Si te estás preguntando cuántos días se puede demorar una empresa en pagar el sueldo en Chile, este artículo te explicará todo lo que necesitas saber sobre este tema, incluyendo los tiempos exactos que tienes para realizar los pagos y las posibles complicaciones que podrían aparecer si no se cumplen los plazos establecidos.
Es súper importante que seas consciente de los plazos y cosas a considerar para no tener problemas.
¿Cuándo se pagan las remuneraciones?
En Chile, las remuneraciones deben pagarse dentro de los días laborales, de lunes a viernes, en el mismo lugar donde el trabajador realiza sus labores, esto quiere decir que tienes que hacerlo dentro de la jornada laboral. Esto es importante porque así el empleado puede llegar a su casa y acceder de inmediato al pago sin ningún problema.
Ahora bien, si la fecha de pago programada cae en un día en el que no se trabaja, como un sábado, domingo o festivo, es necesario que te adelantes y hagas el pago de las remuneraciones el viernes previo o el día antes del feriado, según corresponda. Si llevas el proceso de pago de este modo, vas a cumplir con las normativas laborales y evitar inconvenientes tanto para la empresa como para el trabajador, permitiendo que todos mantengan su flujo de plata sin interrupciones.
Para efectos de definir el plazo legal para pagar las remuneraciones, se suele hablar de un pago al mes. De este modo, las partes pueden convenir un día de pago dentro de esta unidad de tiempo, entendiendo el valor legal de este acuerdo. Por ejemplo, si en el contrato queda estipulado que el pago de salario será cancelado el día 5 de cada mes y pretendes cancelarlo el 10, estarías metiéndote en problemas.
La fecha de pago es la presente en el contrato firmado con el trabajador.
Para evitarlo, se recomienda pagar las remuneraciones en los días hábiles previos al vencimiento de la fecha acordada.
¿Cuántos días se puede retrasar el pago de sueldo?
Si por algún motivo de fuerza mayor, problema administrativo o de flujo de caja el pago no se puede realizar exactamente en esa fecha, no te preocupes, porque la Dirección del Trabajo le ha dado un margen de maniobra al empleador, el cual consiste en un plazo de hasta 5 días hábiles después de la fecha acordada para realizar el pago sin incurrir en infracciones legales. Pero recuerda, aunque esté permitido, intenta que no se convierta en una práctica habitual.
El retraso en el pago de remuneraciones puede generar el descontento de tus colaboradores, perjudicando la productividad de tu empresa.
Al no recibir su sueldo el colaborador sufre efectos negativos en su calidad de vida, se daña su relación con tu empresa y por ende, se genera un mal ambiente laboral.
Más allá de los posibles enfrentamientos personales con el trabajador, el retraso en el pago de las remuneraciones puede afectar seriamente a la empresa, pues los funcionarios tienen varios recursos a los que pueden acogerse para hacer valer sus derechos.
La Corte Suprema ha señalado que el no pago de sueldos en las fechas estipuladas constituye un comportamiento grave por parte del empleador.
Aquí tienes un resumen de las consecuencias legales y operacionales de no pagar el sueldo a tiempo:
| Consecuencia | Descripción |
|---|---|
| Denuncias y multas | En caso de recibir una o dos denuncias por no pago de remuneraciones en un mismo año se realiza una fiscalización, luego de la cual tienes 3 días hábiles para regularizar la situación. |
| Reajuste del próximo pago | Acorde con el artículo 63, la remuneración deberá reajustarse en el mismo porcentaje de variación IPC con respeto al mes anterior. |
| Ambiente Laboral | El retraso en el pago de remuneraciones puede generar el descontento de tus colaboradores, perjudicando la productividad de tu empresa. Al no recibir su sueldo el colaborador sufre efectos negativos en su calidad de vida, se daña su relación con tu empresa y por ende, se genera un mal ambiente laboral. |
Consideraciones Adicionales
Existen importantes consideraciones a tener en cuenta al realizar el pago de sueldos, ya sea desde el punto de vista legal o monetario. Pese a ser una tarea repetitiva que puede parecer simple, cualquier error puede llegar a significar más que un dolor de cabeza.
Recuerda que tus funcionarios son el motor de tu negocio y merecen que retribuyas su esfuerzo de la manera en que ambas partes acordaron. Asegúrate de cumplir con tus obligaciones y fortalece la cultura de tu organización.
Sueldo Imponible
El sueldo imponible hace referencia a los ingresos del trabajador considerados por la ley como remuneraciones. Por lo tanto, resulta al restar del sueldo bruto aquellas prestaciones que no constituyen remuneración.
No constituyen remuneración, y, por lo tanto, no son parte del sueldo imponible:
- Asignaciones de movilización, pérdida de caja, colación, desgaste de herramientas, familiar.
- Viáticos.
- Indemnizaciones por años de servicio establecidas por la ley.
Finiquito y Reserva de Derechos
El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador. El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito.
El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador. La suscripción del finiquito de la forma establecida en el inciso tercero será siempre facultativa para el trabajador.
Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito.
Firmar el finiquito sin la asesoría adecuada puede significar renunciar a defenderse. ¿Sospecha que la razón del despido no es real? ¿Cree que le deben dineros o prestaciones?
Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos. Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.
Ley de Pago a 30 Días
La ley rige también para los contratos que se celebren por los organismos públicos considerados en las normas de la Ley N°19.886 (ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios) Es decir, los pagos a los proveedores deberán efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
La entidades podrían establecer un plazo de hasta sesenta días corridos en las bases de licitación, tratándose de licitaciones públicas o privadas, o en los contratos, tratándose de contratación directa. Para que se efectúe el pago, la entidad deberá certificar la recepción conforme.
Aspectos Clave de la Ley
- ¿Qué operaciones considera la ley? Las de compraventa, de prestación de servicios, o aquellas que la ley asimile a tales operaciones.
- ¿Pueden las partes establecer un plazo distinto? En casos excepcionales, las partes podrán establecer de común acuerdo un plazo que supere los 30 días, siempre que dicho acuerdo conste por escrito, sea firmado por quienes concurran a él y no constituya abuso para el acreedor. Los acuerdos deberán ser inscritos dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su celebración, en un registro del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- ¿Cuándo no proceden los acuerdos para fijar un plazo distinto? ¿Qué cláusulas no son aceptables en los acuerdos que extiendan el plazo? Cualquiera sea el plazo convenido por las partes, no producirán efecto alguno las cláusulas o estipulaciones que intenten demorar indebidamente el pago de la factura al vendedor o prestador del servicio. En ausencia de mención expresa en la factura y su copia transferible del plazo de pago, se entenderá que debe ser pagada dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura.
- ¿Qué pasa si no se realiza el pago en el plazo estipulado? Se entenderá que el deudor ha incurrido en mora. Se fija un interés desde el primer día de mora o simple retardo y hasta la fecha del pago efectivo.
- ¿Cómo pagarán los intereses los órganos del Estado?
- ¿Qué nuevo acto de competencia desleal incorpora la ley? La empresa de menor tamaño afectada podrá demandar el monto de los perjuicios que deriven del incumplimiento, de acuerdo a las normas generales.
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