El fuero maternal es un derecho fundamental que protege a la trabajadora embarazada y durante un período posterior al parto. En caso de despido, existen requisitos y consideraciones especiales para garantizar la protección de la madre y su hijo.
¿Qué es el Fuero Maternal?
El fuero maternal es un período de protección laboral que ampara a la trabajadora desde el inicio del embarazo y hasta un tiempo después del nacimiento del hijo. Durante este período, el despido de la trabajadora está sujeto a restricciones y requiere autorización judicial.
Requisitos para la Indemnización por Despido Injustificado con Fuero Maternal
Si una trabajadora con fuero maternal es despedida injustificadamente, tiene derecho a reclamar una indemnización. El plazo para reclamar el despido injustificado es de 60 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos). Este período se suspende mientras se tramita la etapa administrativa en la Inspección del Trabajo y no puede superar los 90 días hábiles desde el despido.
Para someterse a las consecuencias de esta decisión, el empleador deberá tener en cuenta que no bastará con la comprobación mecánica de ciertos elementos objetivos, como es la existencia de un contrato de plazo fijo y/o indefinido, ya que la norma legal del artículo 174 implica que deberá ponderar todos los antecedentes incorporados por las partes para conceder o denegar la autorización para despedir a la trabajadora.
El artículo 174 consagra una facultad del juez laboral de conceder o no la autorización de despido o desafuero.
Derechos Adicionales de la Madre Trabajadora
Además de la protección contra el despido injustificado, la madre trabajadora tiene otros derechos importantes:
- Subsidio Maternal: Sí, usted recibe un subsidio maternal que equivale a la totalidad de su remuneración y las asignaciones que estuviese percibiendo, con tope de 73,2 UF.
- Permiso y Subsidio por Enfermedad Grave de Hijos Menores de un Año: La madre trabajadora tiene derecho a permiso y subsidio, en caso de enfermedad grave de hijos menores de un año.
- Descanso Prenatal Prorrogado: Descanso prenatal prorrogado (parto tardío): en caso de que el parto se produjera después del descanso prenatal (6 semanas).
- Permiso Postnatal Parental: Permiso postnatal parental, si es que la madre decide traspasarle semanas, pudiendo traspasar un máximo de seis semanas a jornada completa; pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. En caso de que el padre haga uso del permiso postnatal parental también gozará de fuero laboral. Ese fuero dura un período equivalente al doble de la duración de su permiso, a contar de los diez días anteriores al comienzo del uso del mismo.
- Derecho a la Alimentación: Sí, existe el derecho a la alimentación de los hijos hasta 2 años. Las madres trabajadoras disponen de una hora al día para dar alimento a sus hijos.
- Sala Cuna: Cuando trabaja en una empresa que ocupa veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil. No, si el empleador mantiene o paga una sala cuna determinada, usted debe llevar a su hijo a esa sala cuna.
- Teletrabajo: El empleador deberá ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar. Esto se aplicará si la autoridad declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa. Otro requisito es que la naturaleza de las funciones del trabajador lo permita. Si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta posibilidad. Pero el trabajador deberá entregar al empleador una declaración jurada de que dicho cuidado lo ejerce sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta.
Consideraciones Especiales para Contratos a Plazo Fijo
En el caso de trabajadoras con contrato a plazo fijo, existen algunas consideraciones especiales:
En este tipo de contratos sólo bastará con cumplir las formalidades de envío de carta o aviso de no renovación para finiquitar el término, incluso procedería su término si el trabajador se encuentra en ese momento con licencia médica, pero en el caso de la trabajadora que goza de fuero maternal será necesario obtener la autorización del juez del trabajo.
Acuerdos entre las Partes
Antes de asistir a la primera audiencia el empleador debe tener en claro las opciones que considerará el tribunal para aprobar un acuerdo entre las partes.
También es importante considerar que, si bien los términos del acuerdo son bastantes estandarizados, a veces se incluyen algunas variantes. Ejemplo: la relación laboral termina al finalizar el posnatal y/o hasta que culmine la última licencia médica que pudiere presentar la trabajadora por enfermedad de hijo menor de un año de edad. La trabajadora no se reincorporará a sus labores una vez terminado el permiso postnatal, renunciando a dicha posibilidad en este acto. Conforme a esto, el empleador se obliga a mantener vigente la relación laboral, pero por un periodo determinado y menor.
¿Dónde Acudir en Busca de Ayuda?
Si necesitas asesoría o defensa en caso de despido injustificado con fuero maternal, puedes acudir a:
- La Dirección del Trabajo.
- El servicio de asesoría y defensa por parte de la ODL es gratuito. Importante: también puedes llevar toda la documentación que pueda respaldar tu consulta (boletas, correos electrónicos impresos, fotografías impresas y anexos de contrato, entre otros).
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