Este artículo detalla los requisitos y el proceso para acceder a la jubilación anticipada por enfermedad en Chile, abordando aspectos clave como la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), la Ley de Enfermedades Terminales (LET) y el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
Actualmente, el monto mensual de la PBSI es de $224.004. A partir de septiembre de 2025 aumentará a $250.000 mensuales, ajustándose al nuevo valor máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Los y las titulares de PBSI, pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años. Para solicitar la pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.
Pensión Anticipada por Enfermedad Terminal
Afiliado certificado con una Enfermedad Terminal que tenga ahorro en su cuenta obligatoria y/o productos voluntarios puede solicitar el beneficio. La pensión será pagada por la AFP del afiliado a la fecha de la solicitud, con cargo a su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. Se reserva lo de Sobrevivencia y Cuota Mortuoria; sin embargo, primero y de acuerdo con lo que indica la norma, se hace la reserva de capital para financiar la Pensión de Sobrevivencia de los beneficiarios y Cuota Mortuoria.
Desde el 1 de abril de 2021 comienza el periodo transitorio para solicitar pensión anticipada como enfermo terminal, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado o por los diagnósticos contemplados en el artículo transitorio de la Ley. Luego, dependerá de la certificación de las Comisiones Médicas que se crean al efecto. Puedes solicitar este beneficio, pero una vez que entre en vigencia LET, la pensión que recibías previamente se anula y comienzas a recibir la nueva Pensión Anticipada como Enfermo Terminal.
La pensión que recibirás como renta temporal se calcula con el saldo de tu cuenta individual de capitalización obligatoria, si no estás financiado por el Sistema de Pensiones Solidarias. Si tienes productos voluntarios (APV, Cuenta2) en otra institución, también podrías sumarlos.
Proceso de Solicitud
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. Para realizar la solicitud debes ingresar a www.provida.cl. Te recomendamos tengas tiempo sin interrupciones ya que se deben completar varios pasos del formulario. El Afiliado, esté o no pensionado, o un mandato especial simple más una declaración jurada, la que deberá adjuntar al realizar el trámite puede realizar la solicitud.
Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Podrás aceptar y rechazar alguna de las ofertas para pensionarte. Si no aceptas, puedes realizar un nuevo proceso de solicitud de Pensión.
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Es un Sistema que reúne y entrega la información de afiliados y beneficiarios a las AFP y Compañías de Seguros para ofrecerles alternativas de Pensión.
Te puedes arrepentir si no has comenzado a recibir el pago de Pensión. Para informar esta decisión, debes llamar al 600 2010 150, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs.
Pensión de Invalidez
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende. Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.
Información Adicional
Indica dónde quieres recibir tu Pensión. Informa si estás en Fonasa o Isapre. Los Ahorros son solo tuyos. En caso de fallecer antes de la edad legal de pensión o durante la misma, y si tienes beneficiarios, se generará una Pensión de Sobrevivencia.
Sí, puedes tramitar tu Pensión en el extranjero si el país donde vives tiene un Convenio Bilateral con Chile. Si es así, realiza el trámite a través del Organismo de Enlace de Seguridad Social de donde resides. La edad legal de Pensión en Chile es de 65 años para hombres y 60 años para mujeres.
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