El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular se encuentra regulado en el Código del Trabajo, específicamente en el Capítulo V del Libro I "Del contrato de trabajadores de casa particular". Este contrato está dirigido a quienes requieran contratar o ser contratados como personas asesoras de hogar, cuidadoras de niños y niñas o de personas de tercera edad o con algún requerimiento de cuidado especial, jardineras, entre otras opciones relacionadas con el aseo y asistencia propios o inherentes a un hogar. Pueden ser empleadoras cualquier persona natural.

Si la empleadora no es una persona natural solamente puede serlo alguna institución de beneficencia cuya finalidad sea atender a personas con necesidades especiales de protección o asistencia, proporcionándoles los beneficios propios de un hogar, como por ejemplo, algunos hogares de ancianos con fines benéficos. Las personas menores de 18 años y mayores 15 años tienen permitido desempeñar labores bajo la dependencia de un empleador, siempre y cuando cuenten con la autorización de sus padres o cuidadores.

Similitudes y diferencias entre el contrato de trabajo para trabajadora de casa particular y el contrato individual de trabajo

El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular y el contrato individual de trabajo son similares porque son acuerdos entre un trabajador que se obliga a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación de un empleador, quien a su vez se obliga a pagarle por esos servicios una remuneración determinada. El contrato individual de trabajo es un tipo de contrato general y que puede ser utilizado para distintos tipos de trabajos. Otra diferencia existe cuando se termina la relación de trabajo, si se trata de un contrato de individual trabajo, el trabajador tendrá derecho a indemnización por años de servicios.

Formalización del contrato

El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular se debe formalizar por escrito, a pesar de que es válido el contrato desde el momento en que las partes acuerdan sus términos. Si se cumple con los aspectos básicos que requiere la ley, el contrato acordado por las partes, se considera una relación de trabajo. Este periodo de prueba corresponde a las dos primeras semanas de trabajo. Una vez completado el documento, debe ser leído y firmado por ambas partes. Se deben firmar al menos dos copias de este contrato, de modo que cada parte conserve una de ellas. El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular no se debe otorgar ante un Notario Público para que tenga validez. Para esto, el empleador debe ingresar al Registro de Empresas y Empleadores como empleador de trabajadora de casa particular.

Contenido del Contrato

Mediante éste se definirán las obligaciones de cada uno, como lo son: servicios que prestará el trabajador, remuneración, horario y lugar del trabajo, seguros y pensiones (si existiesen), así como el monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.

Tipos de Labores

Existen principalmente dos modalidades de trabajo para las empleadas de casa particular:

  • Puertas afuera: Las labores se desempeñan sin vivir en la casa de la empleadora.
  • Puertas adentro: Las labores se desempeñan viviendo en la misma casa de la empleadora.

Plazos y Cumplimiento

El contrato a trabajador de casa particular (puertas adentro) debe ser realizado durante los primeros 15 días del inicio de la relación laboral. Es de suma importancia realizar este documento debido a que podría generar multas de 1 a 5 UTM a los empleadores.

Qué hacer si el trabajador se niega a firmar el contrato

Si el trabajador se niega a firmar, el empleador puede realizar una notificación a la Inspección del Trabajo, este organismo acudirá al lugar de trabajo a solicitar que lo firme o será citado para que lo firme en la institución. No hay ningún problema, ya que puedes reagendar.

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