El Seguro de Cesantía en Chile es un derecho para los trabajadores afiliados que quedan cesantes. A continuación, se detallan los requisitos y procedimientos para la cotización y el retiro de estos fondos.

Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, es fundamental cumplir con ciertos requisitos:

  1. Estar cesante.
  2. Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
  3. Causales de término de contrato: El término del contrato debe estar justificado por alguna de las siguientes causales legales:
    • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
    • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
    • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
    • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
    • Quiebra del empleador (Art.).
  4. Búsqueda de empleo: Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

¿Cómo se Cuentan las Cotizaciones?

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Las cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.

Afiliación Voluntaria

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Pensionados y el Seguro de Cesantía

Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.

Documentación para Pensionados

  • Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP.
  • Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.

De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Trámite del Seguro de Cesantía

Puede presentar su solicitud en la Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de sus sucursales a lo largo del país. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado. Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

¿Cómo realizar el trámite?

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Rol del Empleador

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Jornada Parcial

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

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