La Defensoría de los Derechos de la Niñez es una entidad pública con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Objeto y Estatutos de la Defensoría

Los estatutos y sus modificaciones serán propuestos por el Defensor de la Niñez al Presidente de la República, y su aprobación se dispondrá mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Organización de la Defensoría

La organización de la Defensoría debe contemplar diversas áreas para cumplir eficazmente con su mandato.

Funciones y Atribuciones Principales

Entre las principales funciones y atribuciones de la Defensoría se encuentran:

  • Visitar los centros de privación de libertad, centros residenciales de protección o cualquier otra institución, incluyendo los vehículos, en los que se mantengan niños privados de libertad.
  • Actuar como amicus curiae ante los tribunales de justicia, lo que significa que puede hacer presentaciones ante los tribunales con comentarios u observaciones sobre una causa que involucre a niños. El tribunal deberá pronunciarse sobre dicha opinión en la sentencia.
  • Difundir el conocimiento de los derechos humanos, favorecer su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional, incluyendo la formación impartida al interior de las Fuerzas de Orden y de Seguridad Pública.

El Defensor de la Niñez

El Defensor de la Niñez es el Director y representante legal de la Defensoría, encargado de dirigirla y administrarla. También debe delegar sus atribuciones y facultades dentro de la institución.

Designación del Defensor

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado recibe las postulaciones. Quienes cumplen los requisitos son oídos por dicha comisión. Luego, el organismo propone un nombre al Senado. Para ser ratificado, debe contar con los votos a favor de dos tercios de los senadores en ejercicio.

Duración en el Cargo

El Defensor durará cinco años en su cargo y no podrá ser designado por un nuevo período. Si quien ejerce el cargo cumple 75 años, debe cesar de inmediato sus funciones.

Requisitos y Remoción

Existen requisitos específicos para el cargo de Defensor. Es posible remover al Defensor mediante un procedimiento especial. El Presidente de la República o un tercio de los miembros en ejercicio de la Cámara de Diputados pueden solicitarlo a la Corte Suprema.

Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo es un órgano asesor del Defensor que se conforma con representantes de la sociedad civil, de organizaciones de niños y de las universidades reconocidas por el Estado y acreditadas.

TAG: #Trabajo

Lea también: