En Chile, existen distintos tipos de jornadas laborales de acuerdo al tipo de empresa. Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer de qué se trata cada una de estas jornadas en detalle. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal.

Tipos de Jornadas Laborales en Chile

En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.

  • 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.
  • 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
  • 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
  • Bisemanal: Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas.
  • Jornada Parcial: Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora.

Reducción de la Jornada Laboral a 40 Horas

La Ley N°21.561, art. 4 ha modificado el Código del Trabajo, otorgando el derecho a una jornada laboral a todas y todos los trabajadores. Cabe recordar que la Ley de 40 Horas contempla una disminución gradual de las horas de trabajo.

Así, desde el 26 de abril de 2024 la jornada laboral se reducirá, de forma obligatoria, desde 45 a 44 horas semanales. El camino hacia las 40 horas continuará en 2026, cuando en la misma fecha y mes la jornada bajará a 42 horas y, luego, en 2028, a 40 horas. La reducción de la jornada se implementará de forma gradual en un periodo de 5 años, hasta llegar a las 40 horas.

Con todo, la Ley de 40 Horas establece que las empresas pueden reducir la jornada a 40 horas desde ya, de forma voluntaria y anticipada, sin esperar la gradualidad.

Si no los solicita en la oportunidad indicada corresponderá su pago dentro de la remuneración del respectivo periodo. La aplicación de la ley en ninguna circunstancia podrá representar una disminución de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.

Implementación de la Reducción de Jornada:

Fecha Jornada Laboral Semanal
26 de abril de 2024 44 horas
26 de abril de 2026 42 horas
26 de abril de 2028 40 horas

Consideraciones Adicionales sobre la Jornada Laboral

Es importante recordar que el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado. Este artículo en el Código del Trabajo ha sido modificado, otorgando el derecho a una jornada laboral a todas y todos los trabajadores.

Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato para implementar esta modalidad. Existe la posibilidad de que en la negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, se pueda acordar que el tope semanal se amplíe a 52 horas en cada semana. Este límite de 52 horas no se puede desarrollar en más de dos semanas seguidas dentro del ciclo.

Además de la reducción de la jornada laboral, cuya implementación gradual comienza este 26 de abril, la Ley de 40 Horas también contempla otras innovaciones. La nueva ley modifica también el artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, que exceptúa de jornada de trabajo definida.

Cualquiera de las partes puede recurrir ante la Inspección del Trabajo si hay controversia entre empleador y trabajador sobre si la labor específica se encuentra dentro de las tienen o no limitación de jornada. En caso de existir diferencias en torno al tema, a petición de cualquiera de las partes el Inspector del Trabajo respectivo resolverá si una determinada labor se encuentra en alguna de las situaciones señaladas.

Flexibilidad y Compensación de Horas Extraordinarias

Además, la Ley de 40 horas abre la posibilidad de acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año.

Trabajadoras y Trabajadores con Regímenes Especiales

También establece cambios en la jornada de las trabajadoras y trabajadores de casa particular. En el caso de quienes trabajan puertas afuera se aplicará la reducción a 40 horas. Quienes laboren puertas adentro continuarán con el descanso mínimo de 12 horas diarias. En el caso de las Trabajadoras Puertas Adentro la reducción de la jornada se va a traducir en dos días libres al mes, remunerador y de libre disposición. Se aplicará una compensación de dos días de descanso mensual adicional.

Apoyo a Empresas de Menor Tamaño

Las empresas calificadas de menor tamaño que implementen la reducción de jornada de forma anticipada gozarán de puntaje adicional en la evaluación de postulaciones a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

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