La jubilación, entendida como el retiro o cese de una labor o trabajo asalariado y el consiguiente cobro de una pensión o equivalente, es un fenómeno relativamente nuevo.
Tuvo sus orígenes en la Alemania de fines del siglo XIX, cuando el canciller Von Bismarck, para evitar un levantamiento social demandando medidas más socialistas, propuso una serie de medidas básicas de seguridad social que acogían sólo a algunos trabajadores ante accidentes, enfermedad, invalidez y vejez.
Concebir el inicio formal de la jubilación con Von Bismark es visto como un intento por establecer las bases de una política social orientada a la protección social de las y los trabajadores y su positivo retiro del mercado laboral.
Visto así, el proceso de incremento de la jubilación como un derecho social, parece un proceso lineal y bastante lógico. Sin embargo, para el caso de varios países latinoamericanos y, particularmente para Chile, esto no es así.
En el periodo pre-industrial -al igual como ocurre en la actualidad con algunas actividades hogareñas y agrícolas- las personas trabajaban toda su vida incluidas aquellas etapas que actualmente llamamos infancia y vejez.
El 1 de mayo se conmemoró otro aniversario del Día Internacional Del Trabajador. En este contexto, cuando hablamos del entrecruce entre trabajo y vejez (personas mayores trabajando versus personas mayores jubiladas), nos encontramos frente a una manifestación aparentemente paradójica en cuanto a su conformación como derecho social: el derecho de toda persona a trabajar independiente de su edad y el derecho al cese de la vida laboral.
La Realidad del Trabajo en la Vejez en Chile
El trabajo es una realidad cotidiana de miles de personas mayores. Según la encuesta Casen de 2017, el 27,7% de personas mayores de 60 años sigue trabajando (lo que equivale a alrededor de 750 mil personas según Censo 2017).
La situación que se vive en Chile, al igual que en el resto de América Latina, muestra que la mayoría de las personas mayores trabaja no por el ejercicio de este derecho sino por necesidad de ingresos (CEPAL/OIT, 2018): gran parte de las personas mayores que trabaja lo hace por la necesidad de complementar el exiguo monto de su jubilación o pensión.
Como ocurre en otros ámbitos de la vida social, estar viviendo una edad avanzada puede agudizar los riesgos asociados a la exposición a condiciones de vulnerabilidad laboral de trabajadores y trabajadoras mayores.
Convenios Internacionales y Seguridad Social
Chile tiene Convenios Internacionales de Seguridad Social con 24 países. En Chile, el Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP.
Este organismo entrega pensiones de vejez, que se rigen bajo los convenios internacionales, a cerca de 28.856 chilenos.
Para las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia ante el Instituto de Previsión Social (Ex INP-afiliados a las Cajas de Previsión administradas por ese organismo).
Continuidad Previsional: Por regla general el asegurado sólo cotiza para la Seguridad Social en el país donde trabaja. Los Convenios establecen disposiciones para los denominados “trabajadores desplazados”, aquellos que el empleador envía a trabajar por un período limitado al territorio del otro Estado.
Consultas y Trámites de Pensiones
Hay personas que consultan por el trámite un poco antes, para ver en qué situación están.
No. Deben hacerlo en el organismo de enlace en el país de residencia. El Consulado sólo puede ver consultas.
Si está pensando en jubilarse, tenga en cuenta los siguientes consejos.
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