El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. En Chile, este documento debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.
¿Qué es un Finiquito?
El finiquito es un documento escrito firmado por el trabajador y el empleador ante un ministro de fe, por el cual ambos dejan constancia del término del contrato de trabajo y de la extinción de las obligaciones derivadas del mismo, así como el detalle de los pagos que corresponda efectuar con motivo de dicho término y de otros pactos que acuerden relacionados con el mismo hecho.
Componentes del Finiquito
El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador, entre ellos:
- Remuneraciones pendientes
- Vacaciones proporcionales
- Indemnización por años de servicio (si corresponde)
- Indemnización sustitutiva al aviso previo (si corresponde)
- Días trabajados
Tipos de Finiquito
Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.
- Renuncia voluntaria: Se configura cuando el trabajador termina la relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
- Término anticipado del contrato por necesidades de la empresa: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
- Despido justificado: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
- No renovación de contrato a plazo fijo: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato: En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
- Fallecimiento del trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
- Causas ajenas al empleador: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.
Cálculo de los Días Trabajados
El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
Cálculo de Vacaciones Proporcionales
Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año. Si el trabajador tiene días de vacaciones acumuladas y no utilizadas, deben pagarse como parte del finiquito.
Cálculo de días de vacaciones proporcionales
Para determinar los días que corresponde pagar por feriado proporcional, se debe, en primer lugar, dividir el número de días de feriado a los que el trabajador tiene derecho, incluidos los días de feriado progresivo, por el número de meses (12) que comprende el año. El resultado será el número de días hábiles de feriado que deberá compensarse por cada mes trabajado.
Posteriormente, el resultado deberá multiplicarse por el número de meses y fracción que hubiere acumulado el trabajador entre la fecha de su contratación y el término de sus servicios, o entre su última anualidad y el término del contrato. El producto será el número total de días hábiles de feriado que se debe compensar.
Por último, dichos días deben contarse a partir del día siguiente a la fecha de término del contrato y deberá comprender, además de los días hábiles, los sábados, domingos y festivos. Ahora, es necesario calcular los días de vacaciones definitivos para el pago de la indemnización por feriado proporcional. Para ello, debes considerar los días de vacaciones acumulados hasta la fecha de desvinculación, realizando el conteo dentro de los días hábiles a contar del día hábil siguiente a la fecha de término del contrato.
Indemnización por Años de Servicio
Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.
Finiquito Electrónico
Tesorería sólo paga de acuerdo a la información enviada por Dirección del Trabajo. Por lo tanto, debes haber solicitado tu finiquito laboral electrónico en Portal MI DT. No olvides que en Portal MI DT también debes señalar qué medio de pago prefieres recibir el pago de tu finiquito laboral electrónico.
- Cuenta bancaria personal: Puede ser una cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro o Cuenta RUT, pero debe ser necesariamente una cuenta unipersonal, es decir, una donde tú seas el único titular.
- Cheque que se envía a tu dirección. Si escogiste la opción de pago con cheque, recuerda que su vigencia es de 60 días corridos desde su emisión.
Tesorería es la encargada de hacer el pago, y lo hará a través del medio que hayas seleccionado. El finiquito laboral electrónico, en términos generales, produce el mismo efecto jurídico que el finiquito ratificado presencialmente, esto es, dejar constancia del término de la relación laboral y de las obligaciones derivadas del mismo.
Consideraciones Importantes
- Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe.
- El trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
- El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
- El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el Finiquito?
El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.
Asesoramiento
Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.

