Para aquellos extranjeros que desean trabajar en Chile, es crucial comprender el proceso de verificación y los requisitos asociados con el permiso de trabajo. Este artículo detalla los pasos y consideraciones importantes para asegurar el cumplimiento de las leyes de inmigración chilenas.
Autorización Previa o Visa
La autorización previa o visa puede ser otorgada a quienes tengan la intención de ingresar al país sin ánimo de establecerse en él. La autorización previa o visa no permite la realización de actividades remuneradas, salvo excepciones legales contempladas en el Art. 50 de la ley 21.325, la que autoriza un permiso de trabajo que debe ser tramitado en forma paralela en la plataforma del Servicio Nacional de Migraciones en Chile.
Importante: Esta autorización de trabajo no obliga el otorgamiento de la visa o autorización previa, si el interesado no cumple con los requisitos. Los titulares de una autorización previa o visa no pueden postular a un permiso de residencia dentro de Chile, salvo las excepciones contempladas por la ley.
Requisitos para la Solicitud de Autorización Previa o Visa
- Completar el formulario en la plataforma de Servicios Consulares en línea, explicando el motivo del viaje y tiempo de estadía.
- La solicitud con ingresos múltiples debe estar debidamente justificada por el interesado, especificando la cantidad de ingresos.
- Subir fotografía a color con fondo blanco, tamaño pasaporte (5x5 cm), rostro completo, sin accesorios como lentes, pañuelo, gorro, etc.
- Copia de la hoja de personalización del pasaporte vigente.
- Acreditar residencia (estatus migratorio) en caso de residir en un país distinto al de su nacionalidad. Debe indicar el motivo por el cual ingresó y presentar el timbre de ingreso al país, estampado en el pasaporte.
- Acreditar medios económicos propios, o medios propios y del invitante. Cuando el invitante reside en Chile, posea la relación familiar de cónyuge o que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio (Unión Civil); padres, hijos menores de 18 años, hijos con discapacidad, hijos solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando y menores de edad que se encuentren bajo su cuidado personal o curaduría.
- Requisito de ingreso a Chile de los menores de 18 años de edad establecido en Art. 28 de la Ley de Migración y Extranjería: Deberán ingresar al país acompañado por su madre, padre, guardador o persona encargada de su cuidado personal. En caso contrario, debe contar con autorización escrita de uno de ellos, del Tribunal o de la Autoridad competente, según corresponda.
Es posible que se soliciten documentos adicionales y se requiera una entrevista personal, a la cual se debe asistir presentando toda la documentación en original. Se enviará correo electrónico para citación a entrevista y presentación de antecedentes.
Nota: El proceso de postulación para la autorización previa o visa se realiza a través de la plataforma electrónica SAC Ciudadano. El usuario debe completar el formulario y subir al sistema la documentación exigida. Los documentos deben estar en formato PDF y el nombre del archivo no debe tener símbolos o caracteres especiales o gráficos, para evitar errores al momento de abrir el archivo.
Aprobación o Rechazo de la Solicitud
La autorización previa o visa puede ser rechazada o aprobada; en ambos casos, se notificará al usuario a su correo electrónico. La presentación de los antecedentes no obliga a la autoridad consular a otorgar la autorización previa o visa.
Si la solicitud es aprobada, el Consulado enviará instrucciones para el pago, dando un plazo de 30 días para concretar el pago de la visa. Posteriormente, se debe enviar el comprobante al Consulado para que demuestre el pago. La visa será remitida en forma electrónica desde el correo oficial de la oficina o sección consular al correo electrónico personal informado por el usuario.
Es obligación del usuario imprimir la visa y portarla al momento de ingreso al país junto con su documento de viaje vigente.
Residencia Sujeta a Contrato
Se denomina Residente Sujeto a Contrato a aquel extranjero que viene a Chile a desarrollar actividades laborales. Contando con una visa sujeta a contrato y si la relación laboral termina por cualquier motivo, caduca esta residencia.
Con respecto a lo anteriormente expuesto, el trabajador extranjero debe contar con una serie de documentos, que son necesarios y pertinentes. Por una parte, el finiquito del contrato anterior, o acta de comparecencia, o constancia de la Inspección del Trabajo, la cual consiste en una carta escrita y redactada por el trabajador donde deja constancia, con copia, de que su ex - empleador puso término a la relación laboral.
Por otra parte, hay que tener presente que la situación previsional del extranjero que trabaja en Chile, se encuentra regulada por las normas comunes y generales sobre la materia, vale decir por el Decreto Ley N° 3.500.
Residencia Temporal
La Residencia Temporal es el permiso otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) a las personas extranjeras que tengan el propósito de establecerse en Chile por un tiempo limitado, cuya vigencia será hasta de 2 años, salvo la subcategoría de trabajadores de temporada. Está dirigida a personas extranjeras en alguna de las siguientes situaciones o subcategorías migratorias.
Los documentos emitidos por privados deberán ser presentados dentro de los 30 días contados desde la fecha de emisión. Para consultar el estado de tu solicitud de Residencia Temporal, debes ingresar con tu cuenta Login o ClaveÚnica al Portal de Trámites Digitales.
Una vez descargado el Estampado Electrónico tendrás 90 días corridos para ingresar a Chile.
En cualquier causal de rechazo, se notificará a la persona extranjera en conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Reglamento de la Ley N° 21.325. Previo a la dictación del rechazo, se notificará al correo electrónico declarado en la solicitud, respecto de las razones que servirán de fundamento para éste. Lo anterior de conformidad al Art. 91 y 146 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería, y del Art.
Transcurrido ese plazo, y si no hubiera descargos que ameriten un cambio en la decisión del Servicio, se procederá con el rechazo. Para casos que fueron solicitados con anterioridad al 14 de mayo de 2023, se realiza a través del Portal de Trámites o del Clasificador N°8, Correo Central Santiago.
Además en el caso de calificación favorable de la solicitud, recibirás una notificación por correo electrónico para descargar la orden de giro y luego proceder al pago de los derechos respectivos.
Este permiso se otorgará a personas extranjeras que tengan intención de ingresar a Chile para desempeñar trabajos estacionales específicos por períodos limitados, únicos o interanuales.
Si el niño, niña o adolescente se encuentra con su permiso de residencia o Permanencia Transitoria vencida, no corresponde aplicar ningún tipo de sanción por infracciones a la normativa migratoria.
Se otorgará un certificado de residencia en trámite a la persona extranjera que solicite, cambie o prorrogue su permiso de residencia, lo que certifica el inicio del proceso.
Otras Consideraciones
- Debes presentar la solicitud al menos el día hábil anterior al comienzo de las actividades remuneradas y en horario laboral (lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y el día viernes de 08:00 a 16:00, hora chilena).
- Sí, puedes prorrogar tu autorización de trabajo, siempre y cuando se encuentre vigente tu permiso de Permanencia Transitoria.
- La autorización para realizar actividades remuneradas estará afecta al pago de derechos, lo que podrás materializar ya sea antes o después de tu ingreso a Chile.
- Si necesitas tu Resolución Exenta, documento oficial que acredita tu residencia temporal o definitiva, revisa cómo encontrarla y descárgala en nuestro portal.
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