¿Puede convenirse el pago de la indemnización legal por años de servicio en cuotas? La respuesta es sí, pero con ciertas condiciones y requisitos legales que deben cumplirse para que el acuerdo sea válido.

Marco Legal del Pago de Indemnización por Años de Servicio

La indemnización legal por años de servicios debe ser pagada por el empleador al otorgarse el finiquito. A su vez, de acuerdo con lo establecido en el inciso 1º del artículo 177, modificado por la ley Nº 20.684, el finiquito y su pago debe ser puesto a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación del trabajador, salvo acuerdo en contrario de las partes.

En efecto, el artículo 169 del Código del Trabajo permite a las partes acordar el pago de la indemnización en cuotas, caso en el cual las cuotas deberán consignar los intereses y reajustes del período. El pacto debe constar por escrito y ser ratificado solo ante un Inspector del Trabajo.

Requisitos para el Pacto de Pago en Cuotas

Para que el pacto de pago en cuotas sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe constar por escrito.
  • Las cuotas deben incluir los intereses y reajustes del período.
  • Debe ser ratificado ante un Inspector del Trabajo.

Es importante destacar que un finiquito ratificado ante un ministro de fe distinto del Inspector del Trabajo no libera al empleador de pagar la indemnización en un solo acto.

Consecuencias del Incumplimiento del Pacto

El legislador ha establecido que el simple incumplimiento del pacto hará inmediatamente exigible el total de la deuda, sin perjuicio de la sanción administrativa que cursen los Servicios del Trabajo.

El incumplimiento del pacto de pago fraccionado hace exigible de inmediato la totalidad de la deuda y permite al trabajador recurrir al tribunal para exigir el pago con un incremento de hasta el 150%.

Además, la Dirección del Trabajo puede sancionar a empleadores que no paguen las indemnizaciones por años de servicio o remuneraciones adeudadas en un solo acto, según el artículo 169 del Código del Trabajo. El incumplimiento del pacto de fraccionamiento de pago hace exigible la totalidad de la deuda y puede ser sancionado con una multa administrativa.

¿Qué es el Finiquito?

El finiquito tiene por objeto dejar constancia del estado en que termina la relación laboral, señalando las obligaciones que tiene cada una de las partes al momento del término del contrato, y declarando el empleador que ha pagado todos los montos que se debían y que nada se adeuda al trabajador.

Formalidades del Finiquito

Las formalidades del finiquito para que sea válido, son las siguientes:

  1. Debe ser puesto a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación del mismo.
  2. Debe ser firmado por el trabajador y el empleador. En el caso del trabajador, éste debe suscribirlo ante un ministro de fe.
  3. La firma debe realizarse por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado del personal o sindical respectivos, o ratificado por el trabajador ante el Inspector del Trabajo.

Para estos efectos, pueden actuar también como ministros de fe, un notario público de la localidad, el oficial del registro civil de la respectiva comuna o sección de comuna o el secretario municipal correspondiente.

Reserva de Acciones y Derechos

La reserva de acciones y derechos en el finiquito es un derecho irrenunciable del trabajador, que le permite reclamar por escrito en el mismo finiquito aquellas materias con las que no esté de acuerdo, como la causal de despido, indemnizaciones, montos, bonos pendientes, etc. La reserva de derechos habilita al trabajador para ejercer acciones legales en contra del empleador respecto de aquellas materias que haya hecho la reserva, a pesar de haberse firmado el finiquito.

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