La ley establece que las relaciones laborales deber谩n siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de g茅nero.

Conductas Contradictorias a las Buenas Relaciones Laborales

El C贸digo del Trabajo se帽ala expresamente ciertas conductas como contrarias a las buenas relaciones laborales, entre ellas:

  • El acoso laboral, que se entiende como toda conducta que constituya agresi贸n u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o m谩s trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores.
  • La violencia en el trabajo ejercida por personas ajenas a la relaci贸n laboral.

Actos de Discriminaci贸n

S铆, los actos de discriminaci贸n son contrarios a los principios de las leyes laborales.

Reglamento Interno de las Empresas

Todas las empresas, establecimientos, faenas o unidades econ贸micas que cuenten con diez o m谩s trabajadores tienen la obligaci贸n de contar con un reglamento interno de orden, higiene y seguridad. Este reglamento debe incluir un protocolo de prevenci贸n respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo.

Empresas sin Obligaci贸n de Reglamento Interno

Deben tener un protocolo de prevenci贸n del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo y el procedimiento de investigaci贸n y sanci贸n al que se someter谩n dichas conductas.

Contenido del Protocolo de Prevenci贸n

El Protocolo de prevenci贸n del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo debe indicar:

  • Las medidas para informar y capacitar adecuadamente a los trabajadores y a las trabajadoras sobre los riesgos identificados y evaluados.
  • Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigaci贸n de acoso sexual o laboral, y las medidas frente a denuncias inconsistentes en estas materias.

Investigaci贸n y Sanci贸n del Acoso

Deben desarrollarse procedimientos de investigaci贸n que contemplen los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de g茅nero.

驴Qu茅 hacer en caso de ser afectado?

La persona afectada, en caso de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo, deber谩 hacer llegar su denuncia por escrito o de manera verbal a la empresa, establecimiento o servicio, o a la respectiva Inspecci贸n del Trabajo.

Obligaciones del Empleador ante la Denuncia

El empleador deber谩 tomar de manera inmediata las medidas de resguardo necesarias respecto de los involucrados en la denuncia. Para eso, deber谩 considerar la gravedad de los hechos imputados y la seguridad de la persona denunciante. Las medidas considerar谩n, entre otras, la separaci贸n de los espacios f铆sicos entre denunciante y denunciado, y la redistribuci贸n del tiempo de la jornada.

Proceso Posterior a la Denuncia en la Empresa

Hay dos opciones:

  1. El empleador dispondr谩 la realizaci贸n de una investigaci贸n interna de los hechos.
  2. En el plazo de tres d铆as, remitir谩 los antecedentes a la Inspecci贸n del Trabajo respectiva.

Investigaci贸n Interna

La investigaci贸n interna deber谩 constar por escrito y ser谩 reservada. Luego, habr谩 un plazo de treinta d铆as para que la Inspecci贸n del Trabajo se pronuncie.

Rol de la Inspecci贸n del Trabajo

La Inspecci贸n del Trabajo pondr谩 en conocimiento del empleador, el denunciante y el denunciado, sus conclusiones o las observaciones que haga a la indagaci贸n practicada en forma interna.

Despido del Denunciado

Se puede despedir al denunciado si se dan por acreditados los hechos. El trabajador o la trabajadora despedido podr谩n impugnar la decisi贸n ante el tribunal laboral competente.

Acoso en el 脕mbito P煤blico

S铆, el funcionario p煤blico y/o municipal (incluyendo honorarios) tienen la prohibici贸n de realizar actos de acoso laboral o sexual definidos como tales en el C贸digo del Trabajo.

Obligaci贸n de Protocolo en la Administraci贸n del Estado

S铆. As铆, los 贸rganos del Estado tiene la obligaci贸n de contar con un protocolo de prevenci贸n de la violencia en el trabajo, el acoso laboral y sexual para promover el buen trato, ambientes laborales saludables y respeto a la dignidad de las personas.

Contenido del Protocolo en la Administraci贸n P煤blica

El protocolo sobre acoso laboral, sexual y/o violencia en el trabajo debe contener:

  • Las medidas para informar y capacitar adecuadamente a los funcionarios y funcionarias acerca de los riesgos identificados y evaluados.
  • Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en las investigaciones de acoso sexual o laboral, y las medidas frente a denuncias inconsistentes en estas materias.

Obligaciones del Jefe del Servicio

Los jefes de servicio tienen el deber de informar semestralmente sobre los canales que mantiene dicho organismo y el Estado para la recepci贸n de denuncias sobre incumplimientos relativos a la prevenci贸n, investigaci贸n y sanci贸n del acoso sexual y laboral. Asimismo deben informar de los mecanismos para acceder a las prestaciones en materia de seguridad social.

Acoso y Probidad Administrativa

El acoso laboral, sexual y/o la violencia en el trabajo se considera como faltas a la probidad administrativa.

Protecci贸n de la Integridad F铆sica de los Funcionarios

La autoridad debe resolver fundadamente sobre la necesidad de iniciar de oficio el procedimiento de investigaci贸n sumaria o sumario administrativo para determinar las responsabilidades administrativas en caso de que correspondan si se atenta contra la vida o integridad f铆sica de los funcionarios y las funcionarias.

Desestimaci贸n de Denuncias

La autoridad solo la podr谩 desestimarla mediante una resoluci贸n fundada y deber谩 notificar a la persona denunciante de dicho acto en un plazo de cinco d铆as.

Caracter铆sticas Especiales de los Procedimientos Administrativos

Se debe preferentemente designar fiscal a un funcionario o funcionaria que cuente con formaci贸n en materias de prevenci贸n, investigaci贸n y sanci贸n de acoso, g茅nero o derechos fundamentales.

Medidas de Resguardo en Sumario Administrativo

En casos de acoso laboral o acoso sexual en el trabajo el o la fiscal (quien lleva la indagaci贸n) deber谩 adoptar las medidas de resguardo necesarias respecto de los funcionarios o funcionarias involucrados. Entre las medidas que se pueden adoptar est谩 la separaci贸n de los espacios f铆sicos y el otorgamiento a la persona denunciante de atenci贸n psicol贸gica temprana, a trav茅s de los programas que otorguen los organismos administradores de la ley sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Sobreseimiento o Absoluci贸n del Denunciado

Si en sumario administrativo por acoso laboral o acoso sexual el funcionario o funcionaria denunciado es sobrese铆do o absuelto...

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