Chile avanzará esta semana en la reducción de la jornada laboral de los trabajadores regulados por el Código del Trabajo. Tras seis años de discusión, la iniciativa entrará en vigencia en una primera etapa, que rebajará de 45 a 44 las horas de trabajo por semana. Este cambio beneficiará a unos 4,7 millones de trabajadores y tiene en sus páginas normas que amparan al trabajador, tales como la prohibición a los patrones para reducir el sueldo una vez que se imponga la reducción completa. La ley tiene proyectado que la disminución completa a las 40 horas se conseguirá en cinco años más.

Implementación de la Ley de 40 Horas

La primera etapa de la ley de 40 horas comenzará el viernes 26 de abril de 2024. En esa jornada se marcará la baja de una hora de jornada laboral por semana. Las empresas podrán hacerlo de forma gradual en un plazo máximo de hasta cinco años, por lo que quedará completamente aplicada para 2029. Los trabajadores pasarán de una jornada de 45 a 44 horas el primer año de publicada la ley, 42 al tercer año y 40 al quinto; sin embargo, los patrones pueden anticiparse. Hasta hoy existen más de 500 empresas chilenas que han obtenido la certificación por reducir la jornada.

Opciones de Implementación

  • 4x3: Los patrones podrán implementar jornadas de cuatro días de trabajo de 10 horas para descansar tres días o promediar la jornada.
  • 40 horas promedio: El trabajador podrá acordar con el patrón que la jornada de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. No estará permitido superar más de dos semanas las 40 horas.

Controversias y Adaptaciones

La baja de las 40 horas semanales en promedio abrió una serie de dudas, especialmente en el mundo empresarial. Las patronales advirtieron que en algunas compañías, especialmente las que funcionan con turnos, existiría un fuerte impacto en la productividad si es que se descontaba una hora entera de trabajo en un día de la semana. Ante esto las firmas accedieron a rebajar el tiempo de trabajo de sus empleados con una división de la hora. Por ejemplo, accedieron a entregar 12 minutos libres adicionales en cada uno de los cinco días hábiles, con los que se completaban los 60 minutos fijados por la ley.

Esta interpretación fue criticada por la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, quien aseguró que la norma es clara sobre la forma en la que se deben aplicar los recortes horarios. La postura de la autoridad ha sido sostenida por un dictamen de la Dirección del Trabajo (DT), el organismo fiscalizador del trabajo en el país sudamericano, que aclaró que si bien la ley es rígida al respecto, sí se pueden acordar disminuciones por minutos laborales siempre y cuando exista un acuerdo entre los empleados y sus jefes.

Regímenes Especiales y el Sector del Transporte Terrestre

El proyecto de ley señala que: “Para estas modificaciones se establece, considerando las particularidades del sector en cuanto a déficit de conductores, una regla de gradualidad que implica una implementación de la reducción de jornada al quinto año tras la publicación de la ley. Una vez promulgada la ley, habrá un plazo de 4 años en que dicha jornada seguirá igual, como período de gradualidad.

En cuanto a los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, pueden optar por la bolsa mensual de 180 horas (si se escoge este régimen el patrón deberá compensar al trabajador con seis días de descanso adicionales) o promediar las 40 horas semanales por mes.

Bajo este contexto, el Presidente de la CNDC, Juan Araya, señaló que “la Confederación de Dueños de Camiones siempre sostuvo que el transporte de carga es una tarea excepcional, por los tiempos y exigencias de su misma condición.

Otros Regímenes Especiales

  • Trabajadoras de casa particular: Las que trabajan puertas afuera tendrán una reducción a 40 horas semanales y permite hasta 12 horas extraordinarias; las que trabajan puertas adentro mantendrán el sistema actual, descansarán mínimo 12 horas diarias y tendrán una compensación de dos días de descanso adicional al mes. Los días podrán acumularse hasta por un periodo de tres meses.
  • Mineros: Las jornadas excepcionales de procesos continuos, como la de la minería, compensará con días de descanso anual adicionales.
  • Trabajadores agrícolas permanentes: La jornada especial deberá rebajarse para que empate con las 40 horas semanales.
  • Trabajadores del mar: Deberá adaptar su jornada a las 40 horas semanales. De trabajar más, se pagarán horas extraordinarias.
  • Trabajadores de servicios aéreos: La jornada no podrá exceder las 40 horas en promedio a la semana. Si es que trabaja por un mes en tierra, deberá sacarse el promedio para hacer efectivas las 40 horas.
  • Personal de hotelería, restaurantes y clubes: Con la nueva ley esto quedará eliminado.

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