En el 谩mbito laboral chileno, existen diferentes tipos de contratos que regulan la relaci贸n entre un empleador y un trabajador. Uno de ellos es el contrato por obra o faena, el cual se utiliza para la ejecuci贸n de labores espec铆ficas con un inicio y fin determinados. Este art铆culo busca explicar de manera clara y concisa qu茅 significa un contrato por obra o faena en Chile, abordando su naturaleza, caracter铆sticas, requisitos, la doctrina y legislaci贸n que lo regula, as铆 como la jurisprudencia relevante.

驴Qu茅 es un Contrato por Obra o Faena?

El contrato por obra o faena es aquel en el que el trabajador se compromete con el empleador a realizar una labor espec铆fica, la cual puede ser material o intelectual, que tiene un inicio y un fin claramente definidos. La vigencia del contrato se encuentra limitada a la duraci贸n de la obra o faena para la cual fue contratado el trabajador. Es importante destacar que este tipo de contrato no puede ser utilizado para tareas que, por su naturaleza, son permanentes dentro de la empresa.

Al finalizar la obra o faena, el contrato llega a su t茅rmino de forma autom谩tica.

Ejemplos:

  • Un trabajador contratado para construir una casa. El contrato termina una vez que se ha completado la construcci贸n de la casa, seg煤n lo acordado en el contrato.
  • Un programador contratado para desarrollar una aplicaci贸n m贸vil. El contrato finaliza al terminar la aplicaci贸n.
  • Un dise帽ador gr谩fico contratado para crear el logo de una empresa. El contrato termina al entregar el logo.

Tipos de Contratos en Chile

Para comprender mejor el contrato por obra o faena, es 煤til conocer los otros tipos de contratos laborales que existen en Chile:

  • Contrato de trabajo indefinido: Es el tipo de contrato m谩s com煤n y estable. No tiene una fecha de t茅rmino espec铆fica y la relaci贸n laboral contin煤a mientras el empleador y el trabajador no decidan ponerle fin.
  • Contrato a plazo fijo: Tiene una duraci贸n determinada, con un per铆odo m谩ximo de un a帽o, y se utiliza para cubrir necesidades temporales o estacionales.
  • Contrato a tiempo parcial: El trabajador presta sus servicios por un n煤mero de horas inferior a las 40 horas tradicionales de un contrato a tiempo completo.
  • Contrato de trabajo por temporada: Se utiliza para cubrir necesidades de producci贸n o servicios que se repiten en ciertos per铆odos del a帽o, como las temporadas altas en el turismo o la agricultura.

Caracter铆sticas del Contrato por Obra o Faena

  • Temporalidad: La principal caracter铆stica de este contrato es su temporalidad. Su duraci贸n est谩 ligada a la finalizaci贸n de la obra o faena para la cual se contrat贸 al trabajador. La vigencia del contrato se encuentra limitada a la duraci贸n de la obra o faena.
  • Especificidad: La obra o faena debe estar claramente definida en el contrato, detallando las tareas o etapas a realizar. Para formalizar un contrato por obra o faena, es indispensable que exista una constancia expresa de las tareas o etapas a realizar.
  • Formalizaci贸n: Si bien el contrato se perfecciona con el acuerdo de las partes, es importante que se formalice por escrito para mayor seguridad jur铆dica. Debe constar por escrito dentro de los 15 d铆as siguientes a la incorporaci贸n del trabajador a la empresa, o dentro de 5 d铆as si la obra o faena dura menos de 30 d铆as.
  • No puede ser utilizado para labores permanentes: Este tipo de contrato no puede ser utilizado para disfrazar una relaci贸n laboral de car谩cter permanente. Si las labores son de naturaleza permanente, se debe celebrar un contrato indefinido. No es legal que un trabajador desempe帽e labores de car谩cter permanente bajo un contrato por obra o faena.

Requisitos del Contrato por Obra o Faena

Para que un contrato por obra o faena sea v谩lido, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Determinaci贸n de la obra o faena: El contrato debe especificar de forma clara y precisa la obra o faena a realizar, incluyendo sus etapas o tareas. Un contrato bien redactado protege tanto al empleador como al trabajador, brindando claridad y seguridad a la relaci贸n laboral. Adem谩s, el contrato debe indicar claramente la obra o faena a ejecutar, en qu茅 consistir谩 y cu谩nto tiempo aproximadamente tomar谩 su realizaci贸n.
  • Duraci贸n: La duraci贸n del contrato estar谩 determinada por el tiempo que tome la ejecuci贸n de la obra o faena. La duraci贸n de este tipo de contrato est谩 sujeta al tiempo que tome completar la obra o faena estipulada. No se establece un plazo fijo, sino que la vigencia depende del t茅rmino de las labores acordadas.
  • Formalidades: Debe cumplir con las formalidades de un contrato de trabajo, como la individualizaci贸n de las partes, la remuneraci贸n, la jornada laboral, entre otros aspectos.

Doctrina y Legislaci贸n

El contrato por obra o faena est谩 regulado en el C贸digo del Trabajo de Chile. Si bien no se encuentra expresamente reglamentado, su existencia se encuentra reconocida en dos normas del C贸digo. Espec铆ficamente, el art铆culo 10 bis, introducido por la Ley N掳 21.122, define y regula este tipo de contrato. Esta ley, que entr贸 en vigencia el 1 de enero de 2019, busca proteger los derechos de los trabajadores contratados bajo esta modalidad y se aplica a los nuevos contratos que se celebren a partir de esa fecha. Es importante destacar que los contratos por obra o faena tienen car谩cter de excepcional y no pueden ser utilizados para eludir las indemnizaciones previstas para los contratos indefinidos.

La doctrina laboral chilena ha establecido criterios para la correcta aplicaci贸n de este tipo de contrato, haciendo 茅nfasis en la necesidad de que la obra o faena sea realmente temporal y espec铆fica, y que no se utilice para encubrir una relaci贸n laboral permanente. En este sentido, se ha se帽alado que los mismos aspectos legales de un contrato de trabajo convencional aplican a un contrato por obra o faena, con la diferencia principal de que este 煤ltimo tiene una duraci贸n determinada por la finalizaci贸n de la obra o faena.

La Direcci贸n del Trabajo juega un rol importante en la fiscalizaci贸n de las relaciones laborales. En caso de controversia acerca de la naturaleza de las actividades, la Inspecci贸n del Trabajo respectiva determinar谩 si corresponde un contrato por obra o faena o uno indefinido, sin perjuicio de las facultades de los tribunales de justicia.

Jurisprudencia Relevante

La jurisprudencia, es decir, las sentencias de los tribunales, ha jugado un rol importante en la interpretaci贸n y aplicaci贸n del contrato por obra o faena. A trav茅s de diversos fallos, se han establecido criterios para determinar la validez de este tipo de contrato y proteger los derechos de los trabajadores.

Por ejemplo, la Corte Suprema ha establecido que el t茅rmino del contrato por obra o faena debe estar determinado por hitos objetivos y concretos que permitan determinar el fin de la obra o faena. Asimismo, se ha determinado que no es legal que un trabajador desempe帽e labores de car谩cter permanente bajo un contrato por obra o faena. Si esto ocurre, se presume la existencia de un contrato indefinido.

Otro aspecto relevante que ha abordado la jurisprudencia es la contrataci贸n sucesiva de un trabajador mediante contratos por obra o faena. Se ha establecido que esta pr谩ctica puede dar lugar a la presunci贸n de un contrato indefinido, especialmente si las labores realizadas no est谩n circunscritas a una obra espec铆fica, sino que se extienden en el tiempo de forma continua.

En caso de despido injustificado, la jurisprudencia ha se帽alado que no es posible vincular un contrato de trabajo por obra o faena a un contrato de prestaci贸n de servicios de su empleador con un tercero, como ocurre en los casos de subcontrataci贸n. Esto significa que el empleador no puede justificar la temporalidad del contrato por obra o faena bas谩ndose en la duraci贸n de un contrato que tenga con un tercero.

Finalmente, es importante mencionar que si un trabajador con contrato por obra o faena es despedido por la causal de "necesidades de la empresa", el empleador debe comunicarle el monto de la indemnizaci贸n que le corresponde por el tiempo laborado. Esta comunicaci贸n debe hacerse de forma personal o mediante carta certificada, expresando la causal invocada y los hechos que la fundan. Si un trabajador por obra o faena es despedido por el art铆culo 161 del C贸digo del Trabajo (necesidades de la empresa) el empleador le debe comunicar el monto de lo que se le pagar谩 como indemnizaci贸n por el tiempo laborado.

Vacaciones en Contratos por Obra o Faena

El C贸digo del Trabajo establece que el trabajador que preste servicios continuos al mismo empleador en virtud de dos o m谩s contratos por obra o faena determinada, y que sobrepasen el a帽o, tiene derecho a un feriado anual de quince d铆as h谩biles, con remuneraci贸n completa.

El trabajador en este caso puede optar a que se aplace el pago del feriado proporcional. Teniendo en cuenta que es conocida la 茅poca de t茅rmino de la obra o faena, s贸lo corresponder铆a pagar vacaciones o feriado proporcional. El fundamento es que al igual que en los contratos de plazo fijo, el trabajador puede anticipar su ocurrencia.

Indemnizaci贸n por T茅rmino de Contrato

Uno de los aspectos m谩s importantes de la Ley N掳 21.122 es que establece el derecho del trabajador a recibir una indemnizaci贸n por a帽os de servicio al finalizar el contrato por obra o faena, siempre que este haya tenido una vigencia igual o superior a un mes. La ley ha establecido en favor de los trabajadores sujetos a contratos por obra o faena determinada que hubieren estado vigentes un mes o m谩s, un r茅gimen especial de indemnizaci贸n legal por tiempo servido en caso de que se ponga t茅rmino al contrato por la "conclusi贸n del trabajo o servicio que dio origen al contrato".

Al t茅rmino del contrato por obra o faena, el trabajador tiene derecho a una indemnizaci贸n por a帽os de servicio. Esta corresponde a 2.5 d铆as de remuneraci贸n por cada mes trabajado, sin tope m谩ximo.

La indemnizaci贸n ser谩 equivalente a dos y medio d铆as de remuneraci贸n por cada mes trabajado y fracci贸n superior a quince d铆as, en la forma y modalidad se帽alada en el art铆culo 23 transitorio del C贸digo del Trabajo, que establece una gradualidad de los d铆as a indemnizar, dependiendo de la fecha de vigencia de los contratos. A partir de 2022 la indemnizaci贸n ser谩 de dos d铆as y medio por mes trabajado o fracci贸n superior a quince d铆as.

Sin embargo, esta modalidad se aplica de forma gradual:

Per铆odo de celebraci贸n del contrato Indemnizaci贸n por mes trabajado
1 de enero de 2019 - 30 de junio de 2020 1 d铆a
1 de julio de 2020 - 30 de junio de 2021 1,5 d铆as
1 de julio de 2021 - 31 de diciembre de 2021 2 d铆as
Desde el 1 de enero de 2022 2,5 d铆as

Ejemplo de Contrato por Obra o Faena

Un ejemplo concreto de contrato por obra o faena se puede observar en el sector de la construcci贸n. Un trabajador puede ser contratado para la construcci贸n de un edificio, donde se especifica la obra, la duraci贸n estimada y las condiciones de remuneraci贸n. En este caso, el contrato termina una vez finalizada la construcci贸n del edificio.

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