El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular se encuentra regulado en el Código del Trabajo, específicamente en el Capítulo V del Libro I "Del contrato de trabajadores de casa particular". Este contrato está dirigido a quienes requieran contratar o ser contratados como personas asesoras de hogar, cuidadoras de niños y niñas o de personas de tercera edad o con algún requerimiento de cuidado especial, jardineras, entre otras opciones relacionadas con el aseo y asistencia propios o inherentes a un hogar.
¿Qué se entiende por trabajador(a) de casa particular?
Según la Dirección del Trabajo, se entiende por trabajadores y trabajadoras de casa particular, a quienes se dedican en forma continua, sea a jornada completa o parcial, al servicio de una familia o de una o más personas, en trabajos de aseo o de asistencia propios del hogar. Además, quienes ejercen funciones de conducción en casa particular. Es importante diferenciar entre:
- Puertas afuera: Las labores se desempeñan sin vivir en la casa de la empleadora.
- Puertas adentro: Las labores se desempeñan viviendo en la misma casa de la empleadora.
Formalización del Contrato
El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular se debe formalizar por escrito, a pesar de que es válido el contrato desde el momento en que las partes acuerdan sus términos. Si se cumple con los aspectos básicos que requiere la ley, el contrato acordado por las partes, se considera una relación de trabajo. Este periodo de prueba corresponde a las dos primeras semanas de trabajo. Una vez completado el documento, debe ser leído y firmado por ambas partes.
Se deben firmar al menos dos copias de este contrato, de modo que cada parte conserve una de ellas. El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular no se debe otorgar ante un Notario Público para que tenga validez. Para esto, el empleador debe ingresar al Registro de Empresas y Empleadores como empleador de trabajadora de casa particular. ¿Cómo modificar el modelo? Completas un formulario.
Similitudes con el Contrato Individual de Trabajo
El contrato de trabajo para trabajadora de casa particular y el contrato individual de trabajo son similares porque son acuerdos entre un trabajador que se obliga a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación de un empleador, quien a su vez se obliga a pagarle por esos servicios una remuneración determinada. El contrato individual de trabajo es un tipo de contrato general y que puede ser utilizado para distintos tipos de trabajos.
Diferencias Clave
Otra diferencia existe cuando se termina la relación de trabajo, si se trata de un contrato de individual trabajo, el trabajador tendrá derecho a indemnización por años de servicios.
¿Quiénes pueden ser Empleadores?
Pueden ser empleadoras cualquier persona natural. Si la empleadora no es una persona natural solamente puede serlo alguna institución de beneficencia cuya finalidad sea atender a personas con necesidades especiales de protección o asistencia, proporcionándoles los beneficios propios de un hogar, como por ejemplo, algunos hogares de ancianos con fines benéficos.
Las personas menores de 18 años y mayores 15 años tienen permitido desempeñar labores bajo la dependencia de un empleador, siempre y cuando cuenten con la autorización de sus padres o cuidadores.
Derechos de las Trabajadoras de Casa Particular
Si usted trabaja en una casa particular, tiene derecho al Seguro de Cesantía. Su empleador tiene la obligación de realizar un aporte mensual a su Seguro de Cesantía. Los(as) afiliados(as) reciben prestaciones económicas y otras coberturas en materia de salud, social, previsional y asignación familiar según el fondo por el cual elijan cobrar el beneficio (Cuenta Individual de Cesantía o Fondo de Cesantía Solidario). Si cumple con los requisitos, puede acceder a los beneficios del Seguro de Cesantía si termina su relación laboral ya sea por despido o renuncia.
Elementos esenciales del contrato
Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.
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