El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. En Chile, este documento debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones. Lo primero que hay que saber es que el finiquito es la forma legal en Chile, por la cual un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral, tanto en caso de renuncia como de despido.

¿Qué se Paga en un Finiquito?

El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador. ¿Qué considera cada uno de estos ítems y cuáles son las obligaciones laborales del empleador?

  • Remuneraciones adeudadas: Es el sueldo pendiente por los días trabajados. Si eres despedido antes del día de pago de sueldo o cualquier otra remuneración pendiente que tenga que pagar el empleador, es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración. Por ejemplo, si trabajaste solo la mitad del mes, en tu finiquito te pagarán el sueldo correspondiente a esas dos semanas.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo: La Dirección del Trabajo indica que los empleadores deben avisar con 30 días de anticipación a los trabajadores que serán despedidos. En el caso de no avisar, se debe entregar una indemnización que corresponde a un mes de sueldo. En el caso que se despida con un aviso menor a 30 días corresponde una indemnización. En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización. Si se tiene sueldo variable el cálculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.
  • Feriado anual adeudado: Este es el derecho a vacaciones y se considera tanto en el caso de despido como de renuncia voluntaria. Cada día de vacaciones que no fue tomado debe ser pagado. Corresponden a las vacaciones pendientes más los días inhábiles que se suman a estas mismas.
  • Feriado proporcional: En el caso que el trabajador lleve una cantidad de tiempo que incluye meses o días (8 meses, 4 años y 7 meses, y así), se deben calcular las vacaciones proporcionales que acumuló en ese periodo y que no tomó. Si se consideran los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, se puede dividir estos 15 días en 12 meses, obteniendo 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado. “Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas.
  • Indemnización por años de servicio: Según la cantidad de años que se ha trabajado corresponde una indemnización, los meses se aproximan a 1 año en caso de ser mayor a 6 meses. Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.

¿Cómo se Calcula el Finiquito?

El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.

  1. Determina la causal de término del contrato: El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador. Además el contrato solo puede terminar por una causa legal (artículos 159, 160 y 161 del código del trabajo).
  2. Calcula las remuneraciones pendientes: El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
  3. Calcula las vacaciones proporcionales: Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año.
  4. Determina la indemnización por años de servicio: Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.

Ejemplo de Cálculo del Finiquito en Chile

Imaginemos que, por una situación especial de nuestro negocio, tenemos que despedir a Sebastián sin aviso. Sebastián estuvo trabajando por 3 años en la empresa, ganando un sueldo de $600.000, y tiene 10 días de vacaciones pendientes del año anterior. Del año en curso ha trabajado 8 meses y durante este mes ha trabajado 15 días. ¿Cómo podemos calcular un finiquito?

  1. Primero calcularemos las remuneraciones adeudadas:
    • Sueldo Diario = 600.000 ÷ 30
    • Sueldo Diario = 20.000
    • Remuneraciones Adeudadas = 20.000 x 15
    • Remuneraciones Adeudadas = 300.000
  2. Segundo paso, calcular la indemnización por años de servicio:
    • Indemnización Años Servicios = 600.000 x 3
    • Indemnización Años Servicios = 1.800.000
  3. Tercer paso. calcular la indemnización por no aviso previo:
    • Indemnización Sustitutiva = 600.000
  4. Cuarto paso, calcular el feriado anual pendiente:
    • Monto por Vacaciones pendientes = 20.000 x 10
    • Monto por Vacaciones pendientes = 200.000
  5. Quinto paso, calcular el feriado proporcional:
    • Vacaciones Proporcionales = (8 x 1.25) + [(15 ÷ 30) x 1.25]
    • Vacaciones Proporcionales = (8 x 1.25) + [(15 ÷ 30) x 1.25]
    • Vacaciones Proporcionales = (10) + [(0.5) x 1.25]
    • Vacaciones Proporcionales = (10) + [0.625]
    • Vacaciones Proporcionales = 10.625

En este punto tenemos que volver a aplicar la fórmula de las vacaciones adeudadas para ver cuánto es el monto a pagar:

  • Monto por Vacaciones pendientes = 20.000 x 10.625
  • Monto por Vacaciones pendientes = 212.500

Sexto paso, aplicar la fórmula para calcular un finiquito, es decir, sumar todo:

  • Finiquito = 300.000 + 1.800.000 + 600.000 + 200.000 + 212.500
  • Finiquito = 3.112.500

Resultado: Tenemos que pagarle $3.112.500 a Sebastían por todo el trabajo realizado en este tiempo 💰.

A continuación, se presenta una tabla con todos los resultados obtenidos:

Concepto Monto
Remuneraciones adeudadas $300.000
Indemnización por años de servicio $1.800.000
Indemnización por no aviso previo $600.000
Vacaciones anuales pendientes $200.000
Vacaciones proporcionales $212.500
Finiquito o Suma Total $3.112.500

Tipos de Finiquitos

Para realizarlo de la mejor manera, es importante saber cuántos tipos de finiquitos existen, según lo estipulado en el Código del Trabajo. Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.

  1. Renuncia Voluntaria del Trabajador (Artículo 159): Se configura cuando el trabajador termina relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
  2. Término Anticipado del Contrato por Causas Ajenas al Trabajador: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
  3. Causales del Artículo 160 del Código del Trabajo: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
  4. No Renovación de Contrato: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
  5. Conclusión del Trabajo o Servicio (Artículo 159 del C.T.): En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
  6. Fallecimiento del Trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
  7. Término por Motivos Ajenos al Empleador: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.

Reserva de Derechos

Bajo ninguna circunstancia estás obligado a firmar el finiquito. Sin perjuicio de lo anterior, existe una solución en caso de que necesites el dinero o quieras cobrarlo sin perder la posibilidad de ejercer acciones judiciales. La Reserva de Derecho es una herramienta que pueden ejercer los trabajadores al momento de firmar el finiquito. La mejor opción en caso de cualquier disconformidad y/o duda, es escribir la Reserva de Derechos en el finiquito. Esta debe ser precisa respecto los derechos que se reservará el extrabajador para demandar posteriormente.

Ejemplo de texto para Reserva de Derechos:

Sin perjuicio de lo expuesto, me reservo todas las acciones y derechos que me corresponden para impugnar la causal invocada por el empleador debido al carácter de injustificada, indebida y/o improcedente. También hago reserva de acciones y derechos para impugnar la base de cálculo, la fecha de inicio y despido de la relación laboral y todas las prestaciones laborales o cualquier otra prestación laboral que se adeuda. Asimismo, me reservo las acciones de tutela laboral, nulidad del despido y las otras acciones que me asistan. Las cuales deduciré en su debida oportunidad ante los tribunales laborales que correspondan, conforme a las disposiciones legales vigentes aplicables a la materia.

Existen reservas mucho más abreviadas, pero eso dependerá del conocimiento que tenga el trabajador y si recibió una asesoría previa a la firma del finiquito. Sin perjuicio de esto, el único momento en el cual te podrían impedir firmar con reserva es en una notaría de manera presencial.

Aspectos Importantes al Firmar el Finiquito

Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo. El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple). El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles. Otro detalle importantísimo que debes saber es que el empleador debe poner a disposición el finiquito dentro de 10 días hábiles desde la separación del trabajador. El finiquito, en principio, se debe saldar en un solo pago. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora. Así las cosas, también lo puedes firmar en la notaría a la que te cite tu empleador. En caso de que estés disconforme, no estés seguro o si no te avisaron dónde debes firmar el finiquito, puedes ir a las oficinas de la Dirección del Trabajo y solicitar un comparendo de conciliación.

Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.

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