En el último tiempo, muchos trabajadores han enfrentado la incertidumbre de ser despedidos tras solicitar una licencia médica. Hablaremos sobre el despido por salir del país con licencia médica, situación que ha generado incertidumbre, miedo e incluso confusión legal.

¿Es legal que te despidan por viajar al extranjero con licencia médica? ¿Puedo defenderme? ¿Qué dice la ley realmente?. En este artículo te explicamos con claridad y fundamento jurídico qué puedes hacer si fuiste despedido por salir del país durante una licencia médica, cuáles son tus derechos, qué dice el Código del Trabajo y cómo puedes reaccionar ante una causal tan seria como la falta de probidad o el incumplimiento grave a las obligaciones del contrato.

Es fundamental recordar que no todo despido es válido. Viajar al extranjero durante una licencia médica no constituye por sí solo una causal válida de despido. Muchas personas creen erróneamente que salir de Chile o moverse fuera de su domicilio durante una licencia implica automáticamente un incumplimiento o una falta grave. Sin embargo, no existe ninguna norma en la legislación chilena norma que establezca como causal de despido salir del país con licencia médica.

Normativa y Requisitos Legales

La norma que regula las licencias médicas en Chile es el Decreto Supremo N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. Aquella otorga facultades de fiscalización a la COMPIN y Isapres, en su caso. En buenas cuentas se establece el deber de cumplir el reposo.

El artículo 54 indica: “Corresponderá el rechazo o invalidación de la licencia médica ya concedida, en su caso, sin perjuicio de la denuncia de los hechos a la Justicia Ordinaria si procediere, cuando el trabajador incurra en alguna de las siguientes infracciones: a) Incumplimiento del reposo indicado en la licencia…. (la licencia indica el lugar de reposo).

En la práctica, la sola salida del país no constituye por sí misma una conducta grave ni dolosa para la legislación laboral en el caso de los trabajadores del sector privado, y por lo tanto, no justifica un despido disciplinario válido bajo las causales del artículo 160 del Código del Trabajo, por si sola. Para ser aplicable el despido, debe concurrir una de las causales de la norma, y la sola salida del país no necesariamente va a constituir la causal. Lo relevante es ver si hay:

  1. Incumplimiento grave al contrato de trabajo.
  2. Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.

Si estás enfrentando un despido por haber viajado durante tu licencia médica, es fundamental no asumir que la empresa tiene razón.

Causales que están usando las empresas

En los casos de despido por viajar durante una licencia médica, los empleadores suelen fundamentar su decisión en las llamadas causales disciplinarias del artículo 160 del Código del Trabajo. Estas causales permiten poner término inmediato al contrato, sin derecho a indemnización, siempre que el empleador pruebe una falta grave y debidamente justificada:

  1. Falta de probidad del trabajador en el ejercicio de sus funciones.
  2. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por parte del trabajador.

De esta forma, sólo se podrá despedir por salir del país estando con licencia médica a los trabajadores del sector privado, si aquel acto del trabajador se enmarca en una de estas dos causales de despido, que pasaremos a analizar.

Artículo 160 N° 1 letra a): Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones

Esta causal exige que el trabajador haya incurrido en una conducta deshonesta, fraudulenta o contraria a la buena fe, y que dicha conducta ocurra en el marco del ejercicio de sus funciones o esté relacionada directamente con el vínculo laboral.

Por regla general, no aplica a un viaje durante licencia médica, ya que cuando un trabajador se encuentra con licencia, el contrato está suspendido, y no está ejerciendo funciones. Por tanto, la acción de viajar no ocurre “en el desempeño de sus funciones”. La norma para que sea procedente el despido es clara: La falta de probidad debe ocurrir en el ejercicio de las funciones del trabajador.

La Corte de Apelaciones de Santiago así lo señaló expresamente en la sentencia ROL 3399-2024, al rechazar un despido fundado en esta causal. La corte justamente argumentó que incluso si se discute si hay falta de probidad o no, aquella no sería en el ejercicio de las funciones del trabajador, pues relación laboral estaba suspendida. Declaró improcedente el despido.

Artículo 160 N° 7: Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato

Esta causal exige que el trabajador rompa gravemente los deberes esenciales derivados del contrato de trabajo. No basta con un error o una simple omisión; debe haber un quebrantamiento grave, con dolo o negligencia inexcusable, y que afecte directamente la relación laboral.

Sólo si el empleador puede probar que:

  • El trabajador simuló la enfermedad, o
  • El viaje fue incompatible con su condición médica y afectó su recuperación.

Pero si el diagnóstico era real, y el viaje no impidió la recuperación ni vulneró deberes contractuales esenciales, esta causal no se configura.

Para despedirte válidamente por alguna de estas causales, la empresa debe probar que:

  • El viaje vulneró de forma grave las obligaciones laborales.
  • Hubo mala fe o dolo.
  • La conducta afectó el vínculo laboral o la confianza entre las partes.

La carga de la prueba es del empleador. No basta con la mera existencia de un viaje: debe acreditarse que fue una falta grave que afectó la relación contractual.

Análisis de un Caso Real

En abril de 2023, Modesta entró en situación de incapacidad temporal, producto de una intervención quirúrgica por várices. El seguimiento realizado por un investigador privado contratado por la empresa reveló que, por ejemplo, el 17 de noviembre de 2023, la mujer se sentó en una terraza a las 11:29 de la mañana para beber una cerveza con alcohol.

Más tarde, ingresó a dos bares adicionales donde consumió cinco botellas más, acompañada de otra persona. «A las 13:09, junto con una señora mayor, acudió a un bar, donde tomó dos botellines de cerveza con alcohol. Después, a las 13:33 acudieron a otro bar, y tomó 3 botellines. El recorrido sería de 7,5 kilómetros».

La empresa procedió a despedirla a fines de 2023, argumentando que sus actividades eran totalmente incompatibles con la licencia médica que había solicitado. La defensa de Modesta alegó que su conducta no era “tan grave” como para justificar el despido.

«Fue intervenida de varices, recomendándose paseos cortos y frecuentes», explica la sentencia del TSJM. Una situación en la que poco después se le presentaban venas varicosas asintomáticas. Con esto, el TSJM desestimó el recurso de suplicación y ratificó el despido como válido.

Qué Hacer Si Te Despiden Estando de Baja

Si te notificaron el despido por haber salido del país mientras tenías una licencia médica, es normal sentirte confundido o incluso temeroso. Pero lo primero que debes saber es esto: Ese despido puede ser injustificado, improcedente y totalmente impugnable.

Aquí te explicamos paso a paso qué puedes hacer para defenderte, proteger tus derechos y cobrar tus indemnizaciones.

1. No firmes nada sin asesoría legal

Es habitual que las empresas presionen al trabajador para firmar el finiquito inmediatamente. ¡No lo hagas a ciegas!

Si firmas sin reserva de derechos, podrías perder tu derecho a reclamar en tribunales.

2. Demanda por despido injustificado

Tienes 60 días hábiles desde tu despido para demandar por despido injustificado.

  • Indemnización por años de servicio.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • Recargo legal de hasta el 80% de la indemnización por años de servicio, según el caso.

3. ¿Cuál es el plazo para demandar?

El plazo para presentar la demanda laboral es de 60 días hábiles desde la separación del cargo.

Este plazo se suspende si no se ha pagado el finiquito. ¡Actúa rápido! Si se vence el plazo, perderás el derecho a reclamar.

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