Durante esta tarde, los senadores y senadoras de la instancia de Trabajo respaldaron los tramos de dicha pensión que permitirá a aquellos que tienen 82 años o más, ser los primeros beneficiados de esta ley. Tras revisar todo el articulado concordado con el Ejecutivo, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobaron el alza de la Pensión Garantizada Universal (PGU), todo en el marco de la votación en particular de la reforma previsional.

La jornada vespertina arrancó con la lectura del texto que define los tramos de dicha alza y la metodología de ésta. También se respaldó la actualización del concepto de pensión base considerando las nuevas herramientas que crea la norma.

Incremento de la PGU: Tramos y fechas

Con todo, el incremento de la PGU operará de la siguiente manera:

  • A contar del primer día del sexto mes siguiente al de publicación de esta ley, ascenderá a un valor máximo de 250 mil pesos para las y los beneficiarios de la PGU que, a esa fecha, hayan cumplido o cumplan 82 o más años de edad.
  • A contar del primer día del décimo octavo mes siguiente a la publicación de esta ley, respecto de quienes tengan derecho a la PGU y que, a esa fecha, cumplan o hayan cumplido 75 o más años de edad, el monto de la referida prestación ascenderá al valor máximo vigente que tenga la referida pensión para los beneficiarios indicados en el literal anterior.
  • A contar del primer día del trigésimo mes siguiente al de la publicación de esta ley, el monto de la PGU para todos sus beneficiarios, ascenderá al valor máximo vigente que tenga la referida pensión.

También se estableció que cada cuatro años, y a más tardar el 31 de marzo del año correspondiente, el Consejo Consultivo Previsional deberá efectuar un análisis de suficiencia del monto de la PGU vigente al mes de febrero de dicho año. En el referido análisis considerará la capacidad de la pensión para cubrir gastos básicos, conforme a la metodología vigente para determinar la línea de la pobreza y otras variables, tales como, el índice de remuneraciones y el crecimiento de la economía.

Reajuste de la "Pensión Inferior" y "Pensión Superior"

Además, la Superintendencia de Pensiones instruyó también que a partir de febrero de 2023 se reajuste el valor de la llamada “Pensión Inferior” y el de la “Pensión Superior”, que sirven de parámetros para uno de los requisitos de la PGU. La Pensión Inferior sube desde los actuales $660.366 mensuales a un nuevo monto de $702.101; mientras que el de la Pensión Superior aumentará desde $1.048.200 a $1.114.446. En febrero también se incrementará el monto de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, valor equivalente al de la PGU, y del Subsidio por Discapacidad para menores de 18 años, correspondiente al 50 % del monto de la PGU.

¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que podrás acceder si cumples con los requisitos. Uno de los requisitos fundamentales es tener 65 años cumplidos para acceder al beneficio.

¿Cómo saber si cumples con los requisitos para la PGU?

A través del sitio web ChileAtiende, podrás consultar si cumples con los requisitos para pedir la Pensión Garantizada Universal (PGU). Solo debes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento. Si deseas acceder al beneficio de inmediato, ingresa tu ClaveÚnica y continúa los pasos que te indique la plataforma hasta terminar el proceso.

También puedes solicitar la PGU:

  • En una sucursal ChileAtiende. Recuerda que tienes la posibilidad de agendar tu visita. No olvides llevar tu cédula de identidad.
  • AFP o compañía de seguros.

Causales de suspensión de la PGU

  • No cobro de la PGU durante 6 meses continuos. Puedes solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.
  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
  • Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).

Importante: Puedes interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión (ver Ley N° 19.880).

Incremento del Pilar Solidario para mayores de 80 años

¿Qué incremento se aplicó a las pensiones del llamado Pilar Solidario para los mayores de 80 años? ¿Qué incremento hay para los beneficiarios entre 75 y 79 años?

La pensión básica solidaria de vejez y la pensión máxima con aporte solidario, para beneficiarios de 75 a 79 años de edad se incrementa en 30% respecto de sus valores vigentes a noviembre de 2019.

¿Qué pasa con los menores de 75 años?

La pensión básica solidaria de vejez y la pensión máxima con aporte solidario para los beneficiarios menores de 75 años de edad se incrementan en 25%. Se alcanzará el 1 de enero de 2021 un aumento acumulado de 40% más el reajuste del IPC anual.

¿Qué es la Pensión Básica Solidaria?

La Pensión Básica Solidaria es un beneficio estatal. Más información y requisitos de la Pensión Garantizada Universal se pueden consultar en www.chileatiende.cl.

¿Quiénes pueden solicitar una Pensión Básica Solidaria? ¿Dónde solicitarla?

¿Qué es el Aporte Previsional Solidario?

Un suplemento que entrega el Estado a los que habiendo cotizado en algún sistema previsional, tienen pensiones inferiores a la pensión máxima con aporte solidario. Este beneficio se entrega desde julio de 2008.

¿Quiénes pueden solicitar el Aporte Previsional Solidario?

La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Claudia Santander, comentó que “en la región de Coquimbo son más de 84 mil pensionados y pensionadas de la región que actualmente reciben la PGU y que se verán beneficiados con este reajuste.

Beneficio Monto Anterior Monto Nuevo
Pensión Inferior $660.366 $702.101
Pensión Superior $1.048.200 $1.114.446

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