Sabemos que el momento de un despido puede sentirse como un golpe fuerte. Incertidumbre, angustia, preguntas sin respuesta... y de pronto, un documento: el finiquito.

El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria. El trámite se puede realizar durante todo el año.

Proceso de Finiquito Laboral Electrónico

Para llevar a cabo este proceso, es necesario:

  • Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
  • Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.

Pasos para el Trabajador

  1. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”.
  2. Una vez dentro, el trabajador tiene varias opciones:
    • Aceptar propuesta: Haga clic en “Aceptar y firmar”.
    • Aceptar propuesta con reserva de derechos: Complete la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haga clic en “Ver para firmar”.
    • Rechazar propuesta: En este caso se finaliza el trámite. El trabajador o trabajadora puede registrar los motivos de su rechazo. Ingrese los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haga clic en “Rechazar”.
  3. Para validar la propuesta de finiquito, haga clic en “Firmar y enviar finiquito a revisión”.
  4. Después de que el empleador o empleadora pague, recibirá una notificación en su correo electrónico. Como resultado del trámite, habrá ratificado el finiquito de trabajo. Importante: el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito.
  5. Para el pago del finiquito, ingrese al portal Mi DT, seleccione la opción de finiquito laboral, y haga clic en el botón "Ir a portal de pago".

Opciones al Recibir la Propuesta de Finiquito

Al recibir la propuesta de finiquito, el trabajador tiene varias opciones:

  • Aceptar con reserva de derechos (aspectos sobre los cuales las partes tienen diferencias y que serán materia de reclamo posterior) y manifestar sus observaciones, las que deben realizarse de forma específica y no genérica.
  • Rechazar la propuesta y manifestar sus observaciones, concluyéndose el proceso.

Despido por Necesidades de la Empresa y Nueva Contratación

En primer lugar, ser despedido es siempre desagradable. Te produce perjuicios importantes, porque pierdes tu principal sustento, y, por qué no, el de tu familia también. Quizás eras el único sostén, pero incluso si no lo eras, los ingresos de la familia probablemente se redujeron a la mitad.

En Chile, no existe ninguna prohibición legal de que una empresa contrate a alguien para sustituir a un empleado que acaba de despedir por necesidades de la empresa. Sin embargo, si te enteras de que te han sustituido inmediatamente después de tu despido, podría ser una prueba de que las «necesidades» declaradas por la empresa no eran la verdadera razón de tu despido.

Así que si desgraciadamente te despiden por supuestas necesidades de la empresa, estate atento a las nuevas contrataciones en tu antiguo puesto. Puede ser una prueba de que el verdadero motivo de tu despido no estaba justificado, y potencialmente podrías emprender acciones contra él.

En Chile no existe en nuestro Código del Trabajo un periodo o plazo bajo el cual no se puede contratar a alguien por haber sido despedido un trabajador por necesidades de la empresa. Lo que si ocurre, es que es un acto poco coherente por parte del empleador, y, por lo tanto, contradictorio con la supuesta «necesidad de la empresa».

Recordemos que las necesidades de la empresa tienen que ver con una cuestión básicamente de recursos de la empresa, por la que se ve obligada a despedir a alguien.

¿Qué hacer si te despiden por Necesidades de la Empresa y Contratan a Otra Persona?

Si te encuentras en esta situación, considera lo siguiente:

  • Busca pruebas de que los motivos declarados por la empresa para el despido no eran ciertos.
  • Considera la posibilidad de emprender acciones legales por despido injustificado.
  • Habla con un Abogado Laboral para evaluar tu caso. No todos los casos de despido injustificado son viables desde el punto de vista del dinero que se puede obtener. Se debe analizar si vale la pena o no vs el monto al que tienes derecho y el que podrías recibir.

Si aún no has firmado tu finiquito, estás en condiciones de que evaluemos si tu caso es conveniente de ser demandado o no lo que principalmente, va de la mano de tu antigüedad (idealmente al menos un año de antigüedad) y de tu tipo de contrato (si no tienes ese año de antigüedad, pero tu contrato era a plazo fijo o por obra y te despidieron antes, entonces eso lo hace viable).

Si te han despedido por supuestas necesidades de la empresa y te sustituyen rápidamente, es importante considerar si los verdaderos motivos de tu despido estaban justificados. Si no es así, puede que tengas un caso de despido injustificado y deberías buscar asesoramiento legal.

Recuerda que si una empresa tiene realmente problemas económicos, no debería contratar inmediatamente a otra persona para el mismo puesto. Esto podría ser una prueba de que los motivos declarados para tu despido no eran ciertos y puedes así acceder a las indemnización por despido injustificado.

El Finiquito: Naturaleza Jurídica y Requisitos

El finiquito es "el instrumento emanado y suscrito por las partes del contrato de trabajo, empleador y trabajador, con motivo de la terminación de la relación de trabajo, en el que dejan constancia del cabal cumplimiento que cada una de ellas ha dado a las obligaciones emanadas del contrato, sin perjuicio de las acciones o reservas con que alguna de las partes lo hubiere suscrito, con conocimiento de la otra. El finiquito en cuanto acto jurídico representa una convención y, frecuentemente, es de carácter transaccional".

La naturaleza jurídica del finiquito, es la de una convención, es decir, un acto jurídico que genera o extingue derechos y obligaciones, que nace de la voluntad de las partes que lo suscriben, y es por lo tanto es vinculante para quienes concurrieron a otorgarlo para dar por terminada una relación laboral y consintieron en finalizarla en determinadas condiciones.

Asimismo, ha señalado que el finiquito legalmente celebrado constituye un equivalente jurisdiccional que tiene la misma fuerza que una sentencia firme o ejecutoriada y da cuenta del término de la relación en las condiciones que consigna.

Tal instrumento, de acuerdo a la norma transcrita precedentemente, debe reunir ciertos requisitos, a saber, debe constar por escrito y, para ser invocado por el empleador, debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica.

Requisitos de Validez del Finiquito

La validez del finiquito exige la concurrencia copulativa de las siguientes condiciones:

  1. Requisitos objetivos de validez o formalidades:
    1. Debe constar por escrito.
    2. Debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica el artículo 177 del Código del Trabajo.
    3. El ministro de fe actuante debe dejar constancia de alguna manera, de la aprobación que el trabajador presta al acuerdo de voluntades que se contiene en el respectivo instrumento.
  2. Requisitos subjetivos:
    • El consentimiento debe estar exento de vicios (error, fuerza o dolo).
    • Debe existir capacidad de las partes para celebrar el acto.
    • Debe existir causa lícita.

La Reserva de Derechos: Una Herramienta Fundamental

Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos. Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.

Aquí es donde la experiencia y el conocimiento experto marcan la diferencia. Kopaitic & Asociados, Estudio Jurídico dedicado a brindarle la claridad, estrategia y confianza que necesita en estos momentos.

Si aún no ha firmado su finiquito, o si ya lo hizo sin la reserva y tiene dudas, contáctenos inmediatamente. Su verdad y sus derechos importan.

Contrato de Trabajo y Anexos

El inicio de un nuevo trabajo sugiere varios aspectos por los que preocuparse: cuánto salario recibiremos, dónde trabajaremos físicamente, cuáles serán nuestros horarios, y así.

Para que el contrato de trabajo tenga validez no es necesario firmarlo, ya que es de carácter consensual. Esto quiere decir que solo es preciso que el trabajador y el empleador estén de acuerdo en ciertos aspectos para que se origine.

Una de ellas es la obligación legal de escriturar el contrato en un plazo de 15 días desde que el trabajador se incorpora al trabajo. Así las cosas, este plazo se verá modificado y acotado a 10 días en los contratos por obra, contratos por trabajo determinado o contratos de trabajo que tengan una duración inferior a 30 días.

Si el empleador nada dice sobre la firma del contrato de trabajo, el trabajador se mantendrá sin un contrato de trabajo. En ese caso se podría presumir que las estipulaciones que se han indicado en el contrato de trabajo serán las que indique el trabajador. Es decir, el trabajador podrá señalar cuáles eran las condiciones pactadas en el contrato y se deberán tener por ciertas, sin perjuicio del contexto, el cargo y las funciones que desarrolle el trabajador.

Un anexo puede modificar, suprimir y/o añadir derechos u obligaciones laborales.

Contrato por Obra o Faena

  • ¿Cuál es la vigencia del contrato? La vigencia del contrato se encuentra limitada a la duración de la obra o faena. Las diferentes tareas o etapas de una obra o faena no podrán por sí solas ser parte de dos o más contratos de este tipo en forma sucesiva.
  • ¿Se puede hacer un contrato por obra o faena respecto de labores o servicios permanentes? No, Los contratos por obra o faena no pueden implicar la realización de labores o servicios de carácter permanente.
  • ¿Tienen derecho a vacaciones los trabajadores por obra o faena? El trabajador en este caso puede optar a que se aplace el pago del feriado proporcional.
  • ¿Qué pasa si un trabajador por obra o faena es despedido por la causal “necesidades de la empresa? Si un trabajador por obra o faena es despedido por el artículo 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa) el empleador le debe comunicar el monto de lo que se le pagará como indemnización por el tiempo laborado.
  • ¿Qué indemnización se paga al trabajador por término de contrato? A partir de 2022 la indemnización será de dos días y medio por mes trabajado o fracción superior a quince días.

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