La pensión de viudedad es un derecho para la familia del afiliado fallecido. El ex Servicio del Seguro Social (SSS) y cada ex caja del antiguo Sistema de Reparto definen a sus beneficiarios y requisitos.

Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia

Tienen derecho a la Pensión de Sobrevivencia:

  • El o la cónyuge de un pensionado fallecido.
  • Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
  • Los padres, solo si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.

Requisitos para el Cónyuge

Para ser beneficiario o beneficiaria, el o la cónyuge de un pensionado fallecido, debe haber contraído matrimonio con el causante, a lo menos, con tres años de anterioridad a la fecha de su fallecimiento. Esta restricción se aplicará solo para los causantes fallecidos posteriormente al 1 de junio de 2014, fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 20.735.

Además, deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.

Requisitos para el Acuerdo de Unión Civil

Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.

Información Adicional

Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.

Cómo Solicitar el Beneficio

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web, por correo y también en la oficina de atención ciudadana de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

  1. Una vez en el sitio web de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, debe acceder al formulario de ingreso.
  2. Primero debe descargar el formulario, lo debe completar e imprimir, firmar la solicitud y escanearlo.
  3. Cuando tenga todos los antecedentes, seleccione los archivos ("seleccionar"), y después cárguelos en la página ("subir archivo").
  4. Adjunte los documentos requeridos para este trámite, en el campo "documentos adjuntos".

Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.

Dónde Realizar el Trámite Presencialmente

Diríjase a la oficina de atención ciudadana de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1166, piso 1, Santiago.

Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos que deben entregar los beneficiarios en el campo Descripción (haga clic en la respectiva excaja). Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Autenticar”.

Importante: puede consultar el estado de su trámite llamando al 101 en estos horarios.

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