El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio dirigido a trabajadores jóvenes, que entrega una cifra de hasta $42.377. Este subsidio, a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), facilita un monto a trabajadores menores de 25 años.
Aquellos empleados que postularon y se mantienen cumpliendo con los requisitos pueden acceder al depósito proporcional a su salario, diseñado para complementar sus ingresos. En tanto, aquellos que nunca lo han solicitado, pueden realizar el proceso completo a través de Internet.
¿Cómo Postular al Subsidio al Empleo Joven?
Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil y se puede realizar durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
- Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.
- Se puede postular los 365 días del año.
Requisitos para ser Beneficiario
- ¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?
- Para ser beneficiario (Recibes el pago).
Modalidades de Pago
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Pago Mensual
El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
- Son anticipos del pago anual.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Pago Anual
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
Monto del Subsidio
- A mayor renta, el monto aumenta.
- El monto se mantiene constante.
- A mayor renta, el monto disminuye.
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad. Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
Para este mes, el depósito del Subsidio al Empleo Joven se comienza a entregar desde el lunes, 30 de septiembre, y el monto está determinado según la renta de junio.
El detalle se puede consultar ingresando al sitio del Sence, junto con el historial de pagos y el perfil, en caso de necesitar actualizar los datos.
Extensión del Subsidio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
¿Dónde solicito la extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
¿Cuándo se realiza el pago después de haber hecho la solicitud de extensión del subsidio?
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Renuncia al Subsidio
En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ?
“Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as?
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Otros Beneficios Compatibles
¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven?
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de SEJ si también soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
¿Qué pasa con mi pago mensual de BTM si mi empleador me postula y soy beneficiaria del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
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