Comprender por qué se presentan cantidades negativas al recibir un sueldo es crucial, no solo para los trabajadores, sino también para los empleadores. Tener un conocimiento completo de los términos empleados y cómo se aplican es fundamental para mantenerse en cumplimiento legal y prevenir incumplimientos. En este artículo te daremos la información necesaria para que sepas qué es el sueldo imponible y cómo se calcula.

¿Qué es el Sueldo Imponible?

Para comprender qué es el sueldo imponible, es necesario saber qué es el sueldo base. Este corresponde al monto pactado entre el empleador y el trabajador, el cual es recibido por el trabajador por sus horas de trabajo.

El sueldo imponible corresponde al resultado de la suma de todos los ingresos del trabajador: sueldo base, comisiones, gratificaciones y bonos. Este monto final (sueldo imponible) servirá de base para el cálculo de los descuentos de salud y AFP.

¿Cómo se Calcula el Sueldo Imponible?

Como mencionamos anteriormente, el sueldo imponible es el resultado de la suma de todos los ingresos del trabajador. Por ende, para calcularlo, es necesario sumar el sueldo base, las comisiones, las gratificaciones y los bonos, en caso de haberlos.

Veamos un ejemplo práctico del cálculo del sueldo imponible.

Sandra trabaja en una librería y recibe mensualmente como sueldo base la suma de $520.000. Además, cada mes recibe un bono por $50.000, la gratificación por $55.000 y $80.000 por horas extras. Todos los ingresos de Sandra suman una cantidad de $705.000 mensuales, los cuales corresponden a su sueldo imponible.

Es decir:

  • Sueldo base: $520.000
  • Bono: $50.000
  • Gratificación: $55.000
  • Horas extras: $80.000
  • Sueldo Imponible: $705.000 (Total de ingresos)

Con este monto se calcularán las imposiciones en forma de descuentos que se aplican al sueldo imponible.

¿Qué son las Imposiciones?

Las imposiciones son cotizaciones obligatorias que se calculan a partir del sueldo imponible y que no forman parte de las remuneraciones.

Siguiendo con el ejemplo de Sandra, ella recibe $705.000 de sueldo imponible mensualmente. A este monto se le debe descontar las imposiciones: AFP y salud. En el caso de la AFP, corresponde a un 10% del sueldo imponible, mientras que en salud, equivale al 7%.

Entonces el cálculo quedaría de la siguiente manera:

  • Sueldo Imponible: $705.000
  • AFP: $70.500
  • Salud: $49.350
  • Sueldo imponible descontando las imposiciones: $585.150

Desglose de las Principales Imposiciones

En Chile, las principales imposiciones que se descuentan del sueldo base son:

1. Descuento AFP (Administradora de Fondos de Pensiones)

Cada Administradora de Fondos de Pensiones dispone de cuentas de capitalización individual, en las cuales imputan las cotizaciones periódicas de sus afiliados, que a la vez invierten por cuenta de aquéllos a objeto de obtener una cierta rentabilidad. Por su labor de administración de Fondos de Pensiones, las AFP están facultadas a cobrar un porcentaje de la remuneración (sueldo Bruto) como comisión a sus afiliados. Las comisiones son fijadas libremente y con carácter uniforme para todos sus afiliados dependiendo de si son trabajadores activos o pasivos (pensionados). El descuento AFP puede aparecer como un ítem único en tu liquidación, o con el detalle. Se conforma, en primer lugar, por la cotización obligatoria, que equivale a un 10% de tu sueldo imponible. En segundo lugar, se encuentra la Comisión cobrada por concepto de administración.

2. Seguro de Invalidez o Sobrevivencia (SIS)

Un elemento que no suele aparecer en tu liquidación, pero que tu empleador paga mes a mes a la AFP es la Cotización o Prima de este seguro, la que, desde las remuneraciones de enero de 2025, que se pagan en mayo, corresponde a un 1,78%.

3. Descuento Salud (FONASA o ISAPRE)

En Chile las personas cuentan con un sistema mixto de Salud, es decir, un sistema que combina un componente estatal con otro privado. El Sistema de Salud Público, es administrado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Este fondo funciona sobre la base de un esquema solidario, financiado con aportes del Estado más los aportes que realizan los trabajadores/as a través del pago del 7% de cotización calculado sobre la base de su renta imponible. Tanto trabajadores/as activos como pensionados/as (con excepción de quienes puedan estar exentos o puedan rebajar el monto), tienen la obligación de cotizar. FONASA es responsable de la atención de sus cotizantes como de aquellas personas carentes de recursos que no cotizan en el sistema de salud. El año 2018 será obligatorio que los trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios, coticen para salud. La modalidad institucional de FONASA requiere un copago que varía de acuerdo al nivel de ingreso de la persona, quedan exentas de este copago las personas cuyo ingreso es inferior a un nivel mínimo establecido.

El descuento Salud corresponde a un 7% y se paga a FONASA o ISAPRE, según corresponda. En el caso de las personas que tienen un plan de salud Isapre, el plan pactado podría ser superior al 7% de la cotización obligatoria.

4. Seguro de Cesantía

Este seguro es a cargo de empleador, y solo en el caso de los trabajadores con plazo indefinido parte del pago es compartido, con un descuento de 0,6% al trabajador. El trabajador/a con contrato indefinido tiene este cargo. Para protección durante el desempleo, existe el Seguro de Cesantía Individual. Es un seguro que se materializa a través de una Cuenta Individual por Cesantía (CIC), que AFC Chile abre para cada afiliado. Su objetivo es financiar los beneficios a los que se tiene derecho mientras se está cesante. Los principales abonos provienen de las cotizaciones, obligatorias mensuales aportadas por los trabajadores/as y/o los empleadores. El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo común de reparto, conformado por aportes del empleador y del Estado, cuya propiedad no pertenece a ningún trabajador en particular, sino que a todos los trabajadores afiliados.

La remuneración imponible tiene un tope que es informado cada año por la Superintendencia de Pensiones, 111,4 UF para el 2015. Por Ley, el período máximo de cotización tiene un tope de 11 años por cada relación laboral.

5. Impuesto a la Renta

Solo aplica a los trabajadores que tengan una renta superior a 13,5 UTM.

Otros Descuentos

Sí. Pueden aparecer descuentos extras como las cajas de compensación.

¿Son Todos los Beneficios Imponibles?

No, no todos los beneficios son imponibles. En el caso de los bonos de transporte y colación, prestaciones familiares o viáticos no son parte del sueldo imponible y por lo tanto, tampoco del cálculo para las imposiciones, por lo que no reciben ningún tipo de descuento.

Ejemplo de Cálculo del Sueldo Líquido

Para conocer cómo se hace el cálculo de sueldo líquido veamos un ejemplo:

Juan tiene un sueldo base de $400.000. Además, recibe $50.000 por comisiones y otros $40.000 de bono por rendimiento. Esto equivale a una renta imponible de $490.000. Aunque Juan también recibe $80.000 en bonos de transporte y colación, es importante saber que estos ítems no son imponibles (como tampoco los viáticos, prestaciones familiares, movilizaciones, etc.). Por lo tanto, no se incluyen dentro de la fórmula.

Finalmente, la liquidación de sueldo muestra el monto que recibirás, o sueldo líquido.

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