El ministro de Hacienda, Mario Marcel, presentó una serie de propuestas a los senadores de la Comisión de Trabajo, con el objetivo de lograr una convergencia de opiniones en la reforma previsional. Entre estas propuestas, destaca una nueva fórmula para la distribución del 6% de cotización adicional con cargo al empleador.
Nueva Fórmula de Distribución del 6%
La nueva fórmula contempla que un 3% se destine a un fondo que financiará la solidaridad, denominado Fondo de Acumulación, Compensación y Garantía del Seguro Social. De este total, solo un 1% será aportado de manera permanente, mientras que el restante 2% será entregado de forma transitoria por parte de los cotizantes y reembolsado al momento de la jubilación, funcionando como un préstamo.
Con este fondo, más un aporte fiscal, se financiará la mejora en las pensiones de los actuales jubilados y de quienes se retiren durante los próximos 20 años, mediante una garantía de UF 0,1 por año cotizado, accesible con un mínimo de cinco o diez años cotizados y un máximo de 30 años.
La garantía será transitoria, al igual que la cotización de 2% a este fondo. El 1% de cotización restante, que sí es permanente, financiará el seguro por diferenciales de expectativa de vida entre hombres y mujeres.
Devolución del 2% y el Aporte Fiscal
El ministro de Hacienda aclara que la devolución del 2% a los cotizantes cuando se jubilen se hará con recursos del Fondo de Acumulación, Compensación y Garantía (Fondo Integrado), alimentado por Aportes Reembolsables, un Aporte Fiscal anual preestablecido, la cotización al Seguro Social permanente de 1%, y el rendimiento financiero de todos estos recursos. La naturaleza jurídica y contable de este fondo será similar a la del Fondo de Cesantía.
La devolución no se hará con recursos fiscales, sino con recursos del Fondo. El compromiso fiscal se reflejará en los aportes que anualmente se harán al Fondo, fijados en la ley y dentro de lo que ya estaba comprometido para la reforma previsional. Estos aportes se reflejarán como gasto en las cuentas fiscales de cada año.
El aporte fiscal al Fondo se financiará manteniendo la cobertura de la Pensión Garantizada Universal (PGU) en un 90% de la población, redestinando los recursos que se habían comprometido en el proyecto original al hacer la PGU universal.
El aporte fiscal que se hará a este fondo, será “predeterminado en función de las necesidades de suficiencia y sostenibilidad del Fondo, el que, en cualquier caso, no excederá de los recursos liberados por la mantención de la cobertura de la PGU en un 90% de los pensionados y el financiamiento de la gestión de fondos mediante una comisión de cargo del trabajador”.
La Dirección de Presupuestos (Dipres) estimó que eliminar los requisitos de focalización podría empezar a aplicarse a mediados de 2031, lo que implicaría un mayor gasto fiscal significativo en los años siguientes.
¿Cuenta Nocional?
Algunos expertos han sugerido que esta propuesta es similar a una cuenta nocional, pero el ministro de Hacienda argumenta que no es así. El gobierno propone que con el 2% que cotice cada trabajador, el fondo emitirá “un instrumento financiero endosable, similar a los bonos de reconocimiento, que se depositará en el Depósito Central de Valores (DCV)”.
Ese instrumento, se plantea, “será redimible” cuando el cotizante que lo aportó se jubile. Allí se le devolverán los montos que haya entregado, en cuotas mensuales, a lo largo de 20 años. Además de los aportes efectuados, el instrumento entregará un interés, que será definido por ley, de entre 2% a 3%, “sujeto a escenarios objetivos y rigurosos de sustentabilidad del Fondo y benchmarking de referencias similares”, puntualiza el documento.
Ese 2% será cotizado de manera íntegra durante 20 años, y luego ese aporte al fondo se irá reduciendo de manera paulatina durante los años siguientes. El ministro Marcel confirma acá que luego de ese tiempo, el 2% irá a parar a las cuentas individuales de las personas. “A partir del año 20 el aporte comenzará a reducirse gradualmente, pasando a ser aporte a las cuentas individuales, igual que el 3%”, señala Marcel.
Una cuenta nocional está respaldada por un registro contable que da cuenta de un derecho del afiliado a exigir su materialización desde el momento del retiro de su vida laboral. En este caso hay un Fondo que acumula los activos con los que se honrará la obligación del sistema con el afiliado. Además, a diferencia del esquema de cuentas nocionales contenido en el proyecto original, es que será un mecanismo transitorio en lugar de permanente.
En esta fórmula no hay únicamente un registro contable, sino que hay un instrumento concreto que se emitirá a partir del dinero que coticen las personas con el 2%, que se depositará en el DCV, y que años después será pagadero en cuotas, cuando quienes aportaron esos recursos se jubilen. En paralelo a todo ese proceso, el fondo usará esos recursos para financiar la mejora de las pensiones de los actuales jubilados, y además, junto con los recursos que aporte el Fisco al fondo, se costearán las devoluciones del 2%.
Según Matías Acevedo, exdirector de Presupuestos, “para que esto tenga viabilidad, este aporte debería mantener en todo momento el principio de la propiedad de las cotizaciones de los trabajadores. Esta fórmula no debe ser distinta a las cientos de inversiones que hacen las AFP cuando invierten en un instrumento de deuda. Un instrumento de deuda tiene un monto definido, un plazo y una tasa de interés”.
La cuenta nocional es un registro de una cuenta ficticia, donde los aportes ganan una rentabilidad ficticia que por construcción es menor a la efectiva y la determina el Estado. Un instrumento de deuda es un título ejecutivo a nombre del afiliado con plazo y tasa de interés de mercado, a nombre del afiliado y endosable. Cuando la rentabilidad de las inversiones nocionales son menores a las esperadas, se ajusta a la baja el retorno de la cuenta ficticia, lo que no ocurre con un instrumento de deuda.
Estos recursos (el 2%) deben ser invertidos desde la cuenta individual en el instrumento de deuda y deben quedar registrados igual como lo hace cualquier otra inversión que realizan las administradoras con bonos corporativos, de instituciones financieras o soberanos, locales e internacionales, sin ninguna excepción. De lo contrario, generará legitimas dudas entre los expertos sobre la propiedad de la cotización del afiliado.
El 1% Permanente
Con el 1% que se aporta de manera permanente al fondo, se financiará el seguro por diferencias en expectativas de vida entre hombres y mujeres, el que la mesa técnica tildó como “bono tabla”.
El ministro Marcel responde que “el aporte permanente al seguro es del 1%. Este debe ser capaz de financiar el bono que compensa en la pensión de las mujeres el diferencial que genera su mayor expectativa de vida respecto de los hombres (bono tabla). El costo de este beneficio depende de la magnitud de la compensación y debe considerar el efecto de cambios de comportamiento en las decisiones de retiro de las mujeres.
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