El Seguro de Cesantía es un beneficio fundamental para los trabajadores en Chile que se encuentran sin empleo. A continuación, te explicamos los requisitos, los plazos y cómo acceder a este seguro.

Afiliación al Seguro de Cesantía

Si fuiste contratado antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puedes acceder con tu Clave Única.

En 5 días hábiles, AFC te responderá si tu solicitud fue aceptada o rechazada. AFC creará la Cuenta Individual de Cesantía con el Número Identificatorio para Cotización (NIC).

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica.

También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación). Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Causales de Cese de la Relación Laboral

El afiliado tiene derecho al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, por cualquier causal de cese de la relación laboral.

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.
  • Vencimiento del plazo de contrato (Art.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.
  • Necesidades de la empresa (Art.
  • Quiebra del empleador (Art.

Requisitos para Cobrar el Seguro de Cesantía

Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos.

Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Estar cesante. Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Estas causales excluyen el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.

Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio.

En el caso de estar recibiendo el Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se activará un 6° y 7° giro cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Este es un requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios. Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.

¿Cómo y Dónde Solicitar el Seguro de Cesantía?

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.

Además AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía. También puede cobrar el Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile en todas las regiones del país.

Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista. Cuenta Vista, Corriente o de ahorro de cualquier banco. Los pagos se realizarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía.

Al ingresar, el sistema le mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía.

Plazos y Proceso de Pago

Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves.

El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía.

Consideraciones Adicionales

AFC debe haber recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador, después de haber cesado su relación laboral. Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio.

En caso de licencias médicas transitorias, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa, mutuales) durante el tiempo que dure la licencia.

Si usted se encuentra acogido(a) al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.

La única diferencia está en el valor de la cotización previsional, que en el caso de los(as) trabajadores(as) corresponde a un 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo, la que debe ser pagada por el(la) empleador(a) en su totalidad. Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador seguirá pagando el 4,11% de la remuneración imponible, sin distinguir la duración del contrato. El 3% irá al Seguro de Cesantía, administrado por AFC Chile.

Desde la fecha de recepción del reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 25 días hábiles para diagnosticar las anomalías informadas y determinar las acciones de regularización respectivas, las que indica a través de un dictamen siempre que la información aportada sea correcta.

Otros Beneficios y Trámites

También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP. Si usted cumple con los requisitos puede realizar el trámite de manera fácil y sin documentación en la Sucursal Virtual de afiliados o de manera presencial. Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre. Usted puede solicitarle a otra persona (residente en Chile) que haga el trámite por usted, mediante el otorgamiento de un mandato especial. Los mandatos que autorizan a un tercero a tramitar y/o retirar los pagos del Seguro de Cesantía, además de estar legalizados conforme lo anteriormente señalado, deben estar autorizados por la fiscalía de AFC Chile.

Durante la solicitud de retiro de fondos como pensionado(a), usted deberá firmar una declaración jurada en la que manifiesta estar en conocimiento de que no contará con cobertura del Seguro mientras no cuente con nuevas cotizaciones suficientes. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Una vez que cuente con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC. Para ello, ingrese a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son propiedad de cada afiliado(a). Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. La cartola del Seguro de Cesantía muestra los movimientos de su Cuenta Individual y el saldo disponible en caso de cesantía y de cumplir los requisitos.

Seguro de Lagunas Previsionales

El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

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