Al momento de pensionarse, puedes solicitar que se calcule si tienes derecho a retirar el Excedente de Libre Disposición (ELD).

¿Cuáles son los requisitos para retirar los excedentes?

Para poder retirar los excedentes de libre disposición, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 10 años de afiliación en cualquier sistema previsional.
  • Obtener una pensión mayor o igual al 70% del promedio cotizado en los 10 años anteriores al mes de la solicitud de pensión.
  • Obtener una pensión mayor o igual al 100% de la Pensión Máxima con Aportes Solidarios (PMAS).

Requisito Especial para afiliados pensionados en alguna institución del régimen antiguo (Incluye Dipreca o Capredena)

Art. (No se especifica el contenido del artículo en el texto proporcionado).

Tratamiento Tributario de los Excedentes de Libre Disposición

El tratamiento tributario de los excedentes de libre disposición que establece el nuevo artículo 42 ter, incorporado a la Ley de la Renta, dispone que los afiliados al sistema de pensiones, contenidos en el D.L. (No se especifica el número del D.L. en el texto proporcionado) pueden acceder a este beneficio.

El afiliado cada año podrá retirar, libre de impuesto, por concepto de excedentes de libre disposición, una cantidad inferior o igual a 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) hasta completar la suma máxima total de 1.200 UTM.

Lo anterior significa que si el afiliado opta por retirar cada año la suma de 200 UTM, el límite máximo de 1.200 UTM lo completará en 6 años consecutivos.

Los excesos de retiros que resulten de la operación anterior, se gravarán con el Impuesto Global Complementario.

Ejemplo de Retiro de Excedente de Libre Disposición

La siguiente tabla ilustra cómo se podría realizar el retiro del excedente, considerando el límite de 200 UTM anuales y el máximo de 1200 UTM:

Año Cantidad Retirada (UTM) Total Retirado (UTM) Impuestos
Año 1 200 200 Exento
Año 2 200 400 Exento
Año 3 200 600 Exento
Año 4 200 800 Exento
Año 5 200 1000 Exento
Año 6 200 1200 Exento
Año 7+ Más de 200 (si aplica) Más de 1200 Impuesto Global Complementario

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