Ya puedes consultar con tu RUT si eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) del Sence, que otorga hasta casi $650 mil a personas que cumplan con requisitos como tener entre 18 y 24 años, pertenecer al Registro Social de Hogares y trabajar de manera dependiente o independiente.
El Sence informó que este 29 de agosto se realizará el pago anual 2023 a quienes lo eligieron. Para verificar si te corresponde el pago, debes ingresar tu RUT en la página web habilitada por el Sence.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del SEJ?
Para ser beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, es importante cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos destacan:
- Tener entre 18 y 24 años.
- Pertenecer al Registro Social de Hogares.
- Trabajar de manera dependiente o independiente.
- Tener al día las cotizaciones de pensión y salud.
- No trabajar en instituciones estatales o empresas con aporte estatal mayor al 50%.
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
Modalidades de Pago
Este beneficio se paga anualmente para trabajadores independientes, mientras que los dependientes pueden elegir entre pago mensual o anual. El monto varía según la renta percibida en 2023.
Pago Mensual
El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
Pago Anual
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Recuerda que a mayor renta, el monto disminuye.
¿Cómo y cuándo postular al SEJ?
Se puede postular los 365 días del año, durante todo el año a través del sitio web del Sence.
Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil.
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
Extensión del Beneficio
Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
Extensión por Estudios
Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
Extensión por Maternidad
Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
¿Dónde solicito la extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
Consideraciones Importantes
¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
- Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
¿Qué hacer en caso de problemas con el pago?
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
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