Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Requisitos Generales para el Seguro de Cesantía
Para hacer uso del Seguro de Cesantía, se debe contar con ciertos requisitos fundamentales:
- Estar cesante.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
- Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
Causales de Término de Contrato Aceptadas
Las causales de término de contrato aceptadas para solicitar el Seguro de Cesantía son las siguientes:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
- Vencimiento del plazo de contrato (Art.).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
- Necesidades de la empresa (Art.).
- Quiebra del empleador (Art.).
Trámite para Pensionados
Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP. Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
¿Dónde Solicitar el Retiro de Fondos?
Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.
Requisitos Adicionales para el FCS
Además de los requisitos generales, para acceder al FCS se requiere:
- Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
Para cumplir con el requisito de la BNE:
- Debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
- Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas.
- Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
Pagos Adicionales por Alta Cesantía
Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.
Trabajadores Contratados Antes del 2 de Octubre de 2002
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
¿Cómo Solicitar el Beneficio?
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
Giros Adicionales por Desempleo Prolongado
Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
Seguro de Lagunas Previsionales
El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
Financiamiento del Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.
Documentación Requerida
Los documentos más comunes para acreditar el término de la relación laboral son:
- El finiquito es el más común. Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal, quien debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado con alguna de las siguientes frases: “leyó y ratificó ante mi”, “firmó y ratificó ante mi”, “ratificó ante mi” o “leyó, firmó y ratificó ante mi”.
- - Emitida y firmada por el empleador.
- - Debe tener timbre y logo o membrete de la empresa.
- ¡Tenga en cuenta! Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
- Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe. Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento a través de la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa.
- Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
- Contrato de trabajo menor a 30 días: si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo.
Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador. - Vencimiento de un contrato a plazo fijo (art. - Término de la obra, faena o servicio que dio origen al contrato (art.
Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.
Recomendaciones Adicionales
- Escanear o sacar foto a los documentos requeridos.
- Si presenta documentación falsa, podría ser sancionado legalmente.
Mandato Notarial
Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
TAG:

