En lo que a la gestión de remuneraciones respecta, el pago de cotizaciones es fundamental para cumplir con lo establecido en el artículo N.° 58 del Código del Trabajo, las cuales deben completarse dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquel en que se realizó el pago de nómina.
¿Cómo calcular cotizaciones previsionales y de seguridad social en general?
Calcular cotizaciones previsionales es relativamente sencillo, aunque el proceso puede tornarse complejo cuando se trata de muchos colaboradores con diferentes tipos de haberes y contratos.
Componentes de las Cotizaciones Previsionales
Ya sabemos cómo calcular cotizaciones previsionales a cargo del trabajador. A continuación, se detallan los principales componentes:
- Cotización salud (Fonasa o Isapre): 7%, aunque puede ser mayor dependiendo del valor del plan. El monto del aporte es determinado por la entidad que ofrece el plan.
- Seguro de accidentes y enfermedades de trabajo: 0,90% de las remuneraciones imponibles, más una cotización adicional que varía en función de la actividad y riesgo de la empresa (no puede superar el 3,4% de las remuneraciones imponibles).
- Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): desde enero de 2022 se aplica una tasa única del 1,85%.
- Seguro de Cesantía: 2,4% o 3%, dependiendo del tipo de contrato del trabajador.
En Defontana lo entendemos, por eso creamos Zenda, el software de Recursos Humanos capaz de automatizar este y otros procesos. Solo tenemos que configurar los parámetros que definen las cotizaciones previsionales y el sistema ejecuta todos los cálculos de manera automática, evitando errores en los montos y cumpliendo a cabalidad con lo establecido por la ley.
Sueldo Imponible: La Base del Cálculo
Una de las principales preocupaciones de todo empleador es cumplir a cabalidad con las obligaciones legales en lo que a remuneraciones respecta. El sueldo imponible equivale a la remuneración de un trabajador sobre la cual se descuentan los montos correspondientes al ahorro previsional y salud. Te será más fácil entender cuál es el sueldo imponible si sabes, también, qué es el sueldo base, el sobresueldo y otros términos relacionados con los “haberes imponibles”.
Haberes Imponibles Comunes
- Renta bruta. Sueldo mensual. Es el monto que el empleador acuerda pagarle a un trabajador, y queda establecido en el contrato de trabajo.
- Comisiones.
- Sobresueldo. Corresponde a las horas extras.
- Gratificación. Es una parte de las utilidades que el empleador entrega al trabajador por algún motivo en específico.
- Bonos.
Ejemplo Práctico de Cálculo de Sueldo Líquido
Para conocer cómo se hace el cálculo de sueldo líquido veamos un ejemplo:
Juan tiene un sueldo base de $400.000. Además, recibe $50.000 por comisiones y otros $40.000 de bono por rendimiento. Esto equivale a una renta imponible de $490.000. Aunque Juan también recibe $80.000 en bonos de transporte y colación, es importante saber que estos ítems no son imponibles (como tampoco los viáticos, prestaciones familiares, movilizaciones, etc.). Por lo tanto, no se incluyen dentro de la fórmula.
Descuentos en la Liquidación de Sueldo
El empleador debe descontarlos de tu sueldo imponible (solo haberes imponibles) y pagarlos a las entidades correspondientes. A continuación, se detallan algunos descuentos comunes:
- Descuento AFP: puede aparecer cómo un ítem único en tu liquidación, o con el detalle. Se conforma, en primer lugar, por la cotización obligatoria, que equivale a un 10% de tu sueldo imponible. En segundo lugar, se encuentra la Comisión cobrada por concepto de administración.
- Seguro de Invalidez o Sobrevivencia (SIS): un elemento que no suele aparecer en tu liquidación, pero que tu empleador paga mes a mes a la AFP es la Cotización o Prima de este seguro, la que, desde las remuneraciones de enero de 2025, que se pagan en mayo, corresponde a un 1,78%.
- Descuento Salud: corresponde a un 7% y se paga a FONASA o ISAPRE, según corresponda.
- Seguro de Cesantía: este seguro es a cargo de empleador, y solo en el caso de los trabajadores con plazo indefinido parte del pago es compartido, con un descuento de 0,6% al trabajador.
- Impuesto: solo aplica a los trabajadores que tengan una renta superior a 13,5 UTM.
Finalmente, la liquidación de sueldo muestra el monto que recibirás, o sueldo líquido.
Cotizaciones para Trabajadores a Honorarios
Está dirigido a los trabajadores a honorarios. A partir del 2012 con la reforma previsional, comenzó la obligación para que los trabajadores a honorarios realicen cotizaciones previsionales para pensiones, seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con la posibilidad de eximirse de dicha obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015. A partir de enero 2015, la obligación de cotizar no admitirá excepción y todos los trabajadores a honorarios deberán cotizar para pensiones y accidentes del trabajo. En el caso de cotizaciones para salud la obligación rige a contar del año 2018.
¿Quiénes están exentos de cotizar?
- Perciban rentas por Participaciones de Sociedad de Profesionales.
- Estén afiliados a Instituciones del Sistema antiguo de Previsión: Capredena, Dipreca e IPS.
- Mujeres que tengan 50 años o más y hombres que tengan 55 años o más, al 1 de Enero de 2012.
- Hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.
- Pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.
¿Cuánto debo cotizar?
- 10% para el Fondo de Pensiones administrado por la AFP.
- X % comisión de la AFP.
- 0,95% para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, más una tasa adicional según cual sea la actividad desarrollada.
Se cotiza según se indica en la siguiente tabla.
• A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad. Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.
¿Cómo se realiza el cálculo en la Declaración de Renta?
El cálculo se realizará a partir de la información de los pagos previsionales pagados por el trabajador a honorarios, la cual es proporcionada al SII por parte de las AFP (cotizaciones para pensiones) y las Mutuales de Seguridad (cotizaciones para seguro accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).
Identificar el monto total pendiente de pago por cotizaciones previsionales. Este valor es el resultado de restar al monto total de las cotizaciones previsionales para pagar, los pagos que el trabajador pudiera haber efectuado en su AFP y/o mutual o Instituto de Seguridad Laboral correspondiente.
Simulador de Pensiones
Durante las últimas semanas el simulador ha experimentado problemas debido a un error de configuración. Esto ya ha sido resuelto y actualizado durante la jornada de hoy. El Simulador de Pensiones permite comparar la pensión que obtendría en el actual Sistema de AFPs y Compañías de Seguro, con la que obtendría en un Sistema de Pensiones de Reparto, basado en los principios de Seguridad Social, como el propuesto por la Coordinadora NO+AFP.
Esto implica comparar dos formas diametralmente distintas de cálculo. El actual sistema, basado en Cuentas Individuales, supone una Contribución Definida y un beneficio (pensión) incierto, que depende -entre otras cosas- de los montos ahorrados, la edad de la persona, si tiene cónyuge o no, los vaivenes del mercado, entre otros elementos.
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