha decidido renunciar, debe notificar a la empresa de su decisión. La notificación debe incluir la fecha de inicio y fin del contrato de trabajo, así como la razón por la que el trabajador está renunciando.

Requisitos de la Carta de Renuncia

Tanto el trabajador como el empleador tienen la responsabilidad de verificar que la carta de renuncia de finiquito laboral cumpla con los parámetros establecidos por el Estado chileno.

  1. Como empresa, puedes recibir la carta de renuncia impresa o en formato digital.
  2. Es fundamental que el empleado plasme correctamente sus datos, entre ellos el RUT.
  3. Como ya te lo mencionamos, un funcionario del Estado debe ratificar la renuncia.

Ratificación de la Renuncia

Una vez ratificada la renuncia voluntaria, el trabajador o trabajadora debe entregar una copia a su empleador o empleadora. El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web Mi DT y oficinas de la Inspección del Trabajo. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”. Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia voluntaria, la que podrá descargar desde el sistema y recibirá por correo electrónico en un plazo máximo de 48 horas. Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia.

De todas formas, la Dirección del Trabajo propuso simplificar este trámite hace unos años, abriendo la posibilidad de que se realice a través del sitio de la DT, aunque este proceso solo puede ser iniciado por el empleador a través de su portal.

Proceso de Finiquito

Una vez que la empresa ha recibido la notificación de renuncia, debe iniciar el proceso de finiquito. La empresa puede optar por realizar el proceso de finiquito en línea a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. Este método es conveniente y permite agilizar el trámite. Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica. El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

Consideraciones Importantes

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. En cuanto a los requisitos expuestos, señala que ellos han sido exigidos con el carácter de una mera formalidad del acto, el cual se perfecciona por la sola manifestación de voluntad del dependiente en orden a poner término a la relación laboral. Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo. De todas formas, recuerda que la reserva de derechos si la pones debe ser específica, es decir debe decir una a una las materias para las cuales te estás reservando derechos en ese finiquito por renuncia voluntaria. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Recursos Adicionales

La Dirección del Trabajo ofrece una variedad de recursos en su sitio web para ayudar tanto a trabajadores como a empleadores a realizar el proceso de finiquito. Además, el sitio web de la Dirección del Trabajo proporciona formularios que pueden ser descargados y utilizados para facilitar el trámite. Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Por norma, la empresa tiene que liquidar el sueldo base, colocación y movilización. La empresa tiene la responsabilidad de liquidar una remuneración por concepto de los servicios prestados.

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