Chile está avanzando en la reducción de la jornada laboral para los trabajadores regulados por el Código del Trabajo. Tras años de debate, la iniciativa entrará en vigencia en una primera etapa, reduciendo de 45 a 44 las horas de trabajo por semana.
Este año 2024 se implementa la primera etapa de reducción de la jornada laboral hasta alcanzar las 40 horas semanales. Esto quiere decir, que a partir de ese día, las y los trabajadores que tengan una jornada laboral de 45 horas, pasarán a trabajar 44.
Cronograma de Implementación
La ley tiene proyectado que la disminución completa a las 40 horas se conseguirá en cinco años más. Las empresas podrán hacerlo de forma gradual en un plazo máximo de hasta cinco años, por lo que quedará completamente aplicada para 2029.
- 44 horas semanales: 26 de abril de 2024
- 42 horas semanales: 26 de abril de 2026
- 40 horas semanales: 26 de abril de 2028
¿Qué es la Jornada de Trabajo?
El Código del Trabajo la define como el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considera también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no sean de su responsabilidad.
Duración de la Jornada de Trabajo
La jornada ordinaria de trabajo estaba fijada en 45 horas. Con la reforma aprobada en 2023, la duración de la jornada ordinaria de trabajo no deberá exceder de 40 horas semanales.
Flexibilidad y Acuerdos
La ley da la opción de que empleador y trabajador acuerden que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato para implementar esta modalidad.
Existe la posibilidad de que en la negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, se pueda acordar que el tope semanal se amplíe a 52 horas en cada semana. Este límite de 52 horas no se puede desarrollar en más de dos semanas seguidas dentro del ciclo.
Con autorización del Sindicato, si existiere, empleador y trabajador pueden acordar jornadas semanales de hasta 45 horas por un máximo de 2 semanas.
Por ejemplo, si trabajas de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas y tienes una hora de almuerzo, en total solo se consideran 40 horas semanales y no 45. Diferente es el caso para quienes, por ejemplo, trabajan de 8:00 a 18:00 horas, ya que sin contar colación tienen una jornada de 45 horas.
Derechos y Beneficios Adicionales
A partir de 2024, quienes cuiden a menores de 12 años podrán tener un ingreso y salida diferenciada por hasta dos horas para retrasar o anticipar sus horas laborales, lo que les permitirá acoplar su horario con el de los menores. Si ambos padres trabajan, la madre podrá decidir quién será acreedor a este derecho.
Las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año.
Tipos de Jornadas Laborales
En Chile existen distintos tipos de jornadas laborales de acuerdo al tipo de empresa. Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer de qué se trata cada una de estas jornadas en detalle. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal.
- 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
- 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
- 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.
- Bisemanal: Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas.
- Jornada Parcial: Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora.
Jornadas Activas y Pasivas
En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.
Trabajadores Sin Supervisión Inmediata
Los trabajadores que realizan su trabajo sin estar afectos a una jornada no están obligados a registrar su asistencia a la hora de llegada ni a su hora de salida. Esto significa, que el trabajador no debe cumplir una jornada de trabajo limitada por un horario, ya que la duración de su presencia en la empresa, solo será por el tiempo que necesite para ejercer las actividades propias de su cargo, independiente de la jornada de trabajo y del horario de funcionamiento existente en la empresa.
¿Qué pasará con los trabajadores que tienen regímenes especiales?
Trabajadoras de casa particular
Las que trabajan puertas afuera tendrán una reducción a 40 horas semanales y permite hasta 12 horas extraordinarias; las que trabajan puertas adentro mantendrán el sistema actual, descansarán mínimo 12 horas diarias y tendrán una compensación de dos días de descanso adicional al mes. Los días podrán acumularse hasta por un periodo de tres meses.
Mineros
Las jornadas excepcionales de procesos continuos, como la de la minería, compensará con días de descanso anual adicionales.
Trabajadores de transporte terrestre
Dependerá si se trata de choferes o tripulación y del tipo de vehículo que conduzcan. Los choferes o auxiliares de locomoción colectiva interurbana y servicios interurbanos deberán sacar el promedio de 40 horas semanales cada mes. La tripulación de ferrocarriles y los choferes o auxiliares de servicios de transporte rural colectivo de pasajeros también deberán promediar las 40 horas en el cómputo mensual. En cuanto a los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, pueden optar por la bolsa mensual de 180 horas (si se escoge este régimen el patrón deberá compensar al trabajador con seis días de descanso adicionales) o promediar las 40 horas semanales por mes.
Trabajadores agrícolas permanentes
La jornada especial deberá rebajarse para que empate con las 40 horas semanales.
Trabajadores del mar
Deberá adaptar su jornada a las 40 horas semanales. De trabajar más, se pagarán horas extraordinarias.
Trabajadores de servicios aéreos
La jornada no podrá exceder las 40 horas en promedio a la semana. Si es que trabaja por un mes en tierra, deberá sacarse el promedio para hacer efectivas las 40 horas.
Personal de hotelería, restaurantes y clubes
En el artículo 27 se permitía que los trabajadores de estos sectores laboraran hasta 12 horas diarias en cinco días. Con la nueva ley esto quedará eliminado.
Controversia sobre los 12 minutos
La baja de las 40 horas semanales en promedio abrió una serie de dudas, especialmente en el mundo empresarial. Las patronales advirtieron que en algunas compañías, especialmente las que funcionan con turnos, existiría un fuerte impacto en la productividad si es que se descontaba una hora entera de trabajo en un día de la semana. Ante esto las firmas accedieron a rebajar el tiempo de trabajo de sus empleados con una división de la hora. Por ejemplo, accedieron a entregar 12 minutos libres adicionales en cada uno de los cinco días hábiles, con los que se completaban los 60 minutos fijados por la ley.
Esta interpretación fue criticada por la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, quien aseguró que la norma es clara sobre la forma en la que se deben aplicar los recortes horarios. “La jornada laboral en Chile es de horas a la semana, no de minutos, no de segundos, no de suspiros”, dijo en una entrevista a Chilevisión. La postura de la autoridad ha sido sostenida por un dictamen de la Dirección del Trabajo (DT), el organismo fiscalizador del trabajo en el país sudamericano, que aclaró que si bien la ley es rígida al respecto, sí se pueden acordar disminuciones por minutos laborales siempre y cuando exista un acuerdo entre los empleados y sus jefes.
¿Quiénes quedan excluidos de la limitación de la jornada de trabajo?
Se aplicará a los trabajadores bajo el artículo 22 con salvedad de quienes tengan labores de alta gerencia y quienes no estén sometidos a la fiscalización superior. Los funcionarios públicos también están excluidos, pero comenzaron las negociaciones con el Gobierno para que se les incluya.
Cualquiera de las partes puede recurrir ante la Inspección del Trabajo si hay controversia entre empleador y trabajador sobre si la labor específica se encuentra dentro de las tienen o no limitación de jornada.
Consideraciones Finales
La aplicación de la ley en ninguna circunstancia podrá representar una disminución de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.
Las empresas calificadas de menor tamaño que implementen la reducción de jornada de forma anticipada gozarán de puntaje adicional en la evaluación de postulaciones a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
El empleador tiene el deber de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias. Una resolución del Director del Trabajo establecerá y regulará las condiciones y requisitos de los sistemas de registro y control de asistencia.
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