En el dinámico mundo laboral actual, los viajes por trabajo son cada vez más frecuentes, pero muchos trabajadores desconocen cuándo deben ser consideradas estas horas de viaje como horas extra y, por ende, remuneradas como tales. Al respecto, es fundamental que tanto los empleados como los empleadores comprendan estas reglas para garantizar que el tiempo adicional sea justamente compensado.
¿Qué Son las Horas Extra?
Las horas extra, según el Código del Trabajo chileno, son aquellas horas trabajadas que exceden la jornada ordinaria de trabajo, establecida por contrato. Generalmente, estas horas deben ser remuneradas con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria.
Tiempo de Viaje en el Ámbito Laboral
El tiempo de viaje en el ámbito laboral se refiere al tiempo que un empleado dedica a desplazarse por motivos de trabajo más allá de su desplazamiento habitual desde su casa hasta su lugar de trabajo. Esto incluye viajes a reuniones, capacitaciones, visitas a clientes o proyectos en otras ciudades. No todo el tiempo de viaje se considera automáticamente como horas extra.
¿Cuándo se Considera el Tiempo de Viaje como Horas Extra?
El tiempo de viaje puede ser considerado como horas extra bajo ciertas circunstancias específicas, dependiendo del horario en que se realice y la naturaleza del viaje.
Dictámenes de la Dirección del Trabajo
La Dirección del Trabajo, en su rol de fiscalizar y velar por la aplicación de la legislación laboral, ha emitido diversos dictámenes que aclaran ciertos aspectos relacionados con la jornada laboral y el tiempo a disposición del empleador.
Consequentemente, sólo puede ser considerado como jornada de trabajo el tiempo que el trabajador preste servicios parar su empleador, de manera efectiva, o que se encuentre a disposición de éste. Ahora bien, la ley laboral no prohíbe que las partes acuerden una interrupción de la jornada de trabajo diaria, estableciendo dos períodos distintos de tiempo, y tampoco dispone de un horario continuo de trabajo, pero en este último caso sólo fija el tiempo suficiente para la colación del trabajador.
Por de pronto, en su sentido natural y obvio "encontrarse a disposición" es indicativo de hallarse apto y pronto para una finalidad, es decir, que el trabajador esté disponible y en condiciones de realizar las funciones para las cuales fue contratado y que no se concrete por razones que no se originan en su voluntad.
Jornada Activa y Pasiva
Además, la jornada de trabajo puede revestir dos modalidades: la jornada de trabajo activa y jornada de trabajo pasiva. El artículo 21 inciso primero del Código del Trabajo define la jornada activa como “el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.” A su vez, el inciso segundo del artículo 21° establece lo que es la jornada pasiva de trabajo como el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le son imputables. Así, la jornada pasiva importa por una parte (a) la protección del trabajador: porque se computa ese tiempo como efectivamente trabajado, cuando no pueda prestar servicios por causas que no le son imputables, ya sea por (i) causas externas.
Ejemplos de la Dirección del Trabajo
- Tiempo de espera por horarios de transporte de la empresa: No se considera jornada.
- Lapso utilizado por los trabajadores para ir y volver a su lugar de trabajo: No se considera jornada.
- Lapso utilizado para el cambio de vestuario antes y después de la jornada laboral: Sí se considera jornada. Sería jornada de trabajo los tiempos que van desde que el trabajador llega al lugar de trabajo, marca tarjeta, se cambia de ropa, presta los servicios, se vuelve a cambiar y finalmente, marca tarjeta de salida.
Por su parte, la Dirección del Trabajo ha señalado que no se considerará jornada de trabajo el tiempo de cambio de vestuario que los dependientes realicen en su propio domicilio o residencia.
Otros Dictámenes Relevantes
- El dictamen informa presentación sobre reubicación de trabajadores que laboran a gran altitud declarados no aptos para el desempeño de sus funciones.
- El dictamen responde diversas consultas relativas al sentido y alcance de los artículos 12, 21 inciso 2º y 22 inciso 2º del Código del Trabajo.
- En el dictamen se señala que la División Andina de Codelco Chile no se encuentra obligada a cancelar horas extraordinarias por el tiempo anterior al inicio de la jornada que el personal del Area de Servicios emplea para acceder al Area Industrial, no obstante, la disposición que ordena a los dependientes iniciar el traslado desde Los Andes y en la madrugada, altera sustancialmente las condiciones habituales de inicio de la jornada, por lo cual debe incorporarse al Reglamento Interno de la Empresa, si no estuviese.
Ejemplos Prácticos
- Caso 1: Un empleado es enviado a una reunión en otra ciudad y el viaje se realiza fuera de su horario laboral regular. En este caso, las horas de viaje podrían ser consideradas como horas extra.
- Caso 2: Un empleado es enviado a un curso de capacitación durante un fin de semana. Las horas dedicadas al viaje y al curso podrían ser compensadas como horas extra, dependiendo de la política de la empresa.
Consideraciones Adicionales
Es importante señalar que las sentencias judiciales solo tienen fuerza obligatoria respecto de las causas en que se pronunciaron y no obligan a la Dirección del Trabajo a modificar su interpretación.
¿Todas las empresas deben compensar las horas de viaje como extra? La compensación dependerá de la política interna de la empresa y de cómo se alineen con la legislación laboral chilena.
¿Por Qué la Jornada de Trabajo es un Derecho?
¿Por qué la jornada de trabajo es un derecho y una estipulación mínima del contrato de trabajo? En primer lugar, permite determinar la cantidad de tiempo que el trabajador va a estar a disposición del empleador para la prestación de servicios a la cual se obligó. También establece la remuneración a pagar, en el sentido que el trabajador con una jornada ordinaria establecida puede prestar servicios en jornada extraordinaria y exigir el pago del sueldo mínimo como piso de remuneración.
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